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Archivo definitivo.

31 Comentarios
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Archivo definitivo.
28/12/2008 14:09
Hola de nuevo amigos.

¿Alguien sabe que tiempo ha de pasar para que una resolución dada como Archivo y Sobreseimiento Provisional se convierta en Sobreseimiento Definitivo?

Me urge, gracias,

Saludos cordiales a todos.

Adriano
28/12/2008 17:01
Hola Adriano,

Debería saber por qué delito le han denunciado para poderle decir su plazo de prescripción. A falta de más información lo único que puedo decirle es que el Juez habrá dictado Auto de archivo provisional por entender que no existe prueba o indicio suficiente que acredite que usted . -o quien fuera denunciado- cometió el delito por el que fue denunciado, y esto significa que mientras no haya pasado el plazo de prescripción del delito del que le acusa el denunciante, este podrá presentar nueva prueba que acredite que efectivamente usted cometió este delito.

Salvo mejor opinión.

Reciba un saludo,
28/12/2008 19:41
Muchas gracias katia.

la denuncia es cuestión fue interpuesta por "sacar fotos en una iglesia" según manifestó el denunciante, el cual no aportó ninguna prueba ni docuemtnal ni testifical y fue admitida a trámite por un "buen juez" en el plazo de 2 días (como corresponde a un delito de sangre)

El denunciado no pudo apelar ese "Provisional"porque su abogado le "vendió, literalmente, y ahora le gustaría (ya está) emprender acciones legales contra el denunciante por "denuncia falsa"

La vista por esa denuncia se celebró en Julio de 2007, ¿cuánto plazo se establece para "Definitivo"?

Saludos cordial es y gracias de antemano.

Adriano
02/01/2009 13:37
I sorry, amigos.

¿Alguna respuesta a esto "mío"?

Saludos.

Adriano
04/01/2009 17:15
Y .....?

Katia, ¿sabes algo al respècto?

Saludos cordiales.

Adriano
14/02/2009 09:51
Please amigos.

¿Alguien sabre ese plazo legal para el "Sobreseimiento Definitivo"?

Saludos.

Adriano
16/02/2009 13:22
Adriano, siento no poder contestarte pues lo ignoro, pero seguro que foristas como Data, Rus, Guarroman etc lo saben. Te subo el post, ¡suerte!
16/02/2009 13:49
Gracias, justiciable.

Estoy a la espera.

Saludo.

Adriano
16/02/2009 19:38
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
06/03/2009 20:32
Dices que se celebró vista? vista de juicio .. y que pasó?

Un sobreseimiento provisional no pasará a definitivo a menos que se dicte un auto de prescripción de los hechos denunciados o de la investigación se acredite que los hechos no constituyen infracción penal y tendra que ser el denunciado quien lo solicite al Juzgado.

Los archivos de los tribunales estan llenos de diligencias con sobreseimientos provisionales.

El Juzgado de oficio no va a dictar el archivo definitivo seguro.

06/03/2009 23:08
Hola Miriam52,

se celebró Vista y el denunciado presentó una serie de pertenencias personales como un cd con las fotos sacadas ese día en la Iglesia y una invitación para la 1ª Comunión que se celebró el día deAutos y el Juez a la vista de lo presentado previa verificación decidió el Archivo y Sobreseimiento Provisional, LA PARTE DENNCIANTE NO APORTÓ NINGUNA PRUEBA, NI DOCUMENTAL NI TESTIFICAL ....???

El denunciado expresó su intención de recurrir para conseguir el "Definitivo" pero su abogado de entonces se la jugó, dejó pasar el plazo alegremente, ahora el denunciado va a emprender acciones legales contra ese abogado
por deslealtad profesional y posible "pacto subterráneo" con ese Juez,

¿Sabés si lo Provisional se convierte en Definitivo con el tiempo, ¿qué plazo?

Por cierto, ¿habéis leído en la prensa de hace 5 días?

Ese mismo Juez condenó sin pruebas a un hombre acusado de violación, la Audiencia Provincial ha decretado la libertad inmediata de ese hombre que fue condenado sin pruebas y habiendo aportado hasta 5 testigos a favor. SIN COMENTARIOS.

Saludos.

Adriano
07/03/2009 00:08
Es que no entiendo, si se celebro la vista del juicio, no se porque el juez no dicto una sentencia, condenatoria o absolutoria ... Se acuerda el archivo provisional cuando se ve indicio de infracción penal y no se tienen pruebas contra alguna persona en concreto, porque si no existe infracción, lo que se acuerda el archivo definitivo. Pero estos dos ultimos supuestos de archivo, se acuerdan antes de celebrar juicio contra alguien, si no, lo que dicta el juez es una sentencia.

En cuanto si lo provisional se convierte el definitivo con el tiempo, pues se supone que si, que no se podria reabrir unas diligencias contra alguien si han sido archivadas por sobreseimiento provisional si ha transcurrido el termino de prescripción del delito
pero el juzgado no va cambiando de provisional a definitivos las diligencias cuando transcurre el tiempo correspondiente.

