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antigüedad en banca

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Antigüedad en banca
04/06/2012 20:15
Hola:
En el convenio de banca el aumento por antigüedad se obtiene según el convenio de esta manera: Artículo 14.º Aumentos por antigüedad.
1. Durante la vigencia del Convenio la retribución en función de la antigüedad se
determinará en la forma establecida en los tres artículos siguientes.
2. No deben confundirse antigüedad y tiempo de servicio efectivo en la Empresa, de
forma que la pérdida total o parcial de aquélla no llevará consigo, pues es elemento de
hecho, disminución de éste.
¿podrias por favor explicarme que significa el punto 2.
Os cuento, yo tengo una antigüedad reconocida por el banco en el que trabajo actualmente desde el año 70, sin embargo en este banco llevo trabajando desde el año 2004, en que medida de me afecta el punto 2.

Gracias
antigüedad en banca | PorticoLegal
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Antigüedad en banca
04/06/2012 20:15
Hola:
En el convenio de banca el aumento por antigüedad se obtiene según el convenio de esta manera: Artículo 14.º Aumentos por antigüedad.
1. Durante la vigencia del Convenio la retribución en función de la antigüedad se
determinará en la forma establecida en los tres artículos siguientes.
2. No deben confundirse antigüedad y tiempo de servicio efectivo en la Empresa, de
forma que la pérdida total o parcial de aquélla no llevará consigo, pues es elemento de
hecho, disminución de éste.
¿podrias por favor explicarme que significa el punto 2.
Os cuento, yo tengo una antigüedad reconocida por el banco en el que trabajo actualmente desde el año 70, sin embargo en este banco llevo trabajando desde el año 2004, en que medida de me afecta el punto 2.

Gracias