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aportacion nuevos documentos

2 Comentarios
 
Aportacion nuevos documentos
24/01/2007 14:15
Hola,

¿cabria la posibilidad a tenor del art 286 lec, de que en un procedimiento ordinario, en el mismo acto del juicio, y sin previo escrito de ampliacion de hechos se propongan nuevos documentos por haberse omitido en la audiencia previa.???

muchas gracias. Un saludo
25/01/2007 16:28
tal y como se desprende del art. 286 LEC entiendo que sí, pero con justa causa o que fuesen nuevos, no por habersete olvidado, ya que creo que no cabría fundamentación alguna y el Juez no los admitiría.
un saludo
26/01/2007 10:06
Entiendo que no pues como dices se omitieron (omitir = olvidar, excluir, etc.), caso distinto son los hechos nuevos o conocidos posteriormente a la celebración de la audiencia previa del art. 433.1.2º LEC (no del artículo que tú citas), pues éstos últimos están permitidos siempre que se acepte la práctica de la prueba.
Como he visto de tó, si te los intentaran "colar", te opones argumentando que o bien no son hechos nuevos, que los documentos pudieron presentarse con la demanda o contestación, que estaban en registro público, etc., y si no te hacen caso, hazlo constar.
Un saludo.
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Hola,

¿cabria la posibilidad a tenor del art 286 lec, de que en un procedimiento ordinario, en el mismo acto del juicio, y sin previo escrito de ampliacion de hechos se propongan nuevos documentos por haberse omitido en la audiencia previa.???

muchas gracias. Un saludo
25/01/2007 16:28
tal y como se desprende del art. 286 LEC entiendo que sí, pero con justa causa o que fuesen nuevos, no por habersete olvidado, ya que creo que no cabría fundamentación alguna y el Juez no los admitiría.
un saludo
26/01/2007 10:06
Entiendo que no pues como dices se omitieron (omitir = olvidar, excluir, etc.), caso distinto son los hechos nuevos o conocidos posteriormente a la celebración de la audiencia previa del art. 433.1.2º LEC (no del artículo que tú citas), pues éstos últimos están permitidos siempre que se acepte la práctica de la prueba.
Como he visto de tó, si te los intentaran "colar", te opones argumentando que o bien no son hechos nuevos, que los documentos pudieron presentarse con la demanda o contestación, que estaban en registro público, etc., y si no te hacen caso, hazlo constar.
Un saludo.