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Antigüedad

1 Comentarios
 
05/02/2004 12:29
Leete el mensaje con tema "Conservar la antigüedad" pienso que te será muy útil, yo preguntaba lo mismo aunque a mi todavia no me han hecho fija me esá sucediendo lo mismo. Entiendo qe si deben reconocertela, leete el art. 15.6 de Estatuto de los trabajadores o la Ley 12/2001 de 9 de julio (Art. 1 -10 del Capitulo I).
Siento ser tan escueta pero soy una trabajadora simple y llana que no domina el tema.
Un saludo
Antigüedad
05/02/2004 10:37
Tengo unas dudas que desearía que alguien me ayudase a resolver: En el año 97 mi empresa nos hizo un contrato por obra y servicio una vez terminada la obra se extinguió ese contrato. En el año 98 al día siguiente de extinguirse el anterior se nos hizo un nuevo contrato por obra que duró otro año más y asi sucesivamente hasta el año 2001, año en el que pasamos a ser fij@s. En nómina, la antiguedad reconocida es la de 2001. Mi pregunta es, ¿Que pasa con los años anteriores?. ¿Solo se reconocerá a todos los efectos la derivada del último contrato?.¿Hay que demandar a la empresa para que se nos reconozca la antiguedad desde 1997?.
Gracias a todos por la atención prestada
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05/02/2004 12:29
Leete el mensaje con tema "Conservar la antigüedad" pienso que te será muy útil, yo preguntaba lo mismo aunque a mi todavia no me han hecho fija me esá sucediendo lo mismo. Entiendo qe si deben reconocertela, leete el art. 15.6 de Estatuto de los trabajadores o la Ley 12/2001 de 9 de julio (Art. 1 -10 del Capitulo I).
Siento ser tan escueta pero soy una trabajadora simple y llana que no domina el tema.
Un saludo
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05/02/2004 10:37
Tengo unas dudas que desearía que alguien me ayudase a resolver: En el año 97 mi empresa nos hizo un contrato por obra y servicio una vez terminada la obra se extinguió ese contrato. En el año 98 al día siguiente de extinguirse el anterior se nos hizo un nuevo contrato por obra que duró otro año más y asi sucesivamente hasta el año 2001, año en el que pasamos a ser fij@s. En nómina, la antiguedad reconocida es la de 2001. Mi pregunta es, ¿Que pasa con los años anteriores?. ¿Solo se reconocerá a todos los efectos la derivada del último contrato?.¿Hay que demandar a la empresa para que se nos reconozca la antiguedad desde 1997?.
Gracias a todos por la atención prestada