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Animadora Sociocultural en Registro General

4 Comentarios
 
Animadora sociocultural en registro general
09/11/2012 22:22
Buenas noches.

Soy Animadora Sociocultural en un ayuntamiento y debido a la crisis va a ver un ere y unas recolocaciones de puestos. Me han informado que me he salvado pero que me asignarán al Registro General pues el funcionario titular está enfermo del corazón y tiene muchos periodos de baja.

Mi pregunta es si alguien que no sea del cuerpo de administrativos puede ejercer dicha función.

Os agradezco la ayuda.

Marta
11/11/2012 17:47
Si usted es personal laboral, no puede ejercer ese puesto de responsabilidad.
Habría que ver la RPT. Creo que es un caso claro donde ese puesto vacante por enfermedad, debe ser cubierto temporalmente por funcionario interino.
12/11/2012 10:42
Ese puesto sí puede ser desarrollado por personal laboral, hay muchos casos como ese.

Otra cosa es ver los requisitos que hay sobre ese puesto en la RPT de ese ayuntamiento.
12/11/2012 17:37
Pero al parecer este año no se puede contratar funcionarios interinos.
12/11/2012 20:55
Dependiendo en cualquier caso de la RPT, si es un puesto de auxiliar en el Registro General, podría pasar, pero como responsable del Registro, en ningún caso.
Hay determinadas plazas de responsabilidad en una Administración Pública que tiene que ser desarrolladas necesariamente por funcionarios de carrera.
Animadora Sociocultural en Registro General | PorticoLegal
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Animadora Sociocultural en Registro General

4 Comentarios
 
Animadora sociocultural en registro general
09/11/2012 22:22
Buenas noches.

Soy Animadora Sociocultural en un ayuntamiento y debido a la crisis va a ver un ere y unas recolocaciones de puestos. Me han informado que me he salvado pero que me asignarán al Registro General pues el funcionario titular está enfermo del corazón y tiene muchos periodos de baja.

Mi pregunta es si alguien que no sea del cuerpo de administrativos puede ejercer dicha función.

Os agradezco la ayuda.

Marta
11/11/2012 17:47
Si usted es personal laboral, no puede ejercer ese puesto de responsabilidad.
Habría que ver la RPT. Creo que es un caso claro donde ese puesto vacante por enfermedad, debe ser cubierto temporalmente por funcionario interino.
12/11/2012 10:42
Ese puesto sí puede ser desarrollado por personal laboral, hay muchos casos como ese.

Otra cosa es ver los requisitos que hay sobre ese puesto en la RPT de ese ayuntamiento.
12/11/2012 17:37
Pero al parecer este año no se puede contratar funcionarios interinos.
12/11/2012 20:55
Dependiendo en cualquier caso de la RPT, si es un puesto de auxiliar en el Registro General, podría pasar, pero como responsable del Registro, en ningún caso.
Hay determinadas plazas de responsabilidad en una Administración Pública que tiene que ser desarrolladas necesariamente por funcionarios de carrera.