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Anular o modificar aceptación herencia de hace 27 años

12 Comentarios
 
Anular o modificar aceptación herencia de hace 27 años
27/05/2020 13:51
Buenas, somos 3 hermanos, mi padre fallecio hace 27 años nos hicimos herederos los 3 hijos y mi madre usufructuraria, actualmente acaba de fallecer mi madre, y ha dejado todo lo de ella solamente a uno de los hijos, ese hijo ahora quiere modificar sustancialmente la escritura de aceptación de herencia que todos firmamos hace 27 años, curiosamente entonces se encargo el, hizo lo que quiso, hay en la aceptación de herencia errores que todos sabiamos incluida mi madre de cosas que habían comprado en el matrimonio y se metieron en la aceptación de herencia de mi padre y se pusieron como de mi padre y eran de los dos, ahora como sale favorecido el, quiere, modificarlo y asi tener el más parte, se puede hacer despues de tantos años y sin estar mi madre que durante 27 años lo acepto.
Gracias de antemano.
27/05/2020 22:27
muchisimasdudas
Eso es una mera extravagancia de su hermano, a la que no hay que hacer ni caso. Tampoco su madre pudo dejarle todo a él, porque los demás hermanos tienen derecho a su porción legítima, que seria en este caso el 33% de todo lo que tenía su madre. En cuanto a modificar escrituras antiguas, a lo hecho pecho, y nadie puede volverse contra sus propios actos.
28/05/2020 19:54
Grisolía
Hola y como se puede defender eso jurídicamente, ¿hay jurisprudencia? mi madre en el testamento simplemente nos nombra y nada más.

Gracias
28/05/2020 20:16
muchisimasdudas
Eso lo tiene en el artículo 808 del Código Civil. Hay como unas dos toneladas de jurisprudencia sobre el particular.
01/06/2020 10:04
muchisimasdudas
Buenos días,

en Aragón la legitima que se llama, con dejarlo a un sucesor, y nombrar a los otros es suficiente, lo que me interesa, es si se puede modificar una aceptación de herencia de hace tantos años y que firmamos los hijos y la madre que ha fallecido ahora, porque el al dejarle todo la madre ahora sale favorecido, y en su dia cuando lo firmamos la aceptación de herencia del padre todos eramos sabedores que poniamos cosas que no eran 100% del padre, pero todos estabamos de acuerdo y se firmo .

Gracias.
01/06/2020 10:10
muchisimasdudas
Pueden ustedes modificar lo que quieran, sea cuando fuere que se firmó, si todos están de acuerdo. En el caso de que uno de los otorgantes no lo esté, no se puede modificar nada. Hace mucho tiempo que prescribió cualquier posibilidad de poner el asunto en manos de la justicia, porque la acción para la nulidad dura 4 años y, aunque la acción para pedir la herencia prescribe a los 30 años, esta no sería una reclamación de herencia (puesto que todos participaron y dieron su aceptación) sino una acción para declarar nula la escritura por vicios del consentimiento. Eso significa que la escritura se consolidó hace mucho tiempo Y NO SE PUEDE CAMBIAR UNA SOLA COMA de la misma.
01/06/2020 10:29
Grisolía
Muchisimas GRACIAS, esto es lo que queria saber, que si uno no estamos de acuerdo no se puede hacer.
Por otra parte, hay unas fincas y una casa, que si corresponde la mitad o una parte a mi padre y no nos hicimos herederos entonces, podríamos hacernos herederos de esas fincas ahora? aunque en el catastro figuren a nombre de mi madre.

Gracias de nuevo.
01/06/2020 13:09
muchisimasdudas
Eso habría que ver la documentación. Mantienen íntegro su derecho a heredar lo que fuese de su padre, mediante una escritura convencional de adición de herencia. El catastro no es el registro de la propiedad, sino una oficina fiscal, por lo que tendrán que comprobar la información registral antes de plantear el asunto.
01/06/2020 18:11
muchisimasdudas
La documentación que tenemos son escrituras privadas de compra, en el catastro figuran a nombre de la madre y en el registro de la propiedad no figuran, podríamos hacernos herederos, ya que en su día no nos hicimos y serían válidas las escrituras privadas ya que es lo que esos años se hacia para comprarlas.

Muchísimas Gracias, me han resuelto muchas dudas
01/06/2020 21:53
muchisimasdudas
Habría que ver qué es lo que tiene para darle una respuesta. Si lo que va a hacer es inmatricular en el Registro, obtenga una certificación catastral descriptiva y gráfica, liquide los contratos privados o las hijuelas que tenga de impuesto de transmisiones patrimoniales, y hagan la escritura de adjudicación directamente.
02/06/2020 23:27
muchisimasdudas
Gracias, no entiendo ustedes me dice que si puedo puedo y mi abogado me ha dicho que no, que es necesario que estemos los tres hermanos, será porque era parte del padre y parte de la madre y al ser comprado del matrimonio. Por otra parte me dice que el hermano al que le ha dejado todo la madre si que puede hacerse heredero. No entiendo nada.