En un juzgado de capital se instruyen mas de 5.000 diligencias y la mayor parte de archivan provisionalmente, se reabren las que con posterioridad pues se conoce el autor de los hechos etc... si no, quedan en el archivo sin tocar.

En cuanto al caso que dices de un juez que condeno a alguien sin pruebas, no es coherente lo que dices, si lo condenó por violación, es un juzgado de lo penal, no puede ser el mismo juzgado que archivo las diligencias que narras con anterioridad y que son objeto de este debate.

Será cierto que se condeno a alguien por violación, pero la audiencia habra dictado en apelación sentencia absolutoria, si no, no puede ser cierto.
07/03/2009 10:29
Hola miriam2.

Vamos a ver.

El Juzgado que sobreseyó provisionalmente es uno de Instrucción, ¿lo mismo que Penal- ¿no? Bien.

La vista al parecer no fue de juicio sino Vista previa, en la misma el denunciante no aportó pruebas, como se demostró con certificado expedido por el mismo Juzgasdo a petición del denunciado tiempo después, bien.

La denuncia se interpuso por según el denunciante que " el denunciado le sacaba fotos a él y a su familia en una Iglesia" bien, cuando la realidad es que el denunciado estaba invitado -así lo demostró- en esa Iglesia a la 1ª Comunión de una niña, invitado por sus padres, íntimos amigos, en esa Iglesia a la misma hora celebraban la 1 ª comunión 14 niños/as, y el denunciado no vio en todo ese día al denunciante, estaba a lo suyo, sacando fotos a la niña como así hacían todos y cada uno de los invitados con su respectivas comuniones.

La cuestión es que el denunciado y denunciante están enfrentados laboralmente, ¿más claro? el denunciante al parecer si sirvió de una supuesta amistad con el secretario de ese Juzgado para interponer denuncia contra el otro, sino ¿cómo se explica miriam52 que un Juzgado de Instrucción que dice estar saturado de trabajo tramitara esa denuncia (falsa) en 2 DÍAS?
Sí como lo oyes DOS DÍAS por una denuncia sin pruebas y de contenido "subnormal" con perdón de la expresión, es decir, estamos ante un caso de corrupción, más claro ni el orujo destilado.

En cuanto a ese hombre condenado sin pruebas por una violación y habiendo el mismo presentado en día del juicio 5 TESTIGOS que declararon dónde se encontraba el día y hora de los hechos -a 14 kilómetros jugando una partida en un bar- es CIERTO, fue Juzgado por ese mismo juez del de Instrucción y puesto en Libertad inmediatamnete por la Audiencia Provincial ante el clamoroso "patinaje" del juez condenador.

POR CIERTO AMIGOS, SI ME PASÁIS VUESTROS E-MAILS OS LO ENVÍO, LO TENGO ESCANEADO Y DESPUÉS ME DÁIS VUESTRO PARECER, O.K. ?

Mariam52 te puede parecer imposible pero con corrupción todo es posible,

Saludos y espero una respuesta vuestra al tema, gracias.

07/03/2009 12:46
Creo que no me has entendido bien, en primer lugar un juzgado de instrucción no es lo mismoq ue un juzgado de lo Penal. En el juzgado de instrucción se tramitan los casos en un primer momento, se juzgan los que se establece que los hechos son falta, no delito y los delitos de los juicios rapidos, pero la ejecución de estos ultimos procedimientos se lleva en el juzgado de lo penal que corresponde.
Un delito de violación se tramita en el juzgado de lnstrucción que corresponda y una vez que se ha tomado declaración a la victima, denunciado, testigos etc... y entregados los escritos de acusación y defensa, se pasa a un juzgado de lo penal para que se celebre el juicio, asi que salvo que ese juez del juzgado de instrucción pidiera traslado y despues esté de juez en el juzgado de lo penal, no puede ser que sea el mismo.
Si se hubiera dado el caso que el juez instructor de un procedimiento despues acabara en un juzgado de lo penal y tuviera que celebrar el juicio de algun asunto de su juzgado atención, tendria que abstenerse en favor de otro juzgado, quien tramita luego no puede juzgar un delito.
Yo pienso visto lo que he visto y lo que se ve por ahi, que en los juzgados puede suceder cualquier cosa... pero si esa "cosa" no es legal, hay recursos y formas de denunciar dichas anomalias o como quieras llamarlas.

Reitero que una vez que hubo sentencia en el caso de esa violación, la audiencia supongo que habra visto la misma y si ha considerado que no era correcta, pues la habra revocado.

No entiendo eso de "vista previa" a que te refieres...
mi email es: miriam_mujer@hotmail.com
por si quieres enviarme algo.

no me aclaro tampoco en eso de que tramitaran todo en dos dias.... como citaron al denunciado? por telefono? Porque mientras se incoa la denuncia, se acuerda citar a las partes etc. pasan mas de dos dias.
Que el secretario acelerara ... pues es creible .. pero si vio las declaraciones el juez y acordó el archivo provisional, es que no vio incidios contra el denunciado como para imputarle algo.

