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Alquiler de piso, aval bancario.

3 Comentarios
 
Alquiler de piso, aval bancario.
15/11/2010 16:43
Buenas tardes,

Quisiera que me aclarasen una duda. Mi cuñada y su novio, ambos estudiantes y trabajadores, van a alquilar un piso en Madrid en breve. Dada su juventud, me han enviado el contrato para que lo revise por si hay algo que me resulte extraño. No soy ninguna entendida en arrendamientos y sí he encontrado una claúsula que en principio no me parece lógica.

El arrendador les pide un aval bancario por un tiempo superior al del contrato, es eso normal? Es decir, en principio el contrato es de 12 meses, es probable que estén más tiempo ya que les quedan 2 años para terminar la carrera, pero el aval que pide el dueño es de 15 meses.
Si por algún motivo ellos abandonasen esa vivienda al cumplir el año, cómo es posible que el aval siga vigente? Cómo se podría cancelar una vez rescindido el contrato? Y si el dueño, a pesar de entregar la vivienda en perfecto estado, cobra ese aval posteriormente? Se tiene que fiar de la buena fé de esa persona?

Aparte de 3 mensualidades de fianza (una la deposita en la Comunidad de Madrid) yo voy a ser aval solidaria con mi nómina. Aunque me parece algo excesivo, entiendo que se sea tan exigente para cubrirse en caso de impago, pero reitero mis dudas respecto al aval bancario una vez rescindido el contrato... alguien me lo podría aclarar por favor? Van mañana inicialmente a firmar y les he pedido que esperen hasta resolver esta duda.

Muchas gracias.

15/11/2010 17:51
Hola, varias cosas:

Una cosa es la cuantía del aval que puede ser el equivalente a 3, 4, ó X mensualidades (desde luego la cuantía nunca será superior del equivalente a la totalidad de mensualidades del contrato, y si te la piden superior a esa cifra, desconfía) y otra cosa es la duración del aval.

Generalmente la duración del aval (el tiempo que dura hasta que expira o caduca) debe ser lo más largo posible:

por ejemplo: En un contrato de vivienda de uso habitual o permanente el propietario lo puede pedir un aval de 5 años duración y por ejemplo 6 mensualidades de cuantía, siempre con una claúsula en el contrato de alquiler que diga que el propietario devolverá el aval al inquilino al rescindirse el contrato. Ten en cuenta que si el aval tuviese una duración de solo 12 meses , y a los dos años el inquilino deja de pagar el propietario, éste no podría ejecutar el aval porque estaría caducado.


Por otra parte me parecen excesivos 3 meses de fianza/garantía, un avalista personal y aparte un aval banacario.

Hay muchísimos pisos en alquiler, yo me buscaría otro. Yo que siempre he vivido de alquiler (nunca he considerado que comprar un piso con hipoteca sea una buena idea sino una pésima inversión), y jamás he aceptado un aval (si tanro desconfía el propietario de un piso que se busque a otro inquilino).

Un saludo.

15/11/2010 18:25
Gracias por la respuesta marticc.

Entiendo tu explicación y si la claúsula indica que a pesar de ser más duradero el aval, éste se rescinde una vez concluya el contrato, lo entiendo y me parece coherente.

Pero en este caso, el propietario quiere y así lo pide, que el aval bancario siga vigente 3 meses más de la duración del contrato por si hay desperfectos que a primera vista no se vean. Es decir, como puse antes, que siga vigente una vez concluya el contrato.

Eso me hace imaginar por ejemplo, que vuelva a alquilar la vivienda a terceros, con el aval de mi cuñada aún vigente. Que mi cuñada necesite ese dinero y no pueda hacer uso de él, a pesar de haber sido buena inquilina...etc... es legal? no es un abuso?

Por otra parte, gracias por decirme que te parece excesivo todo lo que pide, pensé que era habitual dados los casos de abusos que se escuchan.

De nuevo gracias, un cordial saludo.
15/11/2010 21:52
Hola,

Generalmente el aval es para el cobro de mensualidades no abonadas por el inquilino, para el pago de desperfectos está la fianza y con 3 meses tiene de sobra. (por cierto yo jamás ha pagado 3 meses de fianza/garantía).

No es ilegal que él propietario te pida el oro y el moro a modo de garantía, pero yo no aceptaría unas condiciones como las que citas (es una cuestión de cada uno, yo siempre que he buscado piso lo he hecho con calma y tiempo y he cotejado ofertas, igual vosotros no podéis hacerlo porque os urge más).

Si te urge y los inquilinos trabajan y ganan entre todos el triple del coste de la mensualidad, podrías ofrecer al propietario que en vez de aval le pagas un seguro para impago de inquilinos a modo de garantía (viene a valer unos 15 - 20 euros al mes y también cubren los desperfectos que puedan causar al piso y a los vecinos -la responsabilidad civil-).

