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Antigüedad

2 Comentarios
 
Antigüedad
14/10/2010 13:20
Querría saber cuál es la antigüedad de un trabajador que tiene un contrato obra y servicio de septiembre del 2008 a junio del 2009, otro contrato de obra y servicio de septiembre del 2009 a junio del 2010. Y otro contrato de fijo discontinuo a partir de septiembre del 2010. Gracias
14/10/2010 16:26
Habría que verlo. Me explico, como ya hemos dicho aquí varias veces, no hay una regla definida para esto, durante años los juzgados de los social han venido poniendo el plazo de veinte días, coincidente con el que tiene el trabajador para reclamar una vez terminada la relación, para determinar el fin de la relación laboral y por tanto, la perdida de la antiguedad.
Pero como esto se había convertido en un fraude, donde las empresas mandaban un mes a los trabajadores a casa con el fin de evitar que acumularan antiguedad y por tanto tener que hacerlos indefinidos, algunos juzgados han empezado a mirar con lupa estos temas.
Si la obra o servicio que tenías al principio no terminó a pesar de que te finiquitaron, cuando te volvieron a contratar tus funciones eran las mismas y tu puesto de trabajo no ha sido ocupado o eliminado, hay muchas posibilidades de que te den la primera antiguedad.
Por eso te digo que habría que mirarlo con tranquilidad. Además que parece lo típico que hacen los colegios privados.
SALUDOS.
14/10/2010 17:13
Gracias, pero lo que me interesa saber es si al empezar el curso con contrato de fijo discontinuo a partir de septiembre del 2010 la antigüedad sería esta nueva.
Antigüedad | PorticoLegal
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14/10/2010 13:20
Querría saber cuál es la antigüedad de un trabajador que tiene un contrato obra y servicio de septiembre del 2008 a junio del 2009, otro contrato de obra y servicio de septiembre del 2009 a junio del 2010. Y otro contrato de fijo discontinuo a partir de septiembre del 2010. Gracias
14/10/2010 16:26
Habría que verlo. Me explico, como ya hemos dicho aquí varias veces, no hay una regla definida para esto, durante años los juzgados de los social han venido poniendo el plazo de veinte días, coincidente con el que tiene el trabajador para reclamar una vez terminada la relación, para determinar el fin de la relación laboral y por tanto, la perdida de la antiguedad.
Pero como esto se había convertido en un fraude, donde las empresas mandaban un mes a los trabajadores a casa con el fin de evitar que acumularan antiguedad y por tanto tener que hacerlos indefinidos, algunos juzgados han empezado a mirar con lupa estos temas.
Si la obra o servicio que tenías al principio no terminó a pesar de que te finiquitaron, cuando te volvieron a contratar tus funciones eran las mismas y tu puesto de trabajo no ha sido ocupado o eliminado, hay muchas posibilidades de que te den la primera antiguedad.
Por eso te digo que habría que mirarlo con tranquilidad. Además que parece lo típico que hacen los colegios privados.
SALUDOS.
14/10/2010 17:13
Gracias, pero lo que me interesa saber es si al empezar el curso con contrato de fijo discontinuo a partir de septiembre del 2010 la antigüedad sería esta nueva.