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Anulación segunda parte de oposiciones

4 Comentarios
 
15/12/2010 01:12
Fanotron, de la lectura del título XIX del Código Penal concluí que el Ente Público estaba en la obligación legal de anular la 2º prueba y con ello me quedo.

Feraz, con tus respuestas bastante claras y precisas también han coincidido otras personas a las que he recurrido. Espero que la obligación del Ente de realizar la 2º prueba se realice, lo del C-A en principio ni me lo planteo.

Fanotron, han pasado alrededor de dos años desde la convocatoria original, también otras opiniones coinciden contigo en el porqué de tanta dilación en este proceso. En fin.

Les estoy muy agradecido por sus respuestas y también a quienes mantienen este sitio. Estaré en contacto.

Un saludo,

Daniel


14/12/2010 23:31
No sé cuanto tiempo ha transcurrido desde la convocatoria original. Imagino que mucho porque ya hay resolución judicial que anula la segunda prueba, ¿no?

Ahora se produce otra irregularidad gorda tratando de eludir la sentencia, ¿no?

¿No cree que la Administración deja claro cuáles son sus intenciones?

El tiempo corre a su favor, tiene presunción de legalidad y tratará de prolongar durante años la situación hasta que los impugnantes desistan. Estos últimos pagan de su bolsillo los gastos del litigio y todos los españoles con nuestros impuestos pagamos los gastos de la Administración. La lucha contencioso-administrativa es tan desigual que no merece la pena acudir a los tribunales, salvo que se cuente con las suficientes pruebas irrefutables de delito que permitan utilizar la vía penal y tratar por lo menos de inhabilitar a los corruptos.

Lo que está claro es que las plazas de empleo público son muy golosas y cada vez más marcadas por la corrupción en estos tiempos tan difíciles que vivimos.

Un saludo.
14/12/2010 15:39
RESPUESTAS, en orden inverso; empiezo contestando de la última a la primera:

1. Puede, pero por poder también puede robar un banco. Supongo que te refieres si es legal. Respuesta: No.
2. A mi entender, no pueden validar la lista provisional, porque ha sido anulada por el juez. Los sindicatos ni la administración pueden validar algo que el juez ha anulado mediante sentencia.
3. Sí lo hay, pero no es un recurso; obliga a la realización de la segunda prueba la CONVOCATORIA de las pruebas selectivas.
Solución ante la posible irregularidad de no hacer una segunda prueba válida: presentar recurso contencioso-administrativo en el juzgado que corresponda.
10/12/2010 23:07
Si la Administración detecta "filtraciones de preguntas", así lo reconoce y no hace nada al respecto, existen suficientes indicios de delito y encubrimiento del mismo.

Léase el título XIX del Código Penal.

La vía contencioso-administrativa no vale para nada.

Un saludo.
Anulación segunda parte de oposiciones
10/12/2010 07:30
Buenos días,

Solicito orientación sobre el caso que intento resumir en los siguientes puntos:

ANTECEDENTES:

- Se convocan oposiciones a 4 plazas, turno libre, para ente público. Dos pruebas, una teórica y otra práctica
- 1ª prueba realizada. No se publican resultados.
- 2ª prueba realizada. Se publica "lista provisional" de resultados. Las notas son la suma de las 2 pruebas.
- Impugnan los sindicatos la 2ª prueba. Juez emite sentencia anulando la prueba y ordena repetirla.
- Fijada fecha nueva convocatoria de la 2º prueba, dos días antes de su celebración, se anula la misma por que la administración detecta "filtraciones de preguntas de la prueba práctica". La comunicación dice lo siguiente: "Se anula la prueba práctica y en consecuencia se anula la celebración de la misma"

PREGUNTAS:

- ¿Hay algun recurso jurídico que obligue la realización de la 2º prueba?
- ¿Puede la administración validar la "lista provicional" publicada antes si los sindicatos acordaran retirar su impugnación sobre la misma?
- ¿Puede la administración adjudicar las plazas en base a los resultados obtenidos únicamente en el 1º ejercicio?

