Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Arbol que impide vistas a un vecino

4 Comentarios
 
13/03/2009 17:54
Existe lo que se establece como derecho de vistas y vuelo. Nadie está obligado a soportar un árbol que tapa sus vistas.
12/03/2009 17:06
Y que ocurre cuando el arbol esta en el jardin de un vecino?? Mi caso es el siguiente, vivo en un primero y mi vecino del bajo, compro la casa 2años mas tarde que yo, planto lo que parecia ser una arizonica que con el tiempo se combirtio en un abeto de gran porte, actualmente ha alcanzado la altura del segundo, sobrepasa la barandilla. Lo he hablado con ellos en 3 ocasiones
03/08/2005 12:54
Una vez más, Dick, una respuesta impecable (y no lo digo con ironías ni nada por el estilo, lo digo con todo mi respecto y admiración como profesional hacia un compañero de gremio).
Pero yo es que soy de las que abogo por buscar una solución alternativa a meternos en papelo y follones judiciales y me gustaría sólo dar una sugerencia...¿alguien ha propuesto la idea de podarlo?
Será mucho más barato que retirarlo, mantendrán un elemento que aporta beneficio a la comunidad, y evitarán que al vecino le quite la luz y la visión.
De hecho, es algo que ya se debería de haber hecho mucho antes, en comunidades con jardines y árboles éstos deben mantenerse de forma que no obstaculicen nunca la visión de ninguna vivienda, así como, por seguridad (si están muy cercas de los balcones y ventanas se lo ponen fácil a los amigos de lo ajeno).
En fin, sólo por sugerir una idea alternativa.
Saludos
02/08/2005 16:53
No nos encontramos ante un supuesto de servidumbres dado que el árbol se sitúa en la propia finca, esto es, en la comunidad de vecinos, y en consecuencia no es de aplicación lo señalado en el artículo 591 y siguientes del Código Civil.

Así, se trata de una cuestión encuadrada en el régimen jurídico de la propiedad horizontal, como un elemento más de la comunidad.

Aunque la relación del artículo 396 del Código Civil debe ser interpretada como de numerus appertus, de modo que puede decirse que existen elementos comunes que no están en la misma reflejados, en mi opinión no debe conferirse a los árboles la naturaleza de elementos comunes a los efectos expuestos en el citado artículo.

Por todo ello, para la retirada del árbol o árboles, bastará un acuerdo de la mayoría (artículo 17.3º LPH) en cuanto que debe considerarse una cuestión de mera administración.

No obstante lo anterior, cabe advertir que algunos Ayuntamientos exigen una autorización expresa para la retirada de árboles, por lo que la Comunidad de Propietarios debe tener en cuenta esta circunstancia antes de ejecutar la decisión.
Arbol que impide vistas a un vecino
01/08/2005 16:07
En el jardín de una comunidad existe un árbol que impide las vistas y la entrada de luz a una de las viviedas. Dicho árbol fue plantado por la pormotora con anterioridad a la entrega de las viviendas. El propietario afectado exige su retirada. ¿Debe retirarlo la comunidad? ¿Qué mayoría será necesaria para aprobar la retirada?
Arbol que impide vistas a un vecino | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Arbol que impide vistas a un vecino

4 Comentarios
 
13/03/2009 17:54
Existe lo que se establece como derecho de vistas y vuelo. Nadie está obligado a soportar un árbol que tapa sus vistas.
12/03/2009 17:06
Y que ocurre cuando el arbol esta en el jardin de un vecino?? Mi caso es el siguiente, vivo en un primero y mi vecino del bajo, compro la casa 2años mas tarde que yo, planto lo que parecia ser una arizonica que con el tiempo se combirtio en un abeto de gran porte, actualmente ha alcanzado la altura del segundo, sobrepasa la barandilla. Lo he hablado con ellos en 3 ocasiones
03/08/2005 12:54
Una vez más, Dick, una respuesta impecable (y no lo digo con ironías ni nada por el estilo, lo digo con todo mi respecto y admiración como profesional hacia un compañero de gremio).
Pero yo es que soy de las que abogo por buscar una solución alternativa a meternos en papelo y follones judiciales y me gustaría sólo dar una sugerencia...¿alguien ha propuesto la idea de podarlo?
Será mucho más barato que retirarlo, mantendrán un elemento que aporta beneficio a la comunidad, y evitarán que al vecino le quite la luz y la visión.
De hecho, es algo que ya se debería de haber hecho mucho antes, en comunidades con jardines y árboles éstos deben mantenerse de forma que no obstaculicen nunca la visión de ninguna vivienda, así como, por seguridad (si están muy cercas de los balcones y ventanas se lo ponen fácil a los amigos de lo ajeno).
En fin, sólo por sugerir una idea alternativa.
Saludos
02/08/2005 16:53
No nos encontramos ante un supuesto de servidumbres dado que el árbol se sitúa en la propia finca, esto es, en la comunidad de vecinos, y en consecuencia no es de aplicación lo señalado en el artículo 591 y siguientes del Código Civil.

Así, se trata de una cuestión encuadrada en el régimen jurídico de la propiedad horizontal, como un elemento más de la comunidad.

Aunque la relación del artículo 396 del Código Civil debe ser interpretada como de numerus appertus, de modo que puede decirse que existen elementos comunes que no están en la misma reflejados, en mi opinión no debe conferirse a los árboles la naturaleza de elementos comunes a los efectos expuestos en el citado artículo.

Por todo ello, para la retirada del árbol o árboles, bastará un acuerdo de la mayoría (artículo 17.3º LPH) en cuanto que debe considerarse una cuestión de mera administración.

No obstante lo anterior, cabe advertir que algunos Ayuntamientos exigen una autorización expresa para la retirada de árboles, por lo que la Comunidad de Propietarios debe tener en cuenta esta circunstancia antes de ejecutar la decisión.
Arbol que impide vistas a un vecino
01/08/2005 16:07
En el jardín de una comunidad existe un árbol que impide las vistas y la entrada de luz a una de las viviedas. Dicho árbol fue plantado por la pormotora con anterioridad a la entrega de las viviendas. El propietario afectado exige su retirada. ¿Debe retirarlo la comunidad? ¿Qué mayoría será necesaria para aprobar la retirada?