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Alquiler habitación

3 Comentarios
 
Alquiler habitación
05/05/2020 16:28
Hola, tengo alquilada una habitación en un piso compartido. El contrato es verbal y no se citó la fecha de terminación. Ahora me dicen que debo abandonar la habitación.
Es legal esto, dadas las circunstancias del COVID-19?
Muchas gracias
05/05/2020 17:55
Kozum111
No, si es, como supongo, vivienda habitual, tiene usted derecho a seis meses de prórroga forzosa, pero debe solicitarlo, y le recomiendo que lo haga por escrito y de forma fehaciente.

Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo:

Artículo 2. Prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.
En los contratos de arrendamiento de vivienda habitual sujetos a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en los que, dentro del periodo comprendido desde la entrada en vigor de este real decreto-ley hasta el día en que hayan transcurrido dos meses desde la finalización del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, finalice el periodo de prórroga obligatoria previsto en el artículo 9.1 o el periodo de prórroga tácita previsto en el artículo 10.1, ambos artículos de la referida Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, podrá aplicarse, previa solicitud del arrendatario, una prórroga extraordinaria del plazo del contrato de arrendamiento por un periodo máximo de seis meses, durante los cuales se seguirán aplicando los términos y condiciones establecidos para el contrato en vigor. Esta solicitud de prórroga extraordinaria deberá ser aceptada por el arrendador, salvo que se fijen otros términos o condiciones por acuerdo entre las partes.
05/05/2020 20:38
Hoplon
Sin perjuicio de la acertada respuesta de Hoplon, yo soy incluso más optimista, porque si ud. concertó el arrendamiento hace poco no es ya que tenga derecho a prórroga de 6 meses, sino que no tiene por qué irse hasta que no pase la duración mínima que la LAU le garantiza a todo inquilino.
¿Puede decirnos más o menos en que fecha se concertó ese arrendamiento?
05/05/2020 21:58
Kozum111
Si, tiene razón Leonjbr, y puede que tenga incluso derecho a mas duración.
Alquiler habitación | PorticoLegal
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05/05/2020 16:28
Hola, tengo alquilada una habitación en un piso compartido. El contrato es verbal y no se citó la fecha de terminación. Ahora me dicen que debo abandonar la habitación.
Es legal esto, dadas las circunstancias del COVID-19?
Muchas gracias
05/05/2020 17:55
Kozum111
No, si es, como supongo, vivienda habitual, tiene usted derecho a seis meses de prórroga forzosa, pero debe solicitarlo, y le recomiendo que lo haga por escrito y de forma fehaciente.

Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo:

Artículo 2. Prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.
En los contratos de arrendamiento de vivienda habitual sujetos a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en los que, dentro del periodo comprendido desde la entrada en vigor de este real decreto-ley hasta el día en que hayan transcurrido dos meses desde la finalización del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, finalice el periodo de prórroga obligatoria previsto en el artículo 9.1 o el periodo de prórroga tácita previsto en el artículo 10.1, ambos artículos de la referida Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, podrá aplicarse, previa solicitud del arrendatario, una prórroga extraordinaria del plazo del contrato de arrendamiento por un periodo máximo de seis meses, durante los cuales se seguirán aplicando los términos y condiciones establecidos para el contrato en vigor. Esta solicitud de prórroga extraordinaria deberá ser aceptada por el arrendador, salvo que se fijen otros términos o condiciones por acuerdo entre las partes.
05/05/2020 20:38
Hoplon
Sin perjuicio de la acertada respuesta de Hoplon, yo soy incluso más optimista, porque si ud. concertó el arrendamiento hace poco no es ya que tenga derecho a prórroga de 6 meses, sino que no tiene por qué irse hasta que no pase la duración mínima que la LAU le garantiza a todo inquilino.
¿Puede decirnos más o menos en que fecha se concertó ese arrendamiento?
05/05/2020 21:58
Kozum111
Si, tiene razón Leonjbr, y puede que tenga incluso derecho a mas duración.