Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Alta administrativa a la espera de incapacidad

0 Comentarios
 
Alta administrativa a la espera de incapacidad
11/12/2017 21:03
Buenas noches, no hay manera de que nadie me responda a esta duda... Soy profesora de Secundaria concertada y Bachillerato privado en un colegio en Madrid. El 9 de enero de 2017 me dieron la baja por enfermedad (síndrome de activación mastocitaria, que es una enfermedad rara) y en junio la mutua me envió para que me evaluaran para la incapacidad. En julio entregué los papeles y en el INSS me han dicho que hasta enero o febrero no me verá el tribunal. Los trámites se están haciendo en Castilla La Mancha, que es donde tengo mis médicos y estoy empadronada.

Ahora viene la duda. Estoy en alta administrativa a la espera de incapacidad. La parte concertada, que paga la Cdad. de Madrid, me está pagando el 100% de la nómina, pero la parte privada me está pagando el 75%. ¿Cuál es la correcta? Estoy temiendo que cuando haga el año de baja, piensen que me paga el iNSS, y ya me han dicho que si me dan de baja en el colegio es despido encubierto. ¿Es eso cierto?

Muchas gracias.
Alta administrativa a la espera de incapacidad | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Alta administrativa a la espera de incapacidad

0 Comentarios
 
Alta administrativa a la espera de incapacidad
11/12/2017 21:03
Buenas noches, no hay manera de que nadie me responda a esta duda... Soy profesora de Secundaria concertada y Bachillerato privado en un colegio en Madrid. El 9 de enero de 2017 me dieron la baja por enfermedad (síndrome de activación mastocitaria, que es una enfermedad rara) y en junio la mutua me envió para que me evaluaran para la incapacidad. En julio entregué los papeles y en el INSS me han dicho que hasta enero o febrero no me verá el tribunal. Los trámites se están haciendo en Castilla La Mancha, que es donde tengo mis médicos y estoy empadronada.

Ahora viene la duda. Estoy en alta administrativa a la espera de incapacidad. La parte concertada, que paga la Cdad. de Madrid, me está pagando el 100% de la nómina, pero la parte privada me está pagando el 75%. ¿Cuál es la correcta? Estoy temiendo que cuando haga el año de baja, piensen que me paga el iNSS, y ya me han dicho que si me dan de baja en el colegio es despido encubierto. ¿Es eso cierto?

Muchas gracias.