Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

años cotizacion por reduccion jornada

9 Comentarios
 
Años cotizacion por reduccion jornada
30/08/2014 16:10
Hola, a ver si alguien me puede aclarar una duda que tengo: yo pedi la reduccion de jornada por el nacimiento de mi hija. Tenia un contrato 100( indefinido a jornada completa), pues bien, al recibir mi vida laboral, compruebo que mi base de cotizacion se ha visto reducida en un 56% que es lo que yo trabajo ahora. Hasta ahy todo bien. Pero ¿ el total de años cotizados tambien se reduce a ese porcentaje? Yo creia que los años cotizados eran los mismos, que solo la base de cotizacion era lacque se veia reducida. Gracias
31/08/2014 21:47
Su empresa no ha aplicado bien la reducción de jornada lo que han hecho es simplemente mutarles el cto de uno a tiempo completo a uno parcial del 56 % sin tener en cuenta el derecho de reducción de jornada, con esta reducción de jornada para el cuidado de un menor aunque su jornada se reduzca al 56 € las cotizaciones se mantienen al 100% le estén haciendo una trampa que luego si la empresa lo desea no les vuelve a poner la jornada al 100 %, suelen decir que como no tienen experiencia con esta situación laboral por se han equivocado pero en definitiva es una estafa que les están haciendo acuda a la TGSS y reclame que su situación es de reducción por el cuidado de un menor.
31/08/2014 22:20
Gracias jamgpreve
Pues se ve que si, en mi vida lab. el contrato que tengo es un 200. En la gestoria me han dicho que eso da igual, pero ya veo que no.
Una de las consecuencias de tener el contrato 200 entonces que es que los dias que me estan cotizando la mitad, no?
Pues si es asi, llevo desde 2007, eso se podra arreglar?

01/09/2014 14:08
He llamado a la TGSS y me dicen que es la empresa o gestoria la que tiene que cambiar la equivocacion del cantrato mediante un escrito. Pero que no saben si eso se puede arreglar despues de tanto tiempo (eso fue en 2007).

Que hay de cierto en eso?

Ahora no podre recuperar lo años que me faltan?

Alguien sabe sobre este tema?

Gracias
02/09/2014 18:36
Pues la TGSS debe actuar de oficio ante la notificación de dicha situación por usted pero lo que ocurre es que la SS solo puede recuperar y reclamar las cotizaciones a su empresa de los últimos 4 años y es que me temo que aunque usted quisiese demandar a su empresa por esa infracotización como es del 2007 ya estaría prescrito y a su vez ahora en la actualidad su cto ya seria ese cto parcial con esa reducción.
Yo de usted acudiría a un sindicato o a un abogado particular a ver si se puede hacer algo pero lo veo muy feo.
SMO
02/09/2014 21:19
El error que ha cometido la empresa o, en dicha situación la asesoría, es proceder a la tramitación y concertación de la situación de reducción de jornada por guarda legal sin mantener el código 100 del contrato de trabajo y no incluir la situación de cotización con la clave pertinente a dicha situación. Solventar dicha negligencia es simple.

Por otro lado, durante la situación de reducción de jornada por guarda legal la empresa no cotiza por el 100% a efectos de la liquidación de las cotizaciones de los seguros sociales, sino que lo hará por el coeficiente restante tras tal reducción.

Ejemplo: situación de reducción de jornada por guarda legal por cuidados de un menor de 12 años, -de 8 años antes de la entrada en vigor del RDL16/2013-, cuya reducción es del 50%, teniendo en consideración que su remuneración incluyendo el prorrateo de las gratificaciones extraordinarias era de 2000 €, por ello, siendo también ésta su base de cotización por contingencias comunes; ahora será de 1000€, tanto a efectos de remuneración como a efectos de base de cotización por contingencias comunes...

¿Qué ocurre a efectos de futuras prestaciones de la Seguridad Social? Que tanto a efectos indemnizatorios en virtud del régimen jurídico de la disposición adicional decimoctava (TRLET), como a efectos de la prestación por desempleo en virtud del régimen jurídico del artículo 211 de LGSS, se ha de tener en consideración la base reguladora diaria del contrato a tiempo completo sin perjuicio del tiempo transcurrido en dicha situación de reducción de jornada por guarda legal.