Sigo sin entender lo de la vista previa ... eso se hace en un pleito civil, no en penal ..creo yo.
07/03/2009 13:00
Hola Adriano, estaba pensando que quizas en el caso de la violación, paso lo siguiente:

El juzgado de instrucción correspondiente, tramita unas diligencias por violación, con detención del supuesto autor o denunciado y lo tiene preso preventivo.

La causa se tramita y debido a la gravedad del delito, tiene que ser juzgado por la Audiencia provincial de corresponda y no en un juzgado penal. Eso depende de las penas que puedan recaerle.
La audiencia provincial al recibir el procedimiento abreviado para enjuiciarlo, lo estudia y ve que no hay indicios de delito, por lo que acuerda el sobreseimiento de la causa y la puesta en libertad del detenido-denunciado-imputado.

Eso si ha podido pasar, pero en ese caso, el juez de instrucción que dices no lo ha juzgado, solo ha tomado una serie de medidas como por ejemplo la prisión contra el mismo.

No se si será este el caso, pero si lo es, no estaba condenado como tu dices, sino preso preventivo.
07/03/2009 16:22
Hola Miriam.

Lo que comento de ese Juzgado de Instucción es que celebró Vista, no entiendo qué juicio, sólo sepresentó en denunciado, su abogado, el Juez y la escribiente o secretaria ocasional, ya que no era el secretario oficial sino una simple auxiliar administrativo que hizo lasveces de aquél.

Se sobreseyó provisionalmente sin pruebas -sacar fotos- ya que la otra parte no aportó nada, sólo su denuncia, lo que más choca es que lo tramitaran, sin el denunciante no aporta pruebas lo que procede es NO TRAMITARLO.

Se tramitó en 2 días, al denunciado se le comunicó en ese tiempo que estaba citado para 1 mes más tarde, esto se hizo en su propio centro de trabajo con el consiguiente malestar entre los compañeros, ¿no pudieron enviarle la citación a casa? la mala fe es evidente, METER PRESIÓN AL DENUNCIADO EN SU ÁMBITO LABORAL.

EN CUANTO A ESE HOMBRE ENCARCELADO sin pruebas, ¿qué entiendes por prisión preventiva? ¿13 meses? ese es el tiempo que estuvo en la cárcel hasta que se celebró el juicio en la Audiencia que le absolvió, el daño es irreparable, ese juez debiera de sufrir la misma condena, pero como se juzgan entre ellos pues "moco de pavo"

Te envié ese caso escaneado, para que veas que traspasa la legalidad y hasta la vergüenza judicial, como podráscomprobar no tiene ningún desperdicio.

Si alguien más desea ese texto, por favor enviarme vuestro e-mail, estas cosas no pueden permanecer en el anonimato, gracias.

Saludos.

Adriano
10/03/2009 21:04
Hola de nuevo,

El Juez condenó a ese hombre sin pruebas porque a la víctimale parerció él por una cojera y por tener manosgrandes, NUNCA LE VIO EL ROSTRO AL AGRESOR ya que cuando fue atacada lo tenía cubierto con una capucha, vergonzoso. y eso queel imputado presentó 5 testigos que declararon que se encontraba a mucha distancia del lugar de los hechos y jugando una partida en un bar,

Saludos y si alguien quiere que le envíe el párrafo publicado en un periódico, enviadme vuestro e-amil.
10/03/2009 23:27
Adriano, ese caso como el del señor que se pasó varios años en la carcel por un delito que no cometio son errores judiciales o como quieras llamarles. Desde luego les han deshecho la vida a esas personas.
En su mano esta, y por supuesto, deben hacerlo, pedir las responsabilidades correspondientes a la administración de justicia y las compensaciones economicas que conlleven.

En el caso de esa persona que estuvo 13 meses privada de libertad porque una mujer lo reconocio como su violador... pues que quieres que te diga, actualmente la palabra de una mujer en cuanto a denuncia, va a misa. Que crees que hubiera hecho cualquier juez que tramita una denuncia por violación y la victima reconoce a una persona como el autor ... pues la mayoria lo hubiera detenido y enviado a prisión preventiva, por si acaso, hizo más caso a la declaración de la victima que la de los testigos. Pero ahi tambien intervendria el Ministerio Fiscal, porque en la audiencia previa que hay antes de decidir si se envia a alguien a prisión o no, está el Ministerio Fiscal que es el que solicita esa medida. Y tambien el abogado puede presentar recurso de apelación contra el auto de prisión. La audneica provincial cuando celebró el jucio se dio cuenta del error y absolvio al detenido.
El puede presentar denuncia tambien contra la persona que lo denuncio. De todas maneras no se le puede devolver los 13 meses que pasó en la carcel y todo lo que ello conlleva de angustia, desesperación y de saberse inocente y que no te crean.
Eso tambien le pasó a la mujer que detuvieron por la muerte de Rocio Wanninkhof. ...

