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Alzamiento de bienes.

2 Comentarios
 
alzamiento de bienes.
28/06/2016 18:02
Hola, tengo ciertas dudas, si mi caso se podría considerar alzamiento de bienes, o no.
En su día compre un coche,y por motivos personales lo vendí a los tres meses de haberlo comprado.
La venta se hizo correctamente, el coche lo transferí sin ningún problema, porque en trafico no constaba nada que lo impendiera.
Aunque después revisando el contrato, leí que el coche tenia reserva de dominio, pero por lo visto en trafico no constaba.
La letra del coche la seguí pagando, cerca de una año mas, pero por motivos económicos llego el día que tuve que dejarlo de pagar.
La financiera me ha demandado, aunque de momento no ha echo uso de su titulo ejecutivo.
De momento hasta este punto, la cosa va por lo civil.
Y mi duda es, si me reclaman el coche, y lógicamente como no lo tengo, no puedo entregárselo, me podrían meter por lo penal alegando alzamiento de bienes ?
Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda, un saludo.
29/06/2016 21:01
Buenas tardes, si lo he entendido bien, te demandaron por vía civil y tienes una sentencia condenatoria, pero todavía no se ha ejecutado, ¿estoy en lo cierto?
Creo más probable que únicamente te reclamen el importe del vehículo más gastos de reclamación, etc. (que será a lo que se te ha condenado). A la financiera le da igual que te sancionen penalmente o no, quieren su dinero. De hecho, cuando la cosa vendida no se pueda restituir, se abonará su importe en dinero.
Quedo a su disposición.
laleyatuservicio.wordpress.com
29/06/2016 21:13
Hola Ruben.

Entendiste bien, es así como lo describes.

Me han demandado, por lo civil y me reclaman una cantidad de dinero, aunque todavía no han solicitado la ejecución.

Mi temor es que aunque soliciten el embargo correspondiente, ya sea devoluciones de aet, saldo en cuentas o embargo del salario, no van a pillar de momento por ningún lado, puesto que de lo único que pueden agarrar es de la nomina, pero hasta que no termine con el acreedor que me la tiene embargada, ellos no podrán embargar.

De hay mi duda, que al ver que no pueden coger dinero, reclamen el coche, y al no tenerlo, pasara a vía penal, claro esta si al final se podría denominar alzamiento de bienes.

Gracias por tu tiempo y tu respuesta, un saludo





Alzamiento de bienes. | PorticoLegal
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Alzamiento de bienes.

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alzamiento de bienes.
28/06/2016 18:02
Hola, tengo ciertas dudas, si mi caso se podría considerar alzamiento de bienes, o no.
En su día compre un coche,y por motivos personales lo vendí a los tres meses de haberlo comprado.
La venta se hizo correctamente, el coche lo transferí sin ningún problema, porque en trafico no constaba nada que lo impendiera.
Aunque después revisando el contrato, leí que el coche tenia reserva de dominio, pero por lo visto en trafico no constaba.
La letra del coche la seguí pagando, cerca de una año mas, pero por motivos económicos llego el día que tuve que dejarlo de pagar.
La financiera me ha demandado, aunque de momento no ha echo uso de su titulo ejecutivo.
De momento hasta este punto, la cosa va por lo civil.
Y mi duda es, si me reclaman el coche, y lógicamente como no lo tengo, no puedo entregárselo, me podrían meter por lo penal alegando alzamiento de bienes ?
Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda, un saludo.
29/06/2016 21:01
Buenas tardes, si lo he entendido bien, te demandaron por vía civil y tienes una sentencia condenatoria, pero todavía no se ha ejecutado, ¿estoy en lo cierto?
Creo más probable que únicamente te reclamen el importe del vehículo más gastos de reclamación, etc. (que será a lo que se te ha condenado). A la financiera le da igual que te sancionen penalmente o no, quieren su dinero. De hecho, cuando la cosa vendida no se pueda restituir, se abonará su importe en dinero.
Quedo a su disposición.
laleyatuservicio.wordpress.com
29/06/2016 21:13
Hola Ruben.

Entendiste bien, es así como lo describes.

Me han demandado, por lo civil y me reclaman una cantidad de dinero, aunque todavía no han solicitado la ejecución.

Mi temor es que aunque soliciten el embargo correspondiente, ya sea devoluciones de aet, saldo en cuentas o embargo del salario, no van a pillar de momento por ningún lado, puesto que de lo único que pueden agarrar es de la nomina, pero hasta que no termine con el acreedor que me la tiene embargada, ellos no podrán embargar.

De hay mi duda, que al ver que no pueden coger dinero, reclamen el coche, y al no tenerlo, pasara a vía penal, claro esta si al final se podría denominar alzamiento de bienes.

Gracias por tu tiempo y tu respuesta, un saludo