Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Arraigo social

5 Comentarios
 
17/02/2022 00:15
duoo
No se trata de si es correcto o incorrecto, a veces y dado el nivel de criterios restrictivos es complicado una regularización de un ascendiente que ya se encuentre en España mediante una tarjeta de familiar comunitario, aunque cada vez más comienzan a surgir sentencias que abogan por la convivencia, reunión y mantenimiento en destino del familiar comunitario. No obstante, a veces puede resultar ser una opción inteligente la autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social con exención de contrato en la que entre los principales requisitos esta el de que el familiar -independientemente que sea español nacionalizado- cuente con recursos económicos (100% del iprem mensual), vamos, una especie de arraigo con residencia no lucrativa.

Suerte!

Suerte
16/02/2022 22:34
Hola quería saber si es correcto el arraigo social a mi madre que vive conmigo hace más de 3 años tiene 75 años. actualmente tengo dni. No se si como española es correcto . Porque mi abogado así lo presentó y salió denegado y se recurrió y también . se puede hacer algo o empezar todo de nuevo. mil gracias
09/04/2018 21:18
Johanna7
Hola, desconozco empresas de Málaga y de cualquier otra zona de España, lo que si os puedo recomendar es que se inscriba en portales de búsqueda de empleo. Lamentando mucho sus problemas para encontrar una oferta, solo puedo indicarles que la modalidad de arraigo social al cual entiendo que queréis pretender, exige la aportación de una oferta de trabajo. Sé que en la práctica hay empresas y empresarios de todo tipo, hay empresas conocedoras del proceso de contratación de trabajadores extranjeros y hay también empresas que desconocen el proceso, por otra parte, hay empresas que trasladan este trámite a sus propias asesorías, (algunas de estas asesorías según su experiencia pueden entender y saber el proceso, otras no). También es frecuente que a veces el empleador quiera emitir la oferta de empleo pero no quiera o no este de acuerdo en pagar la tasa respectiva. Respecto al como debe plantear su necesidad de contratación (oferta de empleo), es bueno que usted misma sepa cuales son los requisitos que tiene que aportar la empresa para minimizar el riesgo de una negativa. Es decir, usted puede informar a la empresa sobre los siguientes requisitos:
-Contrato de trabajo firmado entre usted y el empleador, para un periodo no inferior a un año.
-La empresa o el empleador deben encontrase inscritos en la Seguridad Social, así como hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
-La empresa también deberá garantizar la actividad continuada, disponer de medios económicos, materiales o personales para hacer frente a su proyecto empresarial y a las obligaciones derivadas del contrato con usted.
Si es una persona física deberá acreditar, una vez descontado el pago del salario convenido, el empleador deberá disponer del 100% del IPREM si no hay familiares a su cargo.
Si la unidad familiar incluye dos miembros el 200%. Si la unidad familiar incluye más de dos personas se deberá sumar a la cantidad anterior el 50% del IPREM por cada miembro adicional.
Ejemplo: Empleador 100% IPREM = 537,84 eur al mes Salario del trabajador
Empleador 1º Familiar 200% IPREM = 1.075.68 eur al mes Salario del trabajador
Empleador 2º Familiar 250% IPREM = 1.344,60 eur al mes Salario del trabajador
-También se admite la presentación de varios contratos en una misma ocupación, trabajando simultáneamente para más de un empleador, todos de duración mínima de un año y cuya suma debe representar una jornada semanal no inferior a 30 horas en cómputo global.
-Copia del N.I.F. y, en su caso, de las escrituras de la empresa.
-Acreditación de que la empresa garantiza la solvencia necesaria, a través de: la declaración del IRPF, o del IVA, o del Impuesto de Sociedades o del informe de la vida laboral de la empresa (VILE). Asimismo, debe aportarse una memoria descriptiva de la ocupación a realizar.
Saludos!
09/04/2018 19:59
Alicialalama
El mi nombre es Johana vivo con mi esposo en Málaga capital hace dos años y medio, somos de nacionalidad colombiana como ya estamos a punto de cumplir los tres años de vivir aquí en España estamos informándonos sobre la documentación a presentar para solicitar nuestro arraigo, uno de los tantos requisitos a presentar es el contrato laboral, nuestra pregunta es cómo hacer para abordar a una empresa para que te ayude con este contrato e informando que es para solicitar nuestro arraigo la verdad es que yo lo veo un tanto difícil y también si saben de empresas aquí en Málaga donde no pongan pegas por esto, nosotros somos administrativos. Gracias
19/01/2018 23:30
Alicialalama
Hola, claro que es posible solicitar una modificación, pero si estas por cuenta ajena debes solicitarlo a tenor del artículo 71.2c y 203 del Reglamento 557/2001 para lo cual tendrás que tener como mínimo 3 meses de relación laboral y acreditar todos los extremos siguientes:
1.º Que la relación laboral que dio lugar a la autorización cuya renovación se pretende se interrumpió por causas ajenas a su voluntad.
2.º Que ha buscado activamente empleo, mediante su inscripción en el Servicio Público de Empleo competente como demandante de empleo.
3.º Que en el momento de solicitud de la renovación tiene un contrato de trabajo en vigor.
Digamos que tu supuesto suele ser uno de lo más proclives a una especie de obstrucción en relación con otras personas que pueden demostrar una relación laboral de 6 o 9 meses. pero es tu deber y derecho instar la modificación.

