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Apertura de hueco

3 Comentarios
 
02/02/2007 09:37
Todo es posible.

Particularmente lo plantearía en una reunión de propietarios ya que al parecer la apertura de dicho hueco únicamente molesta a un propietario (tu vecino), mientras que a los vecinos (propietarios) de aquéllas viviendas en las que sí hay abiertos huecos, parece no afectarles.

Intenta que te lo apruebe el resto de propietarios. De ese modo te aseguras que si el propietario en cuestión quiere obligarte a eliminhar la apertura, deberá gastarse los cuartos él ya que la comunidad no irá contra un acuerdo propio.
02/02/2007 09:32
Gracias por la respuesta Dick Turpin.
¿podría yo entonces, denunciarlos a ellos?
También han hecho algo que no es legal
Un saludo
01/02/2007 21:17
Podrían hacerlo.

En tu caso tienes defensa, pero también muchas probabilidades de que pierdas.

Saludos.
Apertura de hueco
01/02/2007 16:12
Buenos días. Tengo hecho un cerramiento en la terraza de mi casa. Pues bien, lo que antes era la puerta que daba a la terraza, la quiero hacer más grande, para tener más paso. Un vecino se ha negado a que lo haga. Pero lo curioso, es que la mayoría de mis vecinos, han abierto también hueco en dicho muro, convirtiendo en puertas lo que antes eran ventanas.
Así mismo, he leido que "la jurisprudencia ha evolucionado reinterpretando las normas referentes a modificaciones de fachada conforme a la realidad social a que hace referencia el art. 3 del Código Civil, en el sentido de abandonar posturas maniqueistas en relación tanto al concepto de alteración sustancial de la configuración de los espacios donde conviven elementos comunes con privativos, como en relación a la exigencia de consentimiento expreso de la Comunidad de Propietarios, avanzando para ello desde la constatación de situaciones previas, aparentemente queridas por la Comunidad en tanto no dispuestas por las vías oportunas, que desmerecen la voluntad de inalteración y cuestiona los principios de la buena fe, equidad e interdicción del abuso del derecho regulados en el Art. 3 y 7 del Código Civil.

Me refiero tanto a los supuestos de aceptación por la Comunidad de situaciones de hecho que implican un uso continuado y público (SAP Guadalajara 8 Marzo 2002 y STS 28 Abril 1992) sin reacción mas o menos
mediata, como a los supuestos de alteraciones sobre elementos arquitectónicos comunes previamente transformados y a los supuestos, de ordinario concurrentes con aquellos de, aquiescencia tácita de
modificaciones del Titulo Constitutivo ( STS 31 Octubre 1990 y 5 Marzo 1998).

Según esto, si la comunidad ha consentido estas obras, ¿me pueden denunciar y prohibir a mí que la haga?

Muchas gracias por las respuestas
Apertura de hueco | PorticoLegal
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3 Comentarios
 
02/02/2007 09:37
Todo es posible.

Particularmente lo plantearía en una reunión de propietarios ya que al parecer la apertura de dicho hueco únicamente molesta a un propietario (tu vecino), mientras que a los vecinos (propietarios) de aquéllas viviendas en las que sí hay abiertos huecos, parece no afectarles.

Intenta que te lo apruebe el resto de propietarios. De ese modo te aseguras que si el propietario en cuestión quiere obligarte a eliminhar la apertura, deberá gastarse los cuartos él ya que la comunidad no irá contra un acuerdo propio.
02/02/2007 09:32
Gracias por la respuesta Dick Turpin.
¿podría yo entonces, denunciarlos a ellos?
También han hecho algo que no es legal
Un saludo
01/02/2007 21:17
Podrían hacerlo.

En tu caso tienes defensa, pero también muchas probabilidades de que pierdas.

Saludos.
Apertura de hueco
01/02/2007 16:12
Buenos días. Tengo hecho un cerramiento en la terraza de mi casa. Pues bien, lo que antes era la puerta que daba a la terraza, la quiero hacer más grande, para tener más paso. Un vecino se ha negado a que lo haga. Pero lo curioso, es que la mayoría de mis vecinos, han abierto también hueco en dicho muro, convirtiendo en puertas lo que antes eran ventanas.
Así mismo, he leido que "la jurisprudencia ha evolucionado reinterpretando las normas referentes a modificaciones de fachada conforme a la realidad social a que hace referencia el art. 3 del Código Civil, en el sentido de abandonar posturas maniqueistas en relación tanto al concepto de alteración sustancial de la configuración de los espacios donde conviven elementos comunes con privativos, como en relación a la exigencia de consentimiento expreso de la Comunidad de Propietarios, avanzando para ello desde la constatación de situaciones previas, aparentemente queridas por la Comunidad en tanto no dispuestas por las vías oportunas, que desmerecen la voluntad de inalteración y cuestiona los principios de la buena fe, equidad e interdicción del abuso del derecho regulados en el Art. 3 y 7 del Código Civil.

Me refiero tanto a los supuestos de aceptación por la Comunidad de situaciones de hecho que implican un uso continuado y público (SAP Guadalajara 8 Marzo 2002 y STS 28 Abril 1992) sin reacción mas o menos
mediata, como a los supuestos de alteraciones sobre elementos arquitectónicos comunes previamente transformados y a los supuestos, de ordinario concurrentes con aquellos de, aquiescencia tácita de
modificaciones del Titulo Constitutivo ( STS 31 Octubre 1990 y 5 Marzo 1998).

Según esto, si la comunidad ha consentido estas obras, ¿me pueden denunciar y prohibir a mí que la haga?

Muchas gracias por las respuestas