Donde sí se ha de tener en consideración el transcurso de no más de dos años en tal situación, es en el caso del resto de prestaciones de la Seguridad Social.
03/09/2014 00:02
Jamgpreve, la empresa esta cotizando bien por mi a razon de mi porcentaje de reduccion. Por lo que por esa parte no hay error, con lo cual la SS no tiene que reclamarle nada. Solo existe el error a nivel administrativo, que es lo quiero subsanar y espero sea posible...
Gracias por todo.

Mlag0053, muchas gracias, me ha sido de mucha utilidad su respuesta, espero que sea simple como dice solventar la negligencia y que en la proxima vida laboral me aparezcan bien tanto los años cotizados como el tipo de contrato.
03/09/2014 16:21
Tuve una empleada que cometió una cantidad sustancial de errores de esta índole y aún estoy solventándolos conforme éstos aparecen.

¿Cómo subsanar este conflicto? Presentando un escrito ante la Seguridad Social alegando que el despacho es consciente del error cometido con fecha de efecto del día X al proceder a la tramitación de situación de reducción de jornada por guarda legal de modo equivocado rogando modificar tal situación y, a dicho escrito, se adjunta la notificación de situación de reducción de jornada por guarda legal expedida por parte de la trabajadora hacia la empresa, a efectos de conceder mayor valor acreditativo y legal a lo alegado y requerido.
04/09/2014 00:36
Mlag0053, gracias de nuevo por su respuesta.
El escrito que lo presenta la gestoria, no?
O me tengo yo que personar en la SS?

Ah!! Y los errores con el tema de mi contrato no los he cometido yo, sino la gestoria que es la que ha tramitado mal la reduccion de jornada.
Yo lo que pasa es que me he dado cuenta un poco tarde la verdad, aunque he visto mi vida laboral muchas veces no he caido nunca en la cuenta de lo del tipo de contrato y los años cotizados. Pero comparando con una compañera me he dado cuenta. Mas vale tarde que nunca. De ahora en adelante lo mirare con lupa...y si no entiendo algo, volvere a preguntar en este foro que me esta siendo de mucha ayuda.
Gracias.
06/09/2014 13:30
Exacto, es la asesoría quien ha de presentar el escrito alegando tal error, puesto que fue suyo. En su defecto, usted, como afectado, puede aportar la notificación de situación de reducción de jornada por guarda legal, -que entiendo le firmó la empresa-, a efectos de solventar la negligencia.
años cotizacion por reduccion jornada | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

años cotizacion por reduccion jornada

9 Comentarios
 
Años cotizacion por reduccion jornada
30/08/2014 16:10
Hola, a ver si alguien me puede aclarar una duda que tengo: yo pedi la reduccion de jornada por el nacimiento de mi hija. Tenia un contrato 100( indefinido a jornada completa), pues bien, al recibir mi vida laboral, compruebo que mi base de cotizacion se ha visto reducida en un 56% que es lo que yo trabajo ahora. Hasta ahy todo bien. Pero ¿ el total de años cotizados tambien se reduce a ese porcentaje? Yo creia que los años cotizados eran los mismos, que solo la base de cotizacion era lacque se veia reducida. Gracias
31/08/2014 21:47
Su empresa no ha aplicado bien la reducción de jornada lo que han hecho es simplemente mutarles el cto de uno a tiempo completo a uno parcial del 56 % sin tener en cuenta el derecho de reducción de jornada, con esta reducción de jornada para el cuidado de un menor aunque su jornada se reduzca al 56 € las cotizaciones se mantienen al 100% le estén haciendo una trampa que luego si la empresa lo desea no les vuelve a poner la jornada al 100 %, suelen decir que como no tienen experiencia con esta situación laboral por se han equivocado pero en definitiva es una estafa que les están haciendo acuda a la TGSS y reclame que su situación es de reducción por el cuidado de un menor.
31/08/2014 22:20
Gracias jamgpreve
Pues se ve que si, en mi vida lab. el contrato que tengo es un 200. En la gestoria me han dicho que eso da igual, pero ya veo que no.
Una de las consecuencias de tener el contrato 200 entonces que es que los dias que me estan cotizando la mitad, no?
Pues si es asi, llevo desde 2007, eso se podra arreglar?

01/09/2014 14:08
He llamado a la TGSS y me dicen que es la empresa o gestoria la que tiene que cambiar la equivocacion del cantrato mediante un escrito. Pero que no saben si eso se puede arreglar despues de tanto tiempo (eso fue en 2007).

Que hay de cierto en eso?

Ahora no podre recuperar lo años que me faltan?

Alguien sabe sobre este tema?

