A da 8 puñaladas a B. Y este al final no muere. Tentativa de homicidio, o lesiones consumadas, depende de si se constata que existio animus necandi (animo de matar) o animus laedendi (animo de lesionar) en funcion de ello, se calificara con homicidio tentado o lesiones consumadas.
Imaginemos que el abogado defensor dice que no hay prueba de cargo. Y en ello basa su defensa, ahora bien, dice, y el caso de que los hechos estuviesen probados, en todo caso existiria un animo de lesionar, por lo que los hechos deben castigarse como lesiones. (que suelen acarrear una pena inferior) (quien dice esto, puede argumentar que, en caso de ser ciertos los hechos, conurre una atenuante o una eximente.)
Mas o menos asi. Solo se argumentan las distintas posibilidades, para que el Juez las tome en consideracion, pero ello no tiene porque comprometer al acusado.
cuando un abogado pide la absolución en un juicio por falta de pruebas de cargo, como suele hacer para pedir alternativamente atenuantes y una condena menor que la que pide el fiscal sin que eso signifique que admite que el delito lo ha cometido el acusado.Que formula se suele utilizar . soy estudiante de 1º de relaciones laborales y siempre he tenido esta duda. gracias