Adriano, el juez no lo condenó, solo lo metio en prisión preventiva hasta la celebración del juicio, pero ahi tambien intervino el fiscal que es el que solicita la prisión preventiva y tambien la solicitaria supongo, el abogado de la victima.



11/03/2009 11:05
Alucino
Porque estamos mezclando dos causas diferentes?

No voy a entrar en el tema del detenido por una presunta violación, ya que no es el tema por el que se inició el post.

Sobre la denuncia por hacer fotos a una persona en una celebración religiosa.

Nos quejamos de la lentitud de la justicia y después nos quejamos de la rapidez de ella.

Adriano, tanto la LEC como la LCR marca siempre los plazos que , teóricamente se han de cumplir, para instar las denuncias y las demandas, y dar traslado a la otra parte.

Me encanta ya que para ti todos son unos corruptos, desde el Juez instructor, por haber admitido a trámite la querella o la denuncia, no dices que es lo que se presentó, sin según tú aportar pruebas el denunciante.

Como dices que es un tema de fotos, supongo que la persona habrá pedido al juez que la prueba esta en el soporte en el que presumiblemente se sacaron esas fotos (según si la camará sea analógica con carrete o carretes o digital ).

Que se le ha notificado al denunciado en su lugar de trabajo, es bastante normal, ya que en la denuncia se habra puesto como lugar en donde es mas facil la notificación el puesto de trabajo, ten en cuenta que es el horario en que se esta mas horas). Aqui los juzgados ni entran ni salen, ellos notifican donde se les dice.

Hablas de los plazos tan rápidos, pero no dices el partido judicial, y no sabemos si es una ciudad grande , con muchos casos, o un partido pequeño, en que se tramita todo más rápido.

Dices que se hizo una vista un mes después, en la que el denunciante no aportó nada, me gustaria ver el texto de la denuncia, o de la querella que presentó. Por cierto cuando se presentó esa denuncia ante el juzgado.

Tras la vista se decidió un archivo provisional, cosa que no es tan rara.

AHHHH, Alerta que el abogado se la jugo al denunciado, ya esperaba yo que saliese eso, que tiene un pacto subterraneo con el juez ahhhh alerta.

Cuando no se esta de acuerdo con una decisión del abogado es un corrupto, cuando se pierde el caso el abogado es un inepto, cuando el juez no da la razón el abogado es un vendido a la potra parte.

Pobre abogado, aun será él el que mato a Kennedy
11/03/2009 18:58
Hola Sinigual.

Vamos a ver, se ve que hablas sin conocimiento de causa máxime cuando ese caso que expongo de las fotos es un hecho precedente es decir no hay otro igual, marca la pauta a seguir, verás, si lo estimas conveniente me gustaría saber tu e-mail para enviarte gustoso el texto que pides de la denuncia, después opinas, no antes, O.K.?

A continuación paso a despejar tus dudas, si no entendieras algo pregúntame, ardo en deseos de aclarar todo.

1º- La denuncia fue interpuesta el día 4 de Junio de 2007.

2º- Al denunciado se le comunica su citación el día 6 de junio de 2007, 2 días después, en su centro de trabajo, se da la circunstancia de que se había ausentado en su tiempo de descanso y fue cuando se la entregaron a otros compañeros, no a él directamente.

3º- El juicio o mejor dicho Vista se celebró el día 9 de julio de 2007.

4º- El denunciante no aportó ninguna prueba, envíame tu e-mail, tengo copia de la misma donde el Juzgado de Instrucción así lo certifica con firma del Juez, ¿increíble? envíame tu e-mail!
el imputado tuvo que demostrar su inocencia aportando una invitación de la 1ª Comunión, un recordatorio de la misma y la tarjeta de la cámara (digital) con las fotos sacadas el día de Autos.

5º- Declara el archivo y sobreseimiento provisional, al no haber indicios de delito, dando un plazo a las partes de 5 días para recurrir el mismo,

6º- El imputado comunica a su Letrado su intención de recurrir para hacerlo definitivo, el Letrado no responde, el imputado en ese plazo le envía 7 e-mails, le llama numerosas veces por teléfono, no responde.

7º- Le responde por fin, 14 días después de agotado el plazo.

8º- El denunciante y denunciado trabajan en la misma empresa.

9º- Yo me quejo de la lentitud o rapidez de las denuncias ya que dependen de la identi¡dad del denunciado y denunciante, como este caso.

10º- En cuanto a la localidad de que trata te lo diré por e-mail ya que ese caso está aún activo, solicitando responssabilidad por parte de ese abogado, pero sí se trata de una población (capital de provincia) muy pequeña.

11º-Lo dicho Sinigual, envíame tu e-mail, una imagen vale más que mil palabras. Por cierto, ¿eres Letrado?

En cuanto a lo del joven condenado por violación sin pruebas, tienes razón, lo voy a enviar a un nuevo post para reponder a Mirian.