Un saludo.
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Alquiler de piso, aval bancario.
15/11/2010 16:43
Buenas tardes,

Quisiera que me aclarasen una duda. Mi cuñada y su novio, ambos estudiantes y trabajadores, van a alquilar un piso en Madrid en breve. Dada su juventud, me han enviado el contrato para que lo revise por si hay algo que me resulte extraño. No soy ninguna entendida en arrendamientos y sí he encontrado una claúsula que en principio no me parece lógica.

El arrendador les pide un aval bancario por un tiempo superior al del contrato, es eso normal? Es decir, en principio el contrato es de 12 meses, es probable que estén más tiempo ya que les quedan 2 años para terminar la carrera, pero el aval que pide el dueño es de 15 meses.
Si por algún motivo ellos abandonasen esa vivienda al cumplir el año, cómo es posible que el aval siga vigente? Cómo se podría cancelar una vez rescindido el contrato? Y si el dueño, a pesar de entregar la vivienda en perfecto estado, cobra ese aval posteriormente? Se tiene que fiar de la buena fé de esa persona?

Aparte de 3 mensualidades de fianza (una la deposita en la Comunidad de Madrid) yo voy a ser aval solidaria con mi nómina. Aunque me parece algo excesivo, entiendo que se sea tan exigente para cubrirse en caso de impago, pero reitero mis dudas respecto al aval bancario una vez rescindido el contrato... alguien me lo podría aclarar por favor? Van mañana inicialmente a firmar y les he pedido que esperen hasta resolver esta duda.

Muchas gracias.

15/11/2010 17:51
Hola, varias cosas:

Una cosa es la cuantía del aval que puede ser el equivalente a 3, 4, ó X mensualidades (desde luego la cuantía nunca será superior del equivalente a la totalidad de mensualidades del contrato, y si te la piden superior a esa cifra, desconfía) y otra cosa es la duración del aval.

Generalmente la duración del aval (el tiempo que dura hasta que expira o caduca) debe ser lo más largo posible:

por ejemplo: En un contrato de vivienda de uso habitual o permanente el propietario lo puede pedir un aval de 5 años duración y por ejemplo 6 mensualidades de cuantía, siempre con una claúsula en el contrato de alquiler que diga que el propietario devolverá el aval al inquilino al rescindirse el contrato. Ten en cuenta que si el aval tuviese una duración de solo 12 meses , y a los dos años el inquilino deja de pagar el propietario, éste no podría ejecutar el aval porque estaría caducado.


Por otra parte me parecen excesivos 3 meses de fianza/garantía, un avalista personal y aparte un aval banacario.

Hay muchísimos pisos en alquiler, yo me buscaría otro. Yo que siempre he vivido de alquiler (nunca he considerado que comprar un piso con hipoteca sea una buena idea sino una pésima inversión), y jamás he aceptado un aval (si tanro desconfía el propietario de un piso que se busque a otro inquilino).

Un saludo.

15/11/2010 18:25
Gracias por la respuesta marticc.

Entiendo tu explicación y si la claúsula indica que a pesar de ser más duradero el aval, éste se rescinde una vez concluya el contrato, lo entiendo y me parece coherente.

Pero en este caso, el propietario quiere y así lo pide, que el aval bancario siga vigente 3 meses más de la duración del contrato por si hay desperfectos que a primera vista no se vean. Es decir, como puse antes, que siga vigente una vez concluya el contrato.

Eso me hace imaginar por ejemplo, que vuelva a alquilar la vivienda a terceros, con el aval de mi cuñada aún vigente. Que mi cuñada necesite ese dinero y no pueda hacer uso de él, a pesar de haber sido buena inquilina...etc... es legal? no es un abuso?

Por otra parte, gracias por decirme que te parece excesivo todo lo que pide, pensé que era habitual dados los casos de abusos que se escuchan.

De nuevo gracias, un cordial saludo.
15/11/2010 21:52
Hola,

Generalmente el aval es para el cobro de mensualidades no abonadas por el inquilino, para el pago de desperfectos está la fianza y con 3 meses tiene de sobra. (por cierto yo jamás ha pagado 3 meses de fianza/garantía).

No es ilegal que él propietario te pida el oro y el moro a modo de garantía, pero yo no aceptaría unas condiciones como las que citas (es una cuestión de cada uno, yo siempre que he buscado piso lo he hecho con calma y tiempo y he cotejado ofertas, igual vosotros no podéis hacerlo porque os urge más).

Si te urge y los inquilinos trabajan y ganan entre todos el triple del coste de la mensualidad, podrías ofrecer al propietario que en vez de aval le pagas un seguro para impago de inquilinos a modo de garantía (viene a valer unos 15 - 20 euros al mes y también cubren los desperfectos que puedan causar al piso y a los vecinos -la responsabilidad civil-).

Un saludo.