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aportacion del alta medica, para solicitar una Incapacidad Permanente?

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Aportacion del alta medica, para solicitar una incapacidad permanente?
26/05/2009 21:12
Hola, un saludo para todas las personas que participan el foro y en especial a la gente que dedica un poco de su tiempo para ayudar a los demás.
Quisiera ver si alguien me puede ayudar y me sabe aconsejar respecto a una duda que tengo que paso a formularla. Según el Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio, por el que se desarrolla, en materia de incapacidades laborales del sistema de la Seguridad Social, dice lo siguiente en los siguientes artículos:

Artículo 4.- Iniciación del procedimiento.
1.El procedimiento para evaluar la incapacidad en orden al reconocimiento del derecho a las prestaciones económicas por incapacidad permanente y a las indemnizaciones por lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo, no invalidantes, se iniciará:
b) A instancia del trabajador o su representante legal.
Artículo 5.- Instrucción del procedimiento.
La instrucción de los procedimientos para la evaluación de la incapacidad en orden al reconocimiento del derecho a las prestaciones económicas a que se refiere el artículo anterior requerirá los siguientes actos e informes preceptivos:
a) Aportación del alta médica de asistencia sanitaria y del historial clínico, previo consentimiento del interesado o de su representante legal, remitido por el Servicio de Salud o, en su caso, por la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social o empresa colaboradora, cuando se trate de afiliados que tengan cubierta la incapacidad temporal por dichas entidades o, en su defecto, informe de la Inspección Médica de dicho Servicio de Salud.
Mi duda es la siguiente: cuando pasas el año de baja y se hace cargo el I.N.S.S como dice la el articulo 128.1 de L.G.S.S y en el caso de querer iniciar el expediente de iniciación para una Incapacidad permanente a que se refiere el articulo 4, mencionado anteriormente, con la aportación del alta medica de asistencia sanitaria como dice el articulo 5 a quien hay que hacer dicha petición?, y quien tiene que aportar ese requisito del alta medica sanitaria?, siendo que es el propio I.N.S.S es quien se hace cargo de la gestión y control pasado el año de la baja y hasta un máximo de 18 meses.
Espero que alguien me pueda ayudar a aclar este galamatias que supone este Real Decreto y la ley de la Seguridad Social.
Un saludo
aportacion del alta medica, para solicitar una Incapacidad Permanente? | PorticoLegal
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Aportacion del alta medica, para solicitar una incapacidad permanente?
26/05/2009 21:12
Hola, un saludo para todas las personas que participan el foro y en especial a la gente que dedica un poco de su tiempo para ayudar a los demás.
Quisiera ver si alguien me puede ayudar y me sabe aconsejar respecto a una duda que tengo que paso a formularla. Según el Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio, por el que se desarrolla, en materia de incapacidades laborales del sistema de la Seguridad Social, dice lo siguiente en los siguientes artículos:

Artículo 4.- Iniciación del procedimiento.
1.El procedimiento para evaluar la incapacidad en orden al reconocimiento del derecho a las prestaciones económicas por incapacidad permanente y a las indemnizaciones por lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo, no invalidantes, se iniciará:
b) A instancia del trabajador o su representante legal.
Artículo 5.- Instrucción del procedimiento.
La instrucción de los procedimientos para la evaluación de la incapacidad en orden al reconocimiento del derecho a las prestaciones económicas a que se refiere el artículo anterior requerirá los siguientes actos e informes preceptivos:
a) Aportación del alta médica de asistencia sanitaria y del historial clínico, previo consentimiento del interesado o de su representante legal, remitido por el Servicio de Salud o, en su caso, por la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social o empresa colaboradora, cuando se trate de afiliados que tengan cubierta la incapacidad temporal por dichas entidades o, en su defecto, informe de la Inspección Médica de dicho Servicio de Salud.
Mi duda es la siguiente: cuando pasas el año de baja y se hace cargo el I.N.S.S como dice la el articulo 128.1 de L.G.S.S y en el caso de querer iniciar el expediente de iniciación para una Incapacidad permanente a que se refiere el articulo 4, mencionado anteriormente, con la aportación del alta medica de asistencia sanitaria como dice el articulo 5 a quien hay que hacer dicha petición?, y quien tiene que aportar ese requisito del alta medica sanitaria?, siendo que es el propio I.N.S.S es quien se hace cargo de la gestión y control pasado el año de la baja y hasta un máximo de 18 meses.
Espero que alguien me pueda ayudar a aclar este galamatias que supone este Real Decreto y la ley de la Seguridad Social.
Un saludo