Saludos.
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Archivo definitivo.
28/12/2008 14:09
Hola de nuevo amigos.

¿Alguien sabe que tiempo ha de pasar para que una resolución dada como Archivo y Sobreseimiento Provisional se convierta en Sobreseimiento Definitivo?

Me urge, gracias,

Saludos cordiales a todos.

Adriano
28/12/2008 17:01
Hola Adriano,

Debería saber por qué delito le han denunciado para poderle decir su plazo de prescripción. A falta de más información lo único que puedo decirle es que el Juez habrá dictado Auto de archivo provisional por entender que no existe prueba o indicio suficiente que acredite que usted . -o quien fuera denunciado- cometió el delito por el que fue denunciado, y esto significa que mientras no haya pasado el plazo de prescripción del delito del que le acusa el denunciante, este podrá presentar nueva prueba que acredite que efectivamente usted cometió este delito.

Salvo mejor opinión.

Reciba un saludo,
28/12/2008 19:41
Muchas gracias katia.

la denuncia es cuestión fue interpuesta por "sacar fotos en una iglesia" según manifestó el denunciante, el cual no aportó ninguna prueba ni docuemtnal ni testifical y fue admitida a trámite por un "buen juez" en el plazo de 2 días (como corresponde a un delito de sangre)

El denunciado no pudo apelar ese "Provisional"porque su abogado le "vendió, literalmente, y ahora le gustaría (ya está) emprender acciones legales contra el denunciante por "denuncia falsa"

La vista por esa denuncia se celebró en Julio de 2007, ¿cuánto plazo se establece para "Definitivo"?

Saludos cordial es y gracias de antemano.

Adriano
02/01/2009 13:37
I sorry, amigos.

¿Alguna respuesta a esto "mío"?

Saludos.

Adriano
04/01/2009 17:15
Y .....?

Katia, ¿sabes algo al respècto?

Saludos cordiales.

Adriano
14/02/2009 09:51
Please amigos.

¿Alguien sabre ese plazo legal para el "Sobreseimiento Definitivo"?

Saludos.

Adriano
16/02/2009 13:22
Adriano, siento no poder contestarte pues lo ignoro, pero seguro que foristas como Data, Rus, Guarroman etc lo saben. Te subo el post, ¡suerte!
16/02/2009 13:49
Gracias, justiciable.

Estoy a la espera.

Saludo.

Adriano
16/02/2009 19:38
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
06/03/2009 20:32
Dices que se celebró vista? vista de juicio .. y que pasó?

Un sobreseimiento provisional no pasará a definitivo a menos que se dicte un auto de prescripción de los hechos denunciados o de la investigación se acredite que los hechos no constituyen infracción penal y tendra que ser el denunciado quien lo solicite al Juzgado.

Los archivos de los tribunales estan llenos de diligencias con sobreseimientos provisionales.

El Juzgado de oficio no va a dictar el archivo definitivo seguro.

06/03/2009 23:08
Hola Miriam52,

se celebró Vista y el denunciado presentó una serie de pertenencias personales como un cd con las fotos sacadas ese día en la Iglesia y una invitación para la 1ª Comunión que se celebró el día deAutos y el Juez a la vista de lo presentado previa verificación decidió el Archivo y Sobreseimiento Provisional, LA PARTE DENNCIANTE NO APORTÓ NINGUNA PRUEBA, NI DOCUMENTAL NI TESTIFICAL ....???

El denunciado expresó su intención de recurrir para conseguir el "Definitivo" pero su abogado de entonces se la jugó, dejó pasar el plazo alegremente, ahora el denunciado va a emprender acciones legales contra ese abogado
por deslealtad profesional y posible "pacto subterráneo" con ese Juez,

¿Sabés si lo Provisional se convierte en Definitivo con el tiempo, ¿qué plazo?

Por cierto, ¿habéis leído en la prensa de hace 5 días?

Ese mismo Juez condenó sin pruebas a un hombre acusado de violación, la Audiencia Provincial ha decretado la libertad inmediata de ese hombre que fue condenado sin pruebas y habiendo aportado hasta 5 testigos a favor. SIN COMENTARIOS.

Saludos.

Adriano
07/03/2009 00:08
Es que no entiendo, si se celebro la vista del juicio, no se porque el juez no dicto una sentencia, condenatoria o absolutoria ... Se acuerda el archivo provisional cuando se ve indicio de infracción penal y no se tienen pruebas contra alguna persona en concreto, porque si no existe infracción, lo que se acuerda el archivo definitivo. Pero estos dos ultimos supuestos de archivo, se acuerdan antes de celebrar juicio contra alguien, si no, lo que dicta el juez es una sentencia.

En cuanto si lo provisional se convierte el definitivo con el tiempo, pues se supone que si, que no se podria reabrir unas diligencias contra alguien si han sido archivadas por sobreseimiento provisional si ha transcurrido el termino de prescripción del delito
pero el juzgado no va cambiando de provisional a definitivos las diligencias cuando transcurre el tiempo correspondiente.

