Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Apostillado o legalizado

1 Comentarios
 
Apostillado o legalizado
16/11/2020 17:36
Buenas tardes a todos, os agradezco vuestra ayuda antes de todo:
Tengo en mi mano el papel de mis antecedentes penales de Marruecos para presentar la nacionalidad pero no he podido apostillar ahí por el tema del covid, ahora ¿no se por donde empezar para legalizarlo o apostillar aquí en España?
Se que tengo que traducirlo primero y ¿después?
GRACIAS A QUIEN PUEDE AYUDARME
16/11/2020 19:53
Mao2925
Hola:

1.- Si el documento ha sido expedido en el país de procedencia y ese país es signatario de la Convención de La Haya de 5 de octubre de 1961 (Marruecos sí es signatario de esa Convención), el documento debe venir con la Apostilla de La Haya DESDE EL PAÍS donde se expidió. La traducción al castellano la debe hacer un traductor jurado del listado publicado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España.

La Apostilla de La Haya a los documentos públicos o privados autenticados por funcionario público, expedidos en un determinado Estado signatario de la Convención, solo la puede colocar la autoridad que el respectivo Estado hubiera designado al momento de adherirse a la Convención. En el caso de Marruecos, le paso el enlace (está en francés, pero puede cambiar a árabe si para usted es mejor leer en ese idioma):

http://www.apostille.ma/fr/index.aspx

Si el documento fue expedido en territorio del país de procedencia, debe necesariamente venir con la Apostilla de La Haya, en caso contrario, no podrá utilizarse en España. La traducción sí que la puede hacer aquí, como ha quedado indicado.

2.- Si el documento ha sido expedido por el consulado del país de procedencia acreditado en España: hay países cuyos consulados tienen competencia para expedir determinados documentos de acuerdo con su legislación, que son aceptados por las autoridades españolas. En estos casos, el documento consular debe ser previamente legalizado en la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de España (Madrid), antes de ser utilizados ante las autoridades españolas. Si el consulado lo ha expedido en su idioma oficial, tendrá que hacerlo traducir al castellano por un traductor jurado de los que constan en el listado publicado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España (aunque por lo general, los consulados extranjeros acreditados en España, cuando los documentos van a ser utilizados ante autoridades españolas, ya los expiden directamente en castellano).

Si es un documento consular, de igual manera, deberá llevar la legalización del Ministerio de Asuntos Exteriores de España, porque de lo contrario, será un documento inútil, que no podrá producir efecto alguno en España.

Un cordial saludo.
Apostillado o legalizado | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Apostillado o legalizado

1 Comentarios
 
Apostillado o legalizado
16/11/2020 17:36
Buenas tardes a todos, os agradezco vuestra ayuda antes de todo:
Tengo en mi mano el papel de mis antecedentes penales de Marruecos para presentar la nacionalidad pero no he podido apostillar ahí por el tema del covid, ahora ¿no se por donde empezar para legalizarlo o apostillar aquí en España?
Se que tengo que traducirlo primero y ¿después?
GRACIAS A QUIEN PUEDE AYUDARME
16/11/2020 19:53
Mao2925
Hola:

1.- Si el documento ha sido expedido en el país de procedencia y ese país es signatario de la Convención de La Haya de 5 de octubre de 1961 (Marruecos sí es signatario de esa Convención), el documento debe venir con la Apostilla de La Haya DESDE EL PAÍS donde se expidió. La traducción al castellano la debe hacer un traductor jurado del listado publicado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España.

La Apostilla de La Haya a los documentos públicos o privados autenticados por funcionario público, expedidos en un determinado Estado signatario de la Convención, solo la puede colocar la autoridad que el respectivo Estado hubiera designado al momento de adherirse a la Convención. En el caso de Marruecos, le paso el enlace (está en francés, pero puede cambiar a árabe si para usted es mejor leer en ese idioma):

http://www.apostille.ma/fr/index.aspx

Si el documento fue expedido en territorio del país de procedencia, debe necesariamente venir con la Apostilla de La Haya, en caso contrario, no podrá utilizarse en España. La traducción sí que la puede hacer aquí, como ha quedado indicado.

2.- Si el documento ha sido expedido por el consulado del país de procedencia acreditado en España: hay países cuyos consulados tienen competencia para expedir determinados documentos de acuerdo con su legislación, que son aceptados por las autoridades españolas. En estos casos, el documento consular debe ser previamente legalizado en la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de España (Madrid), antes de ser utilizados ante las autoridades españolas. Si el consulado lo ha expedido en su idioma oficial, tendrá que hacerlo traducir al castellano por un traductor jurado de los que constan en el listado publicado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España (aunque por lo general, los consulados extranjeros acreditados en España, cuando los documentos van a ser utilizados ante autoridades españolas, ya los expiden directamente en castellano).

Si es un documento consular, de igual manera, deberá llevar la legalización del Ministerio de Asuntos Exteriores de España, porque de lo contrario, será un documento inútil, que no podrá producir efecto alguno en España.

Un cordial saludo.