Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Alta efectiva en la SS, 1 mes después de incoporación

1 Comentarios
 
Alta efectiva en la ss, 1 mes después de incoporación
15/08/2019 13:11
Hola,
Caso curioso. Funcionario interino que por casualidad se da cuenta de que la Administración que lo contrata no le da de Alta en SS hasta semanas después de iniciar su trabajo. Es decir, la Administración ha tenido trabajando a alguien de forma ilegal, ojo eh!! Reconocen que es así, ni siquiera piden disculpas.¿Que consecuencias puede tener para el trabajador?, puesto que ahora descubre que al no darle de alta ha estado cobrando del paro y trabajando al mismo tiempo sin él saberlo. Ahora se escudan allí que lo del paro tenía que haberlo comunicado el al SERVICIO DE EMPLEO (como para dar consejos están ellos después de la chapuza que han hecho). Hasta donde yo se los servicios de empleo y los de SS estan interconectados y cuando te dan de alta (previo al inicio del trabajor en su puesto) automáticamente te dan de baja en la prestación. Yo jamás he tenido que comunicar nada al SEPE ni esta persona tampoco, y nunca ha habido problema ninguno. Entiendo que si este Ministerio que da excusas peregrinas, se ha saltado a la torera la ley, no debería pagar el pato el trabajador que encima de no cotizar lo que ha trabajado, puede recibir sanciones del Sepe. Y todo por culpa de la inoperancia de ese Departamento de RRHH. ¿cómo afrontar todo esto, a quien comunicar lo sucedido para no ser encima sancionado?
¿Es habitual que sancione el SEPE por ello o con hacer devolución del pago indebido es suficiente y más teniendo en cuenta las circunstancias?
¿cómo solucionar todo este embrollo que se ha encontrado sin comerlo ni beberlo?
¿ podría rectificarse fecha efectivo de alta por la que realmente correspondía?
Él está cabreado y preocupado por lo que pueda ocurrir. nada de esto hubiera sucedido si la Administración hubiera actuado según la ley y no teniendo a un trabajador en sus instalaciones a sabiendas (porque manifiestan que no es por olvido que los sabían perfectamente) de que no estaba dado de Alta en S.S
Gracias
15/08/2019 14:18
Lar21
Sería necesario tener toda la documentación, pero la persona debería haber comunicado la TGSS el alta(cuando el empleador incumple, la otra parte del contrato esta obligada a hacerlo)

Sobre el SEPE, es obligación del que deja de tener los requisitos comunicarselo. La sanción, en su caso, dependerá de la gravedad. Sin datos, tiempos y documentos, es difícil decirlo
Alta efectiva en la SS, 1 mes después de incoporación | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Alta efectiva en la SS, 1 mes después de incoporación

1 Comentarios
 
Alta efectiva en la ss, 1 mes después de incoporación
15/08/2019 13:11
Hola,
Caso curioso. Funcionario interino que por casualidad se da cuenta de que la Administración que lo contrata no le da de Alta en SS hasta semanas después de iniciar su trabajo. Es decir, la Administración ha tenido trabajando a alguien de forma ilegal, ojo eh!! Reconocen que es así, ni siquiera piden disculpas.¿Que consecuencias puede tener para el trabajador?, puesto que ahora descubre que al no darle de alta ha estado cobrando del paro y trabajando al mismo tiempo sin él saberlo. Ahora se escudan allí que lo del paro tenía que haberlo comunicado el al SERVICIO DE EMPLEO (como para dar consejos están ellos después de la chapuza que han hecho). Hasta donde yo se los servicios de empleo y los de SS estan interconectados y cuando te dan de alta (previo al inicio del trabajor en su puesto) automáticamente te dan de baja en la prestación. Yo jamás he tenido que comunicar nada al SEPE ni esta persona tampoco, y nunca ha habido problema ninguno. Entiendo que si este Ministerio que da excusas peregrinas, se ha saltado a la torera la ley, no debería pagar el pato el trabajador que encima de no cotizar lo que ha trabajado, puede recibir sanciones del Sepe. Y todo por culpa de la inoperancia de ese Departamento de RRHH. ¿cómo afrontar todo esto, a quien comunicar lo sucedido para no ser encima sancionado?
¿Es habitual que sancione el SEPE por ello o con hacer devolución del pago indebido es suficiente y más teniendo en cuenta las circunstancias?
¿cómo solucionar todo este embrollo que se ha encontrado sin comerlo ni beberlo?
¿ podría rectificarse fecha efectivo de alta por la que realmente correspondía?
Él está cabreado y preocupado por lo que pueda ocurrir. nada de esto hubiera sucedido si la Administración hubiera actuado según la ley y no teniendo a un trabajador en sus instalaciones a sabiendas (porque manifiestan que no es por olvido que los sabían perfectamente) de que no estaba dado de Alta en S.S
Gracias
15/08/2019 14:18
Lar21
Sería necesario tener toda la documentación, pero la persona debería haber comunicado la TGSS el alta(cuando el empleador incumple, la otra parte del contrato esta obligada a hacerlo)

Sobre el SEPE, es obligación del que deja de tener los requisitos comunicarselo. La sanción, en su caso, dependerá de la gravedad. Sin datos, tiempos y documentos, es difícil decirlo