En un juzgado de capital se instruyen mas de 5.000 diligencias y la mayor parte de archivan provisionalmente, se reabren las que con posterioridad pues se conoce el autor de los hechos etc... si no, quedan en el archivo sin tocar.

En cuanto al caso que dices de un juez que condeno a alguien sin pruebas, no es coherente lo que dices, si lo condenó por violación, es un juzgado de lo penal, no puede ser el mismo juzgado que archivo las diligencias que narras con anterioridad y que son objeto de este debate.

Será cierto que se condeno a alguien por violación, pero la audiencia habra dictado en apelación sentencia absolutoria, si no, no puede ser cierto.
07/03/2009 10:29
Hola miriam2.

Vamos a ver.

El Juzgado que sobreseyó provisionalmente es uno de Instrucción, ¿lo mismo que Penal- ¿no? Bien.

La vista al parecer no fue de juicio sino Vista previa, en la misma el denunciante no aportó pruebas, como se demostró con certificado expedido por el mismo Juzgasdo a petición del denunciado tiempo después, bien.

La denuncia se interpuso por según el denunciante que " el denunciado le sacaba fotos a él y a su familia en una Iglesia" bien, cuando la realidad es que el denunciado estaba invitado -así lo demostró- en esa Iglesia a la 1ª Comunión de una niña, invitado por sus padres, íntimos amigos, en esa Iglesia a la misma hora celebraban la 1 ª comunión 14 niños/as, y el denunciado no vio en todo ese día al denunciante, estaba a lo suyo, sacando fotos a la niña como así hacían todos y cada uno de los invitados con su respectivas comuniones.

La cuestión es que el denunciado y denunciante están enfrentados laboralmente, ¿más claro? el denunciante al parecer si sirvió de una supuesta amistad con el secretario de ese Juzgado para interponer denuncia contra el otro, sino ¿cómo se explica miriam52 que un Juzgado de Instrucción que dice estar saturado de trabajo tramitara esa denuncia (falsa) en 2 DÍAS?
Sí como lo oyes DOS DÍAS por una denuncia sin pruebas y de contenido "subnormal" con perdón de la expresión, es decir, estamos ante un caso de corrupción, más claro ni el orujo destilado.

En cuanto a ese hombre condenado sin pruebas por una violación y habiendo el mismo presentado en día del juicio 5 TESTIGOS que declararon dónde se encontraba el día y hora de los hechos -a 14 kilómetros jugando una partida en un bar- es CIERTO, fue Juzgado por ese mismo juez del de Instrucción y puesto en Libertad inmediatamnete por la Audiencia Provincial ante el clamoroso "patinaje" del juez condenador.

POR CIERTO AMIGOS, SI ME PASÁIS VUESTROS E-MAILS OS LO ENVÍO, LO TENGO ESCANEADO Y DESPUÉS ME DÁIS VUESTRO PARECER, O.K. ?

Mariam52 te puede parecer imposible pero con corrupción todo es posible,

Saludos y espero una respuesta vuestra al tema, gracias.

07/03/2009 12:46
Creo que no me has entendido bien, en primer lugar un juzgado de instrucción no es lo mismoq ue un juzgado de lo Penal. En el juzgado de instrucción se tramitan los casos en un primer momento, se juzgan los que se establece que los hechos son falta, no delito y los delitos de los juicios rapidos, pero la ejecución de estos ultimos procedimientos se lleva en el juzgado de lo penal que corresponde.
Un delito de violación se tramita en el juzgado de lnstrucción que corresponda y una vez que se ha tomado declaración a la victima, denunciado, testigos etc... y entregados los escritos de acusación y defensa, se pasa a un juzgado de lo penal para que se celebre el juicio, asi que salvo que ese juez del juzgado de instrucción pidiera traslado y despues esté de juez en el juzgado de lo penal, no puede ser que sea el mismo.
Si se hubiera dado el caso que el juez instructor de un procedimiento despues acabara en un juzgado de lo penal y tuviera que celebrar el juicio de algun asunto de su juzgado atención, tendria que abstenerse en favor de otro juzgado, quien tramita luego no puede juzgar un delito.
Yo pienso visto lo que he visto y lo que se ve por ahi, que en los juzgados puede suceder cualquier cosa... pero si esa "cosa" no es legal, hay recursos y formas de denunciar dichas anomalias o como quieras llamarlas.

Reitero que una vez que hubo sentencia en el caso de esa violación, la audiencia supongo que habra visto la misma y si ha considerado que no era correcta, pues la habra revocado.

No entiendo eso de "vista previa" a que te refieres...
mi email es: miriam_mujer@hotmail.com
por si quieres enviarme algo.

no me aclaro tampoco en eso de que tramitaran todo en dos dias.... como citaron al denunciado? por telefono? Porque mientras se incoa la denuncia, se acuerda citar a las partes etc. pasan mas de dos dias.
Que el secretario acelerara ... pues es creible .. pero si vio las declaraciones el juez y acordó el archivo provisional, es que no vio incidios contra el denunciado como para imputarle algo.

