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Altura Salida de humos caldera

5 Comentarios
 
Altura salida de humos caldera
13/05/2012 22:02
Buenas.
Soy nuevo en el foro. Os comento, que el vecino del chalet de al lado, tiene la salida de humos por debajo del tejado. es decir no supera ni siquiera la primera planta. A mi, para ponerla nueva, me han hecho superar el tejado lo cuál lo veo lógico, ya que el humo del vecino de su caldera se mete en casa, que me está produciendo un perjuicio grave ya que mi salud no es buena.
He hablado con el, pero se niega, alegando que eso estaba así desde el primer día.
Hace tiempo leí que las salidas de humo deben superar el tejado en no que cuanto porcentaje. Quiero empezar enviando un escrito al ayuntamiento, fundamentando en Derecho mi problema, lo que no recuerdo la normativa. La casa está en un pueblo de ávila.
Sería posible que me remitáis a la o las normativas con las que defenderme?

Muchas gracias por la ayuda.

UN SALUDO
14/05/2012 09:57
Yo no conozco esa normativa, pero antes de escribir al ayuntamiento. les puedes consultar qué normativa regula la ubicación de las chimeneas. Si no la conocen, dificilmente van a "entender" tu escrito. Si no, busca por internet, "normativas de edificación" "altura chimeneas" etc. etc. y seguro que con un poco de paciencia lo encuentras. Si es legislación estatal, está en el BOE, si no en los Boletines de la Comunidad Autónoma o Provincia, etc. Consejería de vivienda y Urbanismo, o algo similar. ¡SUERTE?
Si más tarde (ahora e tengo que ir) tengo un rato buscaré. y si encuentro algo te lo digo aquí.
14/05/2012 11:09
Hola compañera Contadora. En primer lugar muchas gracias, por tu interés y ayuda.

Ya voy recordando cosas, como Código Técnico de Edificación, así como RITE y UNE 123001 apartado 7.2.2

Voy a ver si sigo recopilando material e información. Si te enteras de algo mas, será de agradecer.

Un saludo
14/05/2012 17:53
Depende del tipo de caldera que tenga su vecino instalada.
14/05/2012 20:35
Gasoil. ¿ Se podría aplicar art 110,111,112,114 y 147 del CP por menoscabar y lesionar mi salud si presento el peritaje de un médico forense?
14/05/2012 22:37
Desde luego si la caldera de su vecino le está dañando su salud, y lo puede demostrar con el informe forense, se puede llevar el caso a los tribunales. No le quepa duda de que le darán la razón. Al juez le llevan el trabajo hecho y si el forense lo dice, él lo corrobora y listo.
Altura Salida de humos caldera | PorticoLegal
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5 Comentarios
 
Altura salida de humos caldera
13/05/2012 22:02
Buenas.
Soy nuevo en el foro. Os comento, que el vecino del chalet de al lado, tiene la salida de humos por debajo del tejado. es decir no supera ni siquiera la primera planta. A mi, para ponerla nueva, me han hecho superar el tejado lo cuál lo veo lógico, ya que el humo del vecino de su caldera se mete en casa, que me está produciendo un perjuicio grave ya que mi salud no es buena.
He hablado con el, pero se niega, alegando que eso estaba así desde el primer día.
Hace tiempo leí que las salidas de humo deben superar el tejado en no que cuanto porcentaje. Quiero empezar enviando un escrito al ayuntamiento, fundamentando en Derecho mi problema, lo que no recuerdo la normativa. La casa está en un pueblo de ávila.
Sería posible que me remitáis a la o las normativas con las que defenderme?

Muchas gracias por la ayuda.

UN SALUDO
14/05/2012 09:57
Yo no conozco esa normativa, pero antes de escribir al ayuntamiento. les puedes consultar qué normativa regula la ubicación de las chimeneas. Si no la conocen, dificilmente van a "entender" tu escrito. Si no, busca por internet, "normativas de edificación" "altura chimeneas" etc. etc. y seguro que con un poco de paciencia lo encuentras. Si es legislación estatal, está en el BOE, si no en los Boletines de la Comunidad Autónoma o Provincia, etc. Consejería de vivienda y Urbanismo, o algo similar. ¡SUERTE?
Si más tarde (ahora e tengo que ir) tengo un rato buscaré. y si encuentro algo te lo digo aquí.
14/05/2012 11:09
Hola compañera Contadora. En primer lugar muchas gracias, por tu interés y ayuda.

Ya voy recordando cosas, como Código Técnico de Edificación, así como RITE y UNE 123001 apartado 7.2.2

Voy a ver si sigo recopilando material e información. Si te enteras de algo mas, será de agradecer.

Un saludo
14/05/2012 17:53
Depende del tipo de caldera que tenga su vecino instalada.
14/05/2012 20:35
Gasoil. ¿ Se podría aplicar art 110,111,112,114 y 147 del CP por menoscabar y lesionar mi salud si presento el peritaje de un médico forense?
14/05/2012 22:37
Desde luego si la caldera de su vecino le está dañando su salud, y lo puede demostrar con el informe forense, se puede llevar el caso a los tribunales. No le quepa duda de que le darán la razón. Al juez le llevan el trabajo hecho y si el forense lo dice, él lo corrobora y listo.