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Arraigo familiar, domicilios distintos del sujeto solicitante y el que puede darle el arraigo...

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      • Tema: Arraigo familiar, domicilios distintos del sujeto solicitante y el que puede darle el arraigo...
2 Comentarios
 
Arraigo familiar, domicilios distintos del sujeto solicitante y el que puede darle el arraigo...
15/09/2021 23:31
Es posible, si la persona que solicita el arraigo familiar, vive en la península, y el sujeto que puede darle los requisitos económicos para el arraigo, esto es lo establecido en artículo 7 del RD 240/2007, vive en Canarias, presentar la solicitud de arraigo desde Canarias al objeto de acreditar la solvencia económica…
16/09/2021 19:41
Te estás liando: El arraigo familiar es régimen general, y el RD 240/2007 regula el régimen comunitario. ¿La persona que da derecho -la persona que ya es residente legal- es europea?.

En ambos casos, ha de acreditarse convivencia (en régimen comunitario puede haber alguna excepción en según que casos, pero como norma ha de haber convivencia entre el europeo y el solicitante), con lo que han de estar empadronados en el mismo sitio, y se tramita en el lugar de residencia (= lugar de empadronamiento)
16/09/2021 21:49
Muchísimas gracias por la pronta respuesta, me explico mejor, la persona para la que se solicita el derecho, es la madre de dos ciudadanos españoles, ella tenía residencia legal en España, pero por cuestiones personales volvió a su país, perdió la residencia, uno de los hijos, vive en le península y el otro en Canarias, la madre convive con el de la península, desde este domicilio, solicitó la tarjeta de residente temporal de familiar de la Unión Europea por ser familiar ascendiente de ciudadano de la Unión Europea, le denegaron porque el hijo con el que vivía no cumplía los requisitos de los artículo 2 y 8 del RD 240/2007, la duda es que para que el hijo que vive en Canarias, vuelva a solicitar el derecho, desde Canarias porque entiende que cumple los requisitos de respaldar la solicitud en el apartado económico.
¿La madre ha de estar empadronada en el domicilio de Canarias del hijo que quiere solicitar el derecho y documentar el cumplimiento de los requisitos de respaldo económico, o puede estar empadronada en la península para este hijo volver a solicitar el derecho?
Por lo último de su respuesta, entiendo que la pregunta anterior sobra, pero disculpe la ignorancia.
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15/09/2021 23:31
Es posible, si la persona que solicita el arraigo familiar, vive en la península, y el sujeto que puede darle los requisitos económicos para el arraigo, esto es lo establecido en artículo 7 del RD 240/2007, vive en Canarias, presentar la solicitud de arraigo desde Canarias al objeto de acreditar la solvencia económica…
16/09/2021 19:41
Te estás liando: El arraigo familiar es régimen general, y el RD 240/2007 regula el régimen comunitario. ¿La persona que da derecho -la persona que ya es residente legal- es europea?.

En ambos casos, ha de acreditarse convivencia (en régimen comunitario puede haber alguna excepción en según que casos, pero como norma ha de haber convivencia entre el europeo y el solicitante), con lo que han de estar empadronados en el mismo sitio, y se tramita en el lugar de residencia (= lugar de empadronamiento)
16/09/2021 21:49
Muchísimas gracias por la pronta respuesta, me explico mejor, la persona para la que se solicita el derecho, es la madre de dos ciudadanos españoles, ella tenía residencia legal en España, pero por cuestiones personales volvió a su país, perdió la residencia, uno de los hijos, vive en le península y el otro en Canarias, la madre convive con el de la península, desde este domicilio, solicitó la tarjeta de residente temporal de familiar de la Unión Europea por ser familiar ascendiente de ciudadano de la Unión Europea, le denegaron porque el hijo con el que vivía no cumplía los requisitos de los artículo 2 y 8 del RD 240/2007, la duda es que para que el hijo que vive en Canarias, vuelva a solicitar el derecho, desde Canarias porque entiende que cumple los requisitos de respaldar la solicitud en el apartado económico.
¿La madre ha de estar empadronada en el domicilio de Canarias del hijo que quiere solicitar el derecho y documentar el cumplimiento de los requisitos de respaldo económico, o puede estar empadronada en la península para este hijo volver a solicitar el derecho?
Por lo último de su respuesta, entiendo que la pregunta anterior sobra, pero disculpe la ignorancia.