Gracias
02/09/2014 18:36
Pues la TGSS debe actuar de oficio ante la notificación de dicha situación por usted pero lo que ocurre es que la SS solo puede recuperar y reclamar las cotizaciones a su empresa de los últimos 4 años y es que me temo que aunque usted quisiese demandar a su empresa por esa infracotización como es del 2007 ya estaría prescrito y a su vez ahora en la actualidad su cto ya seria ese cto parcial con esa reducción.
Yo de usted acudiría a un sindicato o a un abogado particular a ver si se puede hacer algo pero lo veo muy feo.
SMO
02/09/2014 21:19
El error que ha cometido la empresa o, en dicha situación la asesoría, es proceder a la tramitación y concertación de la situación de reducción de jornada por guarda legal sin mantener el código 100 del contrato de trabajo y no incluir la situación de cotización con la clave pertinente a dicha situación. Solventar dicha negligencia es simple.

Por otro lado, durante la situación de reducción de jornada por guarda legal la empresa no cotiza por el 100% a efectos de la liquidación de las cotizaciones de los seguros sociales, sino que lo hará por el coeficiente restante tras tal reducción.

Ejemplo: situación de reducción de jornada por guarda legal por cuidados de un menor de 12 años, -de 8 años antes de la entrada en vigor del RDL16/2013-, cuya reducción es del 50%, teniendo en consideración que su remuneración incluyendo el prorrateo de las gratificaciones extraordinarias era de 2000 €, por ello, siendo también ésta su base de cotización por contingencias comunes; ahora será de 1000€, tanto a efectos de remuneración como a efectos de base de cotización por contingencias comunes...

¿Qué ocurre a efectos de futuras prestaciones de la Seguridad Social? Que tanto a efectos indemnizatorios en virtud del régimen jurídico de la disposición adicional decimoctava (TRLET), como a efectos de la prestación por desempleo en virtud del régimen jurídico del artículo 211 de LGSS, se ha de tener en consideración la base reguladora diaria del contrato a tiempo completo sin perjuicio del tiempo transcurrido en dicha situación de reducción de jornada por guarda legal.

Donde sí se ha de tener en consideración el transcurso de no más de dos años en tal situación, es en el caso del resto de prestaciones de la Seguridad Social.
03/09/2014 00:02
Jamgpreve, la empresa esta cotizando bien por mi a razon de mi porcentaje de reduccion. Por lo que por esa parte no hay error, con lo cual la SS no tiene que reclamarle nada. Solo existe el error a nivel administrativo, que es lo quiero subsanar y espero sea posible...
Gracias por todo.

Mlag0053, muchas gracias, me ha sido de mucha utilidad su respuesta, espero que sea simple como dice solventar la negligencia y que en la proxima vida laboral me aparezcan bien tanto los años cotizados como el tipo de contrato.
03/09/2014 16:21
Tuve una empleada que cometió una cantidad sustancial de errores de esta índole y aún estoy solventándolos conforme éstos aparecen.

¿Cómo subsanar este conflicto? Presentando un escrito ante la Seguridad Social alegando que el despacho es consciente del error cometido con fecha de efecto del día X al proceder a la tramitación de situación de reducción de jornada por guarda legal de modo equivocado rogando modificar tal situación y, a dicho escrito, se adjunta la notificación de situación de reducción de jornada por guarda legal expedida por parte de la trabajadora hacia la empresa, a efectos de conceder mayor valor acreditativo y legal a lo alegado y requerido.
04/09/2014 00:36
Mlag0053, gracias de nuevo por su respuesta.
El escrito que lo presenta la gestoria, no?
O me tengo yo que personar en la SS?

Ah!! Y los errores con el tema de mi contrato no los he cometido yo, sino la gestoria que es la que ha tramitado mal la reduccion de jornada.
Yo lo que pasa es que me he dado cuenta un poco tarde la verdad, aunque he visto mi vida laboral muchas veces no he caido nunca en la cuenta de lo del tipo de contrato y los años cotizados. Pero comparando con una compañera me he dado cuenta. Mas vale tarde que nunca. De ahora en adelante lo mirare con lupa...y si no entiendo algo, volvere a preguntar en este foro que me esta siendo de mucha ayuda.
Gracias.
06/09/2014 13:30
Exacto, es la asesoría quien ha de presentar el escrito alegando tal error, puesto que fue suyo. En su defecto, usted, como afectado, puede aportar la notificación de situación de reducción de jornada por guarda legal, -que entiendo le firmó la empresa-, a efectos de solventar la negligencia.