Debo estimar que cuando dices alta fuera de plazo estás diciendo alta formal en la SS después de iniciado el trabajo.
En ese supuesto, las consecuencias dependerán del tiempo que haya estado el trabajador sin comunicar el alta en SS: si ese tiempo es superior al que conste en el contrato o en el convenio colectivo como periodo de prueba el contrato se tiene por indefinido.
Además de la penalización anterior (C. indefinido), el empresario puede ser sancionado en cantidad que será evaluable en función del tiempo que haya estado el trabajador sin alta en SS. Consecuentemente, deberá abonar el empresario las cotizaciones omitidas con sus correspondientes recargos.