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Arrendador abusa de nosotros y no sabemos que hacer

6 Comentarios
 
Arrendador abusa de nosotros y no sabemos que hacer
07/03/2019 18:02
Resumen

Pareja joven de 23 años alquila por primera vez un piso ,con duración de un año alquiler hace 4 días (externamente parecía estar bien). Al entrar a vivir encuentran las siguientes cosas: Caldera Rota y sin mantenimiento desde hace 11 años (cuando es obligatorio cada año) ,electrodomésticos rotos(nevera,lavadora). Se le comenta al casero y se niega a reparar absolutamente nada,dice que es nuestro problema. Ademas el contrato se encuentran irregularidades ,como que pone que es para uso temporal ,cuando no lo es. El chico nos aseguro que lo tenia pagado si en un futuro lo queríamos comprar y ademas lo pone en el contrato como libre de cargas cuando tiene una hipoteca de 40 años visto en el registro de viviendas, aparte pone que se anexa inventario ,que propietario no ha hecho ,se lo hacemos nosotros ya que hay mesas rayadas ,sillas rotas,sofa desgastado. Asi que le mandamos un burofax con el inventario el mismo día del inicio del contrato 1 de marzo y imágenes de problemas del piso.
Ahora actua violentamente amenazando con entrar al piso cuando le de la gana ,con quedarse el dinero y no meterlo en el departamento que corresponde.

CONSULTA

¿Con tanto incumplimiento como el no querer reparar nada ,quedarse la fianza , mentiras en el contrato ,etc.. hay alguna forma de extinguir el contrato ahora que acaba de comenzar hace 4 días o solo existe la via judicial ? Me parece increíble que no quede otra salida ,porque al ser jovenes no tenemos grandes sumas de dinero para gastarnos en abogados y juicios y tampoco queremos que esto se alargue mas ,el constantemente se burla de nosotros diciendo que estamos y perdonad por la palabra "j****** " ya que el contrato es por un año

¿Hay una clausula en el contrato que indica lo siguiente "se puede extinguir el contrato por temas laborales,sin ninguna penalización para los inquilinos" eso significa que si nos quedamos sin trabajo nos podemos ir?

Siento tanta pregunta y molestia pero nos sentimos tan engañados,que no creo que nos metamos en mas alquileres o almenos sin los consejos de alguien que sepa
07/03/2019 18:33
Khaleesi9
Pero ¿leyeron ustedes el contrato, antes de firmarlo?. Me da la impresión de que la respuesta es NO..
Tienen 3 posibilidades, ninguna agradable.
1 . Meterse en la via judicial. Aunque parece que lo tienen ganado, el tema tardará tiempo en resolverse.
2 . Esperar a que se cumplan 6 meses, momento en el que pueden renunciar a continuar con el alquiler. Cuidado por si hay pactada una indemnización si no se cumple un año. Evidentemente, si optan por esta solución, no paguen la última mensualidad y que la cobre de la fianza (en realidad no se debe hacer, pero .....), porque me temo que si no, se quedará con la fianza.
3 . Permanecer este mes, que supongo que ya han pagado, y el mes de abril (y que se lo cobre de la fianza) y dejar el piso. Como esto es ilegal, a esperar a ver si les demanda.
Queda una cuarta opción, resolver el contrato de forma amistosa, pero según han contado no parece que vaya a ser posible.
07/03/2019 19:57
Pepe123
Lo de la clausula que indica que por temas laborales se puede extinguir el contrato sin penalizacion alguna se puede usar para acabarlo ?
07/03/2019 20:42
Khaleesi9
Coincido plenamente con la respuesta de Pepe123, y me permito hacer especial énfasis en que todo parece indicar que no se han leido el contrato, lo cual no va precisamente a su favor.
07/03/2019 23:16
Khaleesi9
Yo creo que la caldera es necesaria para poder vivir, pero en cuanto a los electrodomésticos ¿están en el contrato y en el inventario? Porque si no están, no son objeto del alquiler.

El proceso de reparar por urgencia la caldera y luego reclamar el coste al casero es sencillo, pero largo. Y por lo que va a costar no necesita abogado ni procurador, los cuales por otra parte son gratuitos -se lo recuerdo- para personas con bajos recursos. En su Juzgado les pueden tramitar el turno de oficio. De todos modos el importe les llevará a un juicio verbal.

El proceso es así:

Puede pedir la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios causados (art.27.3, a) de la L.A.U). Necesitará abogado y procurador de oficio. Y entretanto vivirá en un piso sin caldera.