Sigo sin entender lo de la vista previa ... eso se hace en un pleito civil, no en penal ..creo yo.
07/03/2009 13:00
Hola Adriano, estaba pensando que quizas en el caso de la violación, paso lo siguiente:

El juzgado de instrucción correspondiente, tramita unas diligencias por violación, con detención del supuesto autor o denunciado y lo tiene preso preventivo.

La causa se tramita y debido a la gravedad del delito, tiene que ser juzgado por la Audiencia provincial de corresponda y no en un juzgado penal. Eso depende de las penas que puedan recaerle.
La audiencia provincial al recibir el procedimiento abreviado para enjuiciarlo, lo estudia y ve que no hay indicios de delito, por lo que acuerda el sobreseimiento de la causa y la puesta en libertad del detenido-denunciado-imputado.

Eso si ha podido pasar, pero en ese caso, el juez de instrucción que dices no lo ha juzgado, solo ha tomado una serie de medidas como por ejemplo la prisión contra el mismo.

No se si será este el caso, pero si lo es, no estaba condenado como tu dices, sino preso preventivo.
07/03/2009 16:22
Hola Miriam.

Lo que comento de ese Juzgado de Instucción es que celebró Vista, no entiendo qué juicio, sólo sepresentó en denunciado, su abogado, el Juez y la escribiente o secretaria ocasional, ya que no era el secretario oficial sino una simple auxiliar administrativo que hizo lasveces de aquél.

Se sobreseyó provisionalmente sin pruebas -sacar fotos- ya que la otra parte no aportó nada, sólo su denuncia, lo que más choca es que lo tramitaran, sin el denunciante no aporta pruebas lo que procede es NO TRAMITARLO.

Se tramitó en 2 días, al denunciado se le comunicó en ese tiempo que estaba citado para 1 mes más tarde, esto se hizo en su propio centro de trabajo con el consiguiente malestar entre los compañeros, ¿no pudieron enviarle la citación a casa? la mala fe es evidente, METER PRESIÓN AL DENUNCIADO EN SU ÁMBITO LABORAL.

EN CUANTO A ESE HOMBRE ENCARCELADO sin pruebas, ¿qué entiendes por prisión preventiva? ¿13 meses? ese es el tiempo que estuvo en la cárcel hasta que se celebró el juicio en la Audiencia que le absolvió, el daño es irreparable, ese juez debiera de sufrir la misma condena, pero como se juzgan entre ellos pues "moco de pavo"

Te envié ese caso escaneado, para que veas que traspasa la legalidad y hasta la vergüenza judicial, como podráscomprobar no tiene ningún desperdicio.

Si alguien más desea ese texto, por favor enviarme vuestro e-mail, estas cosas no pueden permanecer en el anonimato, gracias.

Saludos.

Adriano
10/03/2009 21:04
Hola de nuevo,

El Juez condenó a ese hombre sin pruebas porque a la víctimale parerció él por una cojera y por tener manosgrandes, NUNCA LE VIO EL ROSTRO AL AGRESOR ya que cuando fue atacada lo tenía cubierto con una capucha, vergonzoso. y eso queel imputado presentó 5 testigos que declararon que se encontraba a mucha distancia del lugar de los hechos y jugando una partida en un bar,

Saludos y si alguien quiere que le envíe el párrafo publicado en un periódico, enviadme vuestro e-amil.
10/03/2009 23:27
Adriano, ese caso como el del señor que se pasó varios años en la carcel por un delito que no cometio son errores judiciales o como quieras llamarles. Desde luego les han deshecho la vida a esas personas.
En su mano esta, y por supuesto, deben hacerlo, pedir las responsabilidades correspondientes a la administración de justicia y las compensaciones economicas que conlleven.

En el caso de esa persona que estuvo 13 meses privada de libertad porque una mujer lo reconocio como su violador... pues que quieres que te diga, actualmente la palabra de una mujer en cuanto a denuncia, va a misa. Que crees que hubiera hecho cualquier juez que tramita una denuncia por violación y la victima reconoce a una persona como el autor ... pues la mayoria lo hubiera detenido y enviado a prisión preventiva, por si acaso, hizo más caso a la declaración de la victima que la de los testigos. Pero ahi tambien intervendria el Ministerio Fiscal, porque en la audiencia previa que hay antes de decidir si se envia a alguien a prisión o no, está el Ministerio Fiscal que es el que solicita esa medida. Y tambien el abogado puede presentar recurso de apelación contra el auto de prisión. La audneica provincial cuando celebró el jucio se dio cuenta del error y absolvio al detenido.
El puede presentar denuncia tambien contra la persona que lo denuncio. De todas maneras no se le puede devolver los 13 meses que pasó en la carcel y todo lo que ello conlleva de angustia, desesperación y de saberse inocente y que no te crean.
Eso tambien le pasó a la mujer que detuvieron por la muerte de Rocio Wanninkhof. ...