Gracias.
03/06/2020 08:29
muchisimasdudas
La diferencia es que su abogado tiene la documentación encima de la mesa y yo no sé nada del asunto ni quiénes son ustedes ni ningún otro dato, por lo que mis contestaciones son de mero tanteo, de cómo podrían hacerse las cosas en general. Para darle a usted una respuesta cabal y profesional hay que ver qué es lo que tienen.
03/06/2020 10:07
Grisolía
Muchisimas gracias por todo. Me ha resuelto basantes dudas, gracias de nuevo por su amablidad.
Saludos.
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27/05/2020 13:51
Buenas, somos 3 hermanos, mi padre fallecio hace 27 años nos hicimos herederos los 3 hijos y mi madre usufructuraria, actualmente acaba de fallecer mi madre, y ha dejado todo lo de ella solamente a uno de los hijos, ese hijo ahora quiere modificar sustancialmente la escritura de aceptación de herencia que todos firmamos hace 27 años, curiosamente entonces se encargo el, hizo lo que quiso, hay en la aceptación de herencia errores que todos sabiamos incluida mi madre de cosas que habían comprado en el matrimonio y se metieron en la aceptación de herencia de mi padre y se pusieron como de mi padre y eran de los dos, ahora como sale favorecido el, quiere, modificarlo y asi tener el más parte, se puede hacer despues de tantos años y sin estar mi madre que durante 27 años lo acepto.
Gracias de antemano.
27/05/2020 22:27
muchisimasdudas
Eso es una mera extravagancia de su hermano, a la que no hay que hacer ni caso. Tampoco su madre pudo dejarle todo a él, porque los demás hermanos tienen derecho a su porción legítima, que seria en este caso el 33% de todo lo que tenía su madre. En cuanto a modificar escrituras antiguas, a lo hecho pecho, y nadie puede volverse contra sus propios actos.
28/05/2020 19:54
Grisolía
Hola y como se puede defender eso jurídicamente, ¿hay jurisprudencia? mi madre en el testamento simplemente nos nombra y nada más.

Gracias
28/05/2020 20:16
muchisimasdudas
Eso lo tiene en el artículo 808 del Código Civil. Hay como unas dos toneladas de jurisprudencia sobre el particular.
01/06/2020 10:04
muchisimasdudas
Buenos días,

en Aragón la legitima que se llama, con dejarlo a un sucesor, y nombrar a los otros es suficiente, lo que me interesa, es si se puede modificar una aceptación de herencia de hace tantos años y que firmamos los hijos y la madre que ha fallecido ahora, porque el al dejarle todo la madre ahora sale favorecido, y en su dia cuando lo firmamos la aceptación de herencia del padre todos eramos sabedores que poniamos cosas que no eran 100% del padre, pero todos estabamos de acuerdo y se firmo .

Gracias.
01/06/2020 10:10
muchisimasdudas
Pueden ustedes modificar lo que quieran, sea cuando fuere que se firmó, si todos están de acuerdo. En el caso de que uno de los otorgantes no lo esté, no se puede modificar nada. Hace mucho tiempo que prescribió cualquier posibilidad de poner el asunto en manos de la justicia, porque la acción para la nulidad dura 4 años y, aunque la acción para pedir la herencia prescribe a los 30 años, esta no sería una reclamación de herencia (puesto que todos participaron y dieron su aceptación) sino una acción para declarar nula la escritura por vicios del consentimiento. Eso significa que la escritura se consolidó hace mucho tiempo Y NO SE PUEDE CAMBIAR UNA SOLA COMA de la misma.
01/06/2020 10:29
Grisolía
Muchisimas GRACIAS, esto es lo que queria saber, que si uno no estamos de acuerdo no se puede hacer.
Por otra parte, hay unas fincas y una casa, que si corresponde la mitad o una parte a mi padre y no nos hicimos herederos entonces, podríamos hacernos herederos de esas fincas ahora? aunque en el catastro figuren a nombre de mi madre.

Gracias de nuevo.
01/06/2020 13:09
muchisimasdudas
Eso habría que ver la documentación. Mantienen íntegro su derecho a heredar lo que fuese de su padre, mediante una escritura convencional de adición de herencia. El catastro no es el registro de la propiedad, sino una oficina fiscal, por lo que tendrán que comprobar la información registral antes de plantear el asunto.
01/06/2020 18:11
muchisimasdudas
La documentación que tenemos son escrituras privadas de compra, en el catastro figuran a nombre de la madre y en el registro de la propiedad no figuran, podríamos hacernos herederos, ya que en su día no nos hicimos y serían válidas las escrituras privadas ya que es lo que esos años se hacia para comprarlas.

Muchísimas Gracias, me han resuelto muchas dudas
01/06/2020 21:53
muchisimasdudas
Habría que ver qué es lo que tiene para darle una respuesta. Si lo que va a hacer es inmatricular en el Registro, obtenga una certificación catastral descriptiva y gráfica, liquide los contratos privados o las hijuelas que tenga de impuesto de transmisiones patrimoniales, y hagan la escritura de adjudicación directamente.
02/06/2020 23:27
muchisimasdudas
Gracias, no entiendo ustedes me dice que si puedo puedo y mi abogado me ha dicho que no, que es necesario que estemos los tres hermanos, será porque era parte del padre y parte de la madre y al ser comprado del matrimonio. Por otra parte me dice que el hermano al que le ha dejado todo la madre si que puede hacerse heredero. No entiendo nada.

Gracias.
03/06/2020 08:29
muchisimasdudas
La diferencia es que su abogado tiene la documentación encima de la mesa y yo no sé nada del asunto ni quiénes son ustedes ni ningún otro dato, por lo que mis contestaciones son de mero tanteo, de cómo podrían hacerse las cosas en general. Para darle a usted una respuesta cabal y profesional hay que ver qué es lo que tienen.
03/06/2020 10:07
Grisolía
Muchisimas gracias por todo. Me ha resuelto basantes dudas, gracias de nuevo por su amablidad.
Saludos.