Ahora bien, si tu actual autorización de residencia y trabajo es por cuenta propia, estas habilitada para presentar la modificación por ti misma a tenor del artículo 202.2 también del Reglamento.
Arraigo social
10/01/2018 01:35
Hola.
Me seria de muchisima ayuda que me aclararan algo. Por favor.

He echo todos los tramites de arraigo social con un contrato servicio doméstico y lo tengo aceptado ya me di de alta en la s.s y todo, llevo dos meses cotizados. Mi contrato es de un año. Mi pregunta es... Me ofrecen otro trabajo que gano mucho mejor(camarera) pero el primer contrato que me harian seria de 3 meses o menos por q quieren probbarme, queria saber si es un problema cuando vuelva a renovar al cumplir el año.

Los q me contrataron de empleada de hogar no tienen prblema en despedirme , para que yo no sea la que renuncia y no tenga prblemas. Pero ellos tmbien tendrian prblemas?

No quiero perder mis papeles por eso. Porfavor sacadme de dudas

Muchas gracias enserio
Arraigo social | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Arraigo social

5 Comentarios
 
17/02/2022 00:15
duoo
No se trata de si es correcto o incorrecto, a veces y dado el nivel de criterios restrictivos es complicado una regularización de un ascendiente que ya se encuentre en España mediante una tarjeta de familiar comunitario, aunque cada vez más comienzan a surgir sentencias que abogan por la convivencia, reunión y mantenimiento en destino del familiar comunitario. No obstante, a veces puede resultar ser una opción inteligente la autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social con exención de contrato en la que entre los principales requisitos esta el de que el familiar -independientemente que sea español nacionalizado- cuente con recursos económicos (100% del iprem mensual), vamos, una especie de arraigo con residencia no lucrativa.

Suerte!

