Buenos días..estoy en la escuela de práctica jurídica y ante una apelación de 1986..lo único que puedo hacer para sacar adelante el caso, es demostrar que la policía era autoridad y no funcionario público, para este código, puesto que se presenta una falsa denuncia en comisaría. El artículo 199 del CP del 73 dice: "“A los efectos penales, se reputará Autoridad al que por sí sólo o como individuo de alguna Corporación o Tribunal tuviere mando o ejerciere jurisdicción propia. Se reputarán también autoridades los funcionarios del Ministerio Fiscal. Se considerará funcionario público todo el que por disposición inmediata de la Ley o por elección o por nombramiento de autoridad competente participe del ejercicio de funciones públicas”
Para el código del 95 no habría duda, pero no he conseguido encontrar a tiempo un código del 73 comentado y necesito una base sólida que fundamente que la policía era también entonces Autoridad, puesto que el art 338 de este cuerpo legal dice: “El que ante autoridad competente simulare a sabiendas ser responsable o víctima de un delito y motivare una actuación procesal, será castigado con las penas de arresto mayor y multa de 100.000 a 500.000 pesetas”. No encuentro jurisprudencia ni a favor ni en contra de este tema..por favor ayuda!!!!