O pedir ejecución de las reparaciones necesarias a que esté obligado el arrendador con la indemnización de los daños causados por su negligente actuación (arts. 1.556 y 1.098 del Código Civil). Igualmente juicio con abogado y procurador.

artículo 21, 3 de la LAU: e el arrendatario puede ejecutar por sí la obra y luego exigir del arrendador el importe de la reparación, con dos requisitos:

1º. Que se hubiera comunicado al arrendador la necesidad de la reparación.

2º. Que la reparación sea urgente para evitar un daño inminente o una incomodidad grave.

En este caso, imagino que puede gastar 100 ó 200 Euros en reparar la caldera y luego reclamar al casero esa pequeña cantidad en un juicio verbal sin abogado ni procurador, depende de cuánto le interese a usted seguir residiendo en el piso. Si opta por ello dígalo y trataré de guiarle en los pasos a dar.

Que tenga hipoteca o no -o la haya pagado y no la haya anotado- a ustedes no les afecta, es salgo que no debe preocuparle.

Lo de la cláusula de extinción lo pone usted entre interrogaciones ¿está o no está en el contrato? en todo caso, yo creo que se refiere a que por trabajo los trasladen a otro sitio.

Que deposite o no la fianza es algo que a ustedes tampoco debe preocuparles, si acaso, debe preocuparle a él, porque el no hacerlo es sancionable.
08/03/2019 12:57
Hoplon
Os comento lo que me ha dicho y a ver si es legal ,me ha llegado un burofax de una abogada suya proponiéndome la devolución de la fianza y quedándose el con una mensualidad . Hemos hablado con la abogada y nos comenta que se haría a través de una conocida suya de una inmobiliaria y ella actuaría en su representante entregando nosotros las llaves allí y devolviendonos la fianza en ese momento.

¿Mi pregunta ,es legal hacerlo así o me puede acarrear problemas futuros porque otra persona lo representa?
08/03/2019 20:57
Khaleesi9
El pacto que le ofrecen es legal.

Seguramente la abogada tiene un poder notarial de representación. En este caso yo creo que incluso valdría su intervención como mandatario verbal, porque nadie va a exponerse a atribuirse dicha condición sin ser cierta, pero vamos, que seguro que tiene poder. Pregúntelo.
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Arrendador abusa de nosotros y no sabemos que hacer
07/03/2019 18:02
Resumen

Pareja joven de 23 años alquila por primera vez un piso ,con duración de un año alquiler hace 4 días (externamente parecía estar bien). Al entrar a vivir encuentran las siguientes cosas: Caldera Rota y sin mantenimiento desde hace 11 años (cuando es obligatorio cada año) ,electrodomésticos rotos(nevera,lavadora). Se le comenta al casero y se niega a reparar absolutamente nada,dice que es nuestro problema. Ademas el contrato se encuentran irregularidades ,como que pone que es para uso temporal ,cuando no lo es. El chico nos aseguro que lo tenia pagado si en un futuro lo queríamos comprar y ademas lo pone en el contrato como libre de cargas cuando tiene una hipoteca de 40 años visto en el registro de viviendas, aparte pone que se anexa inventario ,que propietario no ha hecho ,se lo hacemos nosotros ya que hay mesas rayadas ,sillas rotas,sofa desgastado. Asi que le mandamos un burofax con el inventario el mismo día del inicio del contrato 1 de marzo y imágenes de problemas del piso.
Ahora actua violentamente amenazando con entrar al piso cuando le de la gana ,con quedarse el dinero y no meterlo en el departamento que corresponde.

CONSULTA

¿Con tanto incumplimiento como el no querer reparar nada ,quedarse la fianza , mentiras en el contrato ,etc.. hay alguna forma de extinguir el contrato ahora que acaba de comenzar hace 4 días o solo existe la via judicial ? Me parece increíble que no quede otra salida ,porque al ser jovenes no tenemos grandes sumas de dinero para gastarnos en abogados y juicios y tampoco queremos que esto se alargue mas ,el constantemente se burla de nosotros diciendo que estamos y perdonad por la palabra "j****** " ya que el contrato es por un año

¿Hay una clausula en el contrato que indica lo siguiente "se puede extinguir el contrato por temas laborales,sin ninguna penalización para los inquilinos" eso significa que si nos quedamos sin trabajo nos podemos ir?

