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Antena telefonia

4 Comentarios
 
Antena telefonia
10/07/2003 17:18
En nuestra comunidad recientemente han instalado una antena de telefonia movil con acuerdo de la comunidad, pero ahora tenemos las dudas de como tratar el dinero que nos pagan trimestralmente. Por favor ruego vuestra información al respecto. Saludos cordiales para todos y muchas gracias.
12/07/2003 19:53
Es un ingreso que debería aplicarse al pago de los gastos comunes para reducir en lo posible las cuotas de los comuneros, o el uso que se le quiera dar en la Junta al tener que constar como un ingreso mas en las cuentas.

O sea, que puede ir a lo que la Junta acuerde validamente.

No se si es a esto a lo que te refieres.

Un saludo
14/07/2003 18:49
Mira Sergio si he entendido tu respuesta y estoy conforme y de acuerdo; pero mi pregunta está más orientada al trato fiscal de ese dinero quien o quienes se lo imputan y que gastos son deducibles quíen o quienes ingresan el iva cada vecino en la cuota que le corresponde, la comunidad en su confunto. Me gustaría saber protocolo a seguir legal. Muchas gracias y espero vuestras respuestas.
15/07/2003 20:10
Entiendo que la Comunidad ha arrendado un elemento comun y es la Comunidad la que contrae las obligaciones fiscales pertinentes (IVA por ejemplo), si bien no se qué contrato o acuerdo habeis suscrito. Te aconsejo que contactes con la Agencia Tributaria y realices la consulta "a titulo general y sin dar datos concretos de qué comunidad se trata".
Espero haberte servido de pequeña ayuda.
Salu2.
15/07/2003 23:16
Existe una asociacion de afectados por enfermedades producidas por estas antenas de telefonia,,,en mi opinion no merece la pena el dinero que te ofrecen a cambio de vuestra salud
Antena telefonia | PorticoLegal
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Antena telefonia
10/07/2003 17:18
En nuestra comunidad recientemente han instalado una antena de telefonia movil con acuerdo de la comunidad, pero ahora tenemos las dudas de como tratar el dinero que nos pagan trimestralmente. Por favor ruego vuestra información al respecto. Saludos cordiales para todos y muchas gracias.
12/07/2003 19:53
Es un ingreso que debería aplicarse al pago de los gastos comunes para reducir en lo posible las cuotas de los comuneros, o el uso que se le quiera dar en la Junta al tener que constar como un ingreso mas en las cuentas.

O sea, que puede ir a lo que la Junta acuerde validamente.

No se si es a esto a lo que te refieres.

Un saludo
14/07/2003 18:49
Mira Sergio si he entendido tu respuesta y estoy conforme y de acuerdo; pero mi pregunta está más orientada al trato fiscal de ese dinero quien o quienes se lo imputan y que gastos son deducibles quíen o quienes ingresan el iva cada vecino en la cuota que le corresponde, la comunidad en su confunto. Me gustaría saber protocolo a seguir legal. Muchas gracias y espero vuestras respuestas.
15/07/2003 20:10
Entiendo que la Comunidad ha arrendado un elemento comun y es la Comunidad la que contrae las obligaciones fiscales pertinentes (IVA por ejemplo), si bien no se qué contrato o acuerdo habeis suscrito. Te aconsejo que contactes con la Agencia Tributaria y realices la consulta "a titulo general y sin dar datos concretos de qué comunidad se trata".
Espero haberte servido de pequeña ayuda.
Salu2.
15/07/2003 23:16
Existe una asociacion de afectados por enfermedades producidas por estas antenas de telefonia,,,en mi opinion no merece la pena el dinero que te ofrecen a cambio de vuestra salud