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Arras y liberar de cargas un bien

4 Comentarios
 
Arras y liberar de cargas un bien
05/06/2021 11:01
Buenos días:

Tengo ya previsto firmar arras con el notario y resulta que la propiedad no está libre de cargas por x motivos. La propuesta que y solución que han dado es abonar el mismo día con un talón ese dinero que falta para poder estar libre de cargas. Es posible? Sé que el piso con anterioridad se tenía que haber mirado esto, pero mi banco y la inmobiliaria se ve que han pasado de todo. Otra pregunta, el piso lo compraré conjuntamente con otra persona, pero en las arras aparezco solo yo, hay algún problema ? En el talón anteriormente mencionado tenemos que aparecer los dos compradores o con que aparezca yo es suficientemente? Y qué ocurre si al llegar el día señalado de la firma y los vendedores no tienen listo el talón. Porque me han mencionado de retrasarlo en el caso de no tenerlo listo, y como se puede prorrogar en el caso de poderse hacer. Gracias
05/06/2021 12:55
Cassual
¿Vas a firmar las arras o las arras ya están firmadas y lo que vas a firmar es la escritura?
05/06/2021 12:56
Juan S
Las arras ya están firmadas y sí, voy a firmar la escritura.
05/06/2021 13:20
Cassual
Cada uno es cada uno, pro yo no firmaría una escritura sin que previamente estuviera libre de cargas. El talón no es la solución, la solución es que figure en el Registro tan limpio como el dinero que vas a pagar. Supongo que, en el contrato de arras, se dice que la vivienda se entregará libre de cargas y eso hay que exigir.
Como supongo que tú has elegido el notario, es conveniente que lo hables con él antes del día de la firma para ver las medidas a adoptar.
09/06/2021 10:19
Juan S
Efectivamente. En estos casos lo que es hace es pedir un certificado de cargas al Banco (supongo que estamos hablando de una hipoteca) pidiendo que se incluya los gastos de cancelación (intereses, comisión de cancelación, gastos notariales y registrales...) y ese importe total se descuenta del precio de compra. Con lo que Vd. tendrá la seguridad de que la carga quedará cancelada, ya que es Vd. la que la cancelará (con la cantidad que ha pagado de menos).
Es la practica habitual en estos casos, y el Notario le preparará las escrituras especificando esta circunstancia.
No deje que el levantamiento de la carga quede a la libre voluntad de la parte vendedora, por muy buenas palabras que le de. La carga, o se cancela antes de la firma de las escrituras (acreditandolo con nota simple del registro de la propiedad donde conste sin cargas) ó la cancela Vd.
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Arras y liberar de cargas un bien
05/06/2021 11:01
Buenos días:

Tengo ya previsto firmar arras con el notario y resulta que la propiedad no está libre de cargas por x motivos. La propuesta que y solución que han dado es abonar el mismo día con un talón ese dinero que falta para poder estar libre de cargas. Es posible? Sé que el piso con anterioridad se tenía que haber mirado esto, pero mi banco y la inmobiliaria se ve que han pasado de todo. Otra pregunta, el piso lo compraré conjuntamente con otra persona, pero en las arras aparezco solo yo, hay algún problema ? En el talón anteriormente mencionado tenemos que aparecer los dos compradores o con que aparezca yo es suficientemente? Y qué ocurre si al llegar el día señalado de la firma y los vendedores no tienen listo el talón. Porque me han mencionado de retrasarlo en el caso de no tenerlo listo, y como se puede prorrogar en el caso de poderse hacer. Gracias
05/06/2021 12:55
Cassual
¿Vas a firmar las arras o las arras ya están firmadas y lo que vas a firmar es la escritura?
05/06/2021 12:56
Juan S
Las arras ya están firmadas y sí, voy a firmar la escritura.
05/06/2021 13:20
Cassual
Cada uno es cada uno, pro yo no firmaría una escritura sin que previamente estuviera libre de cargas. El talón no es la solución, la solución es que figure en el Registro tan limpio como el dinero que vas a pagar. Supongo que, en el contrato de arras, se dice que la vivienda se entregará libre de cargas y eso hay que exigir.
Como supongo que tú has elegido el notario, es conveniente que lo hables con él antes del día de la firma para ver las medidas a adoptar.
09/06/2021 10:19
Juan S
Efectivamente. En estos casos lo que es hace es pedir un certificado de cargas al Banco (supongo que estamos hablando de una hipoteca) pidiendo que se incluya los gastos de cancelación (intereses, comisión de cancelación, gastos notariales y registrales...) y ese importe total se descuenta del precio de compra. Con lo que Vd. tendrá la seguridad de que la carga quedará cancelada, ya que es Vd. la que la cancelará (con la cantidad que ha pagado de menos).
Es la practica habitual en estos casos, y el Notario le preparará las escrituras especificando esta circunstancia.
No deje que el levantamiento de la carga quede a la libre voluntad de la parte vendedora, por muy buenas palabras que le de. La carga, o se cancela antes de la firma de las escrituras (acreditandolo con nota simple del registro de la propiedad donde conste sin cargas) ó la cancela Vd.