Siento tanta pregunta y molestia pero nos sentimos tan engañados,que no creo que nos metamos en mas alquileres o almenos sin los consejos de alguien que sepa
07/03/2019 18:33
Khaleesi9
Pero ¿leyeron ustedes el contrato, antes de firmarlo?. Me da la impresión de que la respuesta es NO..
Tienen 3 posibilidades, ninguna agradable.
1 . Meterse en la via judicial. Aunque parece que lo tienen ganado, el tema tardará tiempo en resolverse.
2 . Esperar a que se cumplan 6 meses, momento en el que pueden renunciar a continuar con el alquiler. Cuidado por si hay pactada una indemnización si no se cumple un año. Evidentemente, si optan por esta solución, no paguen la última mensualidad y que la cobre de la fianza (en realidad no se debe hacer, pero .....), porque me temo que si no, se quedará con la fianza.
3 . Permanecer este mes, que supongo que ya han pagado, y el mes de abril (y que se lo cobre de la fianza) y dejar el piso. Como esto es ilegal, a esperar a ver si les demanda.
Queda una cuarta opción, resolver el contrato de forma amistosa, pero según han contado no parece que vaya a ser posible.
07/03/2019 19:57
Pepe123
Lo de la clausula que indica que por temas laborales se puede extinguir el contrato sin penalizacion alguna se puede usar para acabarlo ?
07/03/2019 20:42
Khaleesi9
Coincido plenamente con la respuesta de Pepe123, y me permito hacer especial énfasis en que todo parece indicar que no se han leido el contrato, lo cual no va precisamente a su favor.
07/03/2019 23:16
Khaleesi9
Yo creo que la caldera es necesaria para poder vivir, pero en cuanto a los electrodomésticos ¿están en el contrato y en el inventario? Porque si no están, no son objeto del alquiler.

El proceso de reparar por urgencia la caldera y luego reclamar el coste al casero es sencillo, pero largo. Y por lo que va a costar no necesita abogado ni procurador, los cuales por otra parte son gratuitos -se lo recuerdo- para personas con bajos recursos. En su Juzgado les pueden tramitar el turno de oficio. De todos modos el importe les llevará a un juicio verbal.

El proceso es así:

Puede pedir la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios causados (art.27.3, a) de la L.A.U). Necesitará abogado y procurador de oficio. Y entretanto vivirá en un piso sin caldera.

O pedir ejecución de las reparaciones necesarias a que esté obligado el arrendador con la indemnización de los daños causados por su negligente actuación (arts. 1.556 y 1.098 del Código Civil). Igualmente juicio con abogado y procurador.

artículo 21, 3 de la LAU: e el arrendatario puede ejecutar por sí la obra y luego exigir del arrendador el importe de la reparación, con dos requisitos:

1º. Que se hubiera comunicado al arrendador la necesidad de la reparación.

2º. Que la reparación sea urgente para evitar un daño inminente o una incomodidad grave.

En este caso, imagino que puede gastar 100 ó 200 Euros en reparar la caldera y luego reclamar al casero esa pequeña cantidad en un juicio verbal sin abogado ni procurador, depende de cuánto le interese a usted seguir residiendo en el piso. Si opta por ello dígalo y trataré de guiarle en los pasos a dar.

Que tenga hipoteca o no -o la haya pagado y no la haya anotado- a ustedes no les afecta, es salgo que no debe preocuparle.

Lo de la cláusula de extinción lo pone usted entre interrogaciones ¿está o no está en el contrato? en todo caso, yo creo que se refiere a que por trabajo los trasladen a otro sitio.

Que deposite o no la fianza es algo que a ustedes tampoco debe preocuparles, si acaso, debe preocuparle a él, porque el no hacerlo es sancionable.
08/03/2019 12:57
Hoplon
Os comento lo que me ha dicho y a ver si es legal ,me ha llegado un burofax de una abogada suya proponiéndome la devolución de la fianza y quedándose el con una mensualidad . Hemos hablado con la abogada y nos comenta que se haría a través de una conocida suya de una inmobiliaria y ella actuaría en su representante entregando nosotros las llaves allí y devolviendonos la fianza en ese momento.

¿Mi pregunta ,es legal hacerlo así o me puede acarrear problemas futuros porque otra persona lo representa?
08/03/2019 20:57
Khaleesi9
El pacto que le ofrecen es legal.

Seguramente la abogada tiene un poder notarial de representación. En este caso yo creo que incluso valdría su intervención como mandatario verbal, porque nadie va a exponerse a atribuirse dicha condición sin ser cierta, pero vamos, que seguro que tiene poder. Pregúntelo.