Adriano, el juez no lo condenó, solo lo metio en prisión preventiva hasta la celebración del juicio, pero ahi tambien intervino el fiscal que es el que solicita la prisión preventiva y tambien la solicitaria supongo, el abogado de la victima.



11/03/2009 11:05
Alucino
Porque estamos mezclando dos causas diferentes?

No voy a entrar en el tema del detenido por una presunta violación, ya que no es el tema por el que se inició el post.

Sobre la denuncia por hacer fotos a una persona en una celebración religiosa.

Nos quejamos de la lentitud de la justicia y después nos quejamos de la rapidez de ella.

Adriano, tanto la LEC como la LCR marca siempre los plazos que , teóricamente se han de cumplir, para instar las denuncias y las demandas, y dar traslado a la otra parte.

Me encanta ya que para ti todos son unos corruptos, desde el Juez instructor, por haber admitido a trámite la querella o la denuncia, no dices que es lo que se presentó, sin según tú aportar pruebas el denunciante.

Como dices que es un tema de fotos, supongo que la persona habrá pedido al juez que la prueba esta en el soporte en el que presumiblemente se sacaron esas fotos (según si la camará sea analógica con carrete o carretes o digital ).

Que se le ha notificado al denunciado en su lugar de trabajo, es bastante normal, ya que en la denuncia se habra puesto como lugar en donde es mas facil la notificación el puesto de trabajo, ten en cuenta que es el horario en que se esta mas horas). Aqui los juzgados ni entran ni salen, ellos notifican donde se les dice.

Hablas de los plazos tan rápidos, pero no dices el partido judicial, y no sabemos si es una ciudad grande , con muchos casos, o un partido pequeño, en que se tramita todo más rápido.

Dices que se hizo una vista un mes después, en la que el denunciante no aportó nada, me gustaria ver el texto de la denuncia, o de la querella que presentó. Por cierto cuando se presentó esa denuncia ante el juzgado.

Tras la vista se decidió un archivo provisional, cosa que no es tan rara.

AHHHH, Alerta que el abogado se la jugo al denunciado, ya esperaba yo que saliese eso, que tiene un pacto subterraneo con el juez ahhhh alerta.

Cuando no se esta de acuerdo con una decisión del abogado es un corrupto, cuando se pierde el caso el abogado es un inepto, cuando el juez no da la razón el abogado es un vendido a la potra parte.

Pobre abogado, aun será él el que mato a Kennedy
11/03/2009 18:58
Hola Sinigual.

Vamos a ver, se ve que hablas sin conocimiento de causa máxime cuando ese caso que expongo de las fotos es un hecho precedente es decir no hay otro igual, marca la pauta a seguir, verás, si lo estimas conveniente me gustaría saber tu e-mail para enviarte gustoso el texto que pides de la denuncia, después opinas, no antes, O.K.?

A continuación paso a despejar tus dudas, si no entendieras algo pregúntame, ardo en deseos de aclarar todo.

1º- La denuncia fue interpuesta el día 4 de Junio de 2007.

2º- Al denunciado se le comunica su citación el día 6 de junio de 2007, 2 días después, en su centro de trabajo, se da la circunstancia de que se había ausentado en su tiempo de descanso y fue cuando se la entregaron a otros compañeros, no a él directamente.

3º- El juicio o mejor dicho Vista se celebró el día 9 de julio de 2007.

4º- El denunciante no aportó ninguna prueba, envíame tu e-mail, tengo copia de la misma donde el Juzgado de Instrucción así lo certifica con firma del Juez, ¿increíble? envíame tu e-mail!
el imputado tuvo que demostrar su inocencia aportando una invitación de la 1ª Comunión, un recordatorio de la misma y la tarjeta de la cámara (digital) con las fotos sacadas el día de Autos.

5º- Declara el archivo y sobreseimiento provisional, al no haber indicios de delito, dando un plazo a las partes de 5 días para recurrir el mismo,

6º- El imputado comunica a su Letrado su intención de recurrir para hacerlo definitivo, el Letrado no responde, el imputado en ese plazo le envía 7 e-mails, le llama numerosas veces por teléfono, no responde.

7º- Le responde por fin, 14 días después de agotado el plazo.

8º- El denunciante y denunciado trabajan en la misma empresa.

9º- Yo me quejo de la lentitud o rapidez de las denuncias ya que dependen de la identi¡dad del denunciado y denunciante, como este caso.

10º- En cuanto a la localidad de que trata te lo diré por e-mail ya que ese caso está aún activo, solicitando responssabilidad por parte de ese abogado, pero sí se trata de una población (capital de provincia) muy pequeña.

11º-Lo dicho Sinigual, envíame tu e-mail, una imagen vale más que mil palabras. Por cierto, ¿eres Letrado?

En cuanto a lo del joven condenado por violación sin pruebas, tienes razón, lo voy a enviar a un nuevo post para reponder a Mirian.

Saludos.