Suerte
16/02/2022 22:34
Hola quería saber si es correcto el arraigo social a mi madre que vive conmigo hace más de 3 años tiene 75 años. actualmente tengo dni. No se si como española es correcto . Porque mi abogado así lo presentó y salió denegado y se recurrió y también . se puede hacer algo o empezar todo de nuevo. mil gracias
09/04/2018 21:18
Johanna7
Hola, desconozco empresas de Málaga y de cualquier otra zona de España, lo que si os puedo recomendar es que se inscriba en portales de búsqueda de empleo. Lamentando mucho sus problemas para encontrar una oferta, solo puedo indicarles que la modalidad de arraigo social al cual entiendo que queréis pretender, exige la aportación de una oferta de trabajo. Sé que en la práctica hay empresas y empresarios de todo tipo, hay empresas conocedoras del proceso de contratación de trabajadores extranjeros y hay también empresas que desconocen el proceso, por otra parte, hay empresas que trasladan este trámite a sus propias asesorías, (algunas de estas asesorías según su experiencia pueden entender y saber el proceso, otras no). También es frecuente que a veces el empleador quiera emitir la oferta de empleo pero no quiera o no este de acuerdo en pagar la tasa respectiva. Respecto al como debe plantear su necesidad de contratación (oferta de empleo), es bueno que usted misma sepa cuales son los requisitos que tiene que aportar la empresa para minimizar el riesgo de una negativa. Es decir, usted puede informar a la empresa sobre los siguientes requisitos:
-Contrato de trabajo firmado entre usted y el empleador, para un periodo no inferior a un año.
-La empresa o el empleador deben encontrase inscritos en la Seguridad Social, así como hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
-La empresa también deberá garantizar la actividad continuada, disponer de medios económicos, materiales o personales para hacer frente a su proyecto empresarial y a las obligaciones derivadas del contrato con usted.
Si es una persona física deberá acreditar, una vez descontado el pago del salario convenido, el empleador deberá disponer del 100% del IPREM si no hay familiares a su cargo.
Si la unidad familiar incluye dos miembros el 200%. Si la unidad familiar incluye más de dos personas se deberá sumar a la cantidad anterior el 50% del IPREM por cada miembro adicional.
Ejemplo: Empleador 100% IPREM = 537,84 eur al mes Salario del trabajador
Empleador 1º Familiar 200% IPREM = 1.075.68 eur al mes Salario del trabajador
Empleador 2º Familiar 250% IPREM = 1.344,60 eur al mes Salario del trabajador
-También se admite la presentación de varios contratos en una misma ocupación, trabajando simultáneamente para más de un empleador, todos de duración mínima de un año y cuya suma debe representar una jornada semanal no inferior a 30 horas en cómputo global.
-Copia del N.I.F. y, en su caso, de las escrituras de la empresa.
-Acreditación de que la empresa garantiza la solvencia necesaria, a través de: la declaración del IRPF, o del IVA, o del Impuesto de Sociedades o del informe de la vida laboral de la empresa (VILE). Asimismo, debe aportarse una memoria descriptiva de la ocupación a realizar.
Saludos!
09/04/2018 19:59
Alicialalama
El mi nombre es Johana vivo con mi esposo en Málaga capital hace dos años y medio, somos de nacionalidad colombiana como ya estamos a punto de cumplir los tres años de vivir aquí en España estamos informándonos sobre la documentación a presentar para solicitar nuestro arraigo, uno de los tantos requisitos a presentar es el contrato laboral, nuestra pregunta es cómo hacer para abordar a una empresa para que te ayude con este contrato e informando que es para solicitar nuestro arraigo la verdad es que yo lo veo un tanto difícil y también si saben de empresas aquí en Málaga donde no pongan pegas por esto, nosotros somos administrativos. Gracias
19/01/2018 23:30
Alicialalama
Hola, claro que es posible solicitar una modificación, pero si estas por cuenta ajena debes solicitarlo a tenor del artículo 71.2c y 203 del Reglamento 557/2001 para lo cual tendrás que tener como mínimo 3 meses de relación laboral y acreditar todos los extremos siguientes:
1.º Que la relación laboral que dio lugar a la autorización cuya renovación se pretende se interrumpió por causas ajenas a su voluntad.
2.º Que ha buscado activamente empleo, mediante su inscripción en el Servicio Público de Empleo competente como demandante de empleo.
3.º Que en el momento de solicitud de la renovación tiene un contrato de trabajo en vigor.
Digamos que tu supuesto suele ser uno de lo más proclives a una especie de obstrucción en relación con otras personas que pueden demostrar una relación laboral de 6 o 9 meses. pero es tu deber y derecho instar la modificación.

Ahora bien, si tu actual autorización de residencia y trabajo es por cuenta propia, estas habilitada para presentar la modificación por ti misma a tenor del artículo 202.2 también del Reglamento.
Arraigo social
10/01/2018 01:35
Hola.
Me seria de muchisima ayuda que me aclararan algo. Por favor.

He echo todos los tramites de arraigo social con un contrato servicio doméstico y lo tengo aceptado ya me di de alta en la s.s y todo, llevo dos meses cotizados. Mi contrato es de un año. Mi pregunta es... Me ofrecen otro trabajo que gano mucho mejor(camarera) pero el primer contrato que me harian seria de 3 meses o menos por q quieren probbarme, queria saber si es un problema cuando vuelva a renovar al cumplir el año.

Los q me contrataron de empleada de hogar no tienen prblema en despedirme , para que yo no sea la que renuncia y no tenga prblemas. Pero ellos tmbien tendrian prblemas?

No quiero perder mis papeles por eso. Porfavor sacadme de dudas

Muchas gracias enserio