Muchas gracias.
Un saludo,

Daniel
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Anulación segunda parte de oposiciones

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15/12/2010 01:12
Fanotron, de la lectura del título XIX del Código Penal concluí que el Ente Público estaba en la obligación legal de anular la 2º prueba y con ello me quedo.

Feraz, con tus respuestas bastante claras y precisas también han coincidido otras personas a las que he recurrido. Espero que la obligación del Ente de realizar la 2º prueba se realice, lo del C-A en principio ni me lo planteo.

Fanotron, han pasado alrededor de dos años desde la convocatoria original, también otras opiniones coinciden contigo en el porqué de tanta dilación en este proceso. En fin.

Les estoy muy agradecido por sus respuestas y también a quienes mantienen este sitio. Estaré en contacto.

Un saludo,

Daniel


14/12/2010 23:31
No sé cuanto tiempo ha transcurrido desde la convocatoria original. Imagino que mucho porque ya hay resolución judicial que anula la segunda prueba, ¿no?

Ahora se produce otra irregularidad gorda tratando de eludir la sentencia, ¿no?

¿No cree que la Administración deja claro cuáles son sus intenciones?

El tiempo corre a su favor, tiene presunción de legalidad y tratará de prolongar durante años la situación hasta que los impugnantes desistan. Estos últimos pagan de su bolsillo los gastos del litigio y todos los españoles con nuestros impuestos pagamos los gastos de la Administración. La lucha contencioso-administrativa es tan desigual que no merece la pena acudir a los tribunales, salvo que se cuente con las suficientes pruebas irrefutables de delito que permitan utilizar la vía penal y tratar por lo menos de inhabilitar a los corruptos.

Lo que está claro es que las plazas de empleo público son muy golosas y cada vez más marcadas por la corrupción en estos tiempos tan difíciles que vivimos.

Un saludo.
14/12/2010 15:39
RESPUESTAS, en orden inverso; empiezo contestando de la última a la primera:

1. Puede, pero por poder también puede robar un banco. Supongo que te refieres si es legal. Respuesta: No.
2. A mi entender, no pueden validar la lista provisional, porque ha sido anulada por el juez. Los sindicatos ni la administración pueden validar algo que el juez ha anulado mediante sentencia.
3. Sí lo hay, pero no es un recurso; obliga a la realización de la segunda prueba la CONVOCATORIA de las pruebas selectivas.
Solución ante la posible irregularidad de no hacer una segunda prueba válida: presentar recurso contencioso-administrativo en el juzgado que corresponda.
10/12/2010 23:07
Si la Administración detecta "filtraciones de preguntas", así lo reconoce y no hace nada al respecto, existen suficientes indicios de delito y encubrimiento del mismo.

Léase el título XIX del Código Penal.

La vía contencioso-administrativa no vale para nada.

Un saludo.
Anulación segunda parte de oposiciones
10/12/2010 07:30
Buenos días,

Solicito orientación sobre el caso que intento resumir en los siguientes puntos:

ANTECEDENTES:

- Se convocan oposiciones a 4 plazas, turno libre, para ente público. Dos pruebas, una teórica y otra práctica
- 1ª prueba realizada. No se publican resultados.
- 2ª prueba realizada. Se publica "lista provisional" de resultados. Las notas son la suma de las 2 pruebas.
- Impugnan los sindicatos la 2ª prueba. Juez emite sentencia anulando la prueba y ordena repetirla.
- Fijada fecha nueva convocatoria de la 2º prueba, dos días antes de su celebración, se anula la misma por que la administración detecta "filtraciones de preguntas de la prueba práctica". La comunicación dice lo siguiente: "Se anula la prueba práctica y en consecuencia se anula la celebración de la misma"

PREGUNTAS:

- ¿Hay algun recurso jurídico que obligue la realización de la 2º prueba?
- ¿Puede la administración validar la "lista provicional" publicada antes si los sindicatos acordaran retirar su impugnación sobre la misma?
- ¿Puede la administración adjudicar las plazas en base a los resultados obtenidos únicamente en el 1º ejercicio?

Muchas gracias.
Un saludo,

Daniel