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Arrendamiento de garaje

1 Comentarios
 
Arrendamiento de garaje
06/03/2009 20:06
Se tiene arrendada una plaza de garaje. ¿Sería conveniente averiguar si la zona de garajes está incluida en el seguro de la Comunidad?. En caso afirmativo, ¿se debe comunicar a la Comunidad el propietario y matrícula del vehículo?. En caso negativo, ¿debe el propietario-arrendador de la plaza de garaje, contratar un seguro de la plaza y su contenido?. En caso de siniestro por incendio u otros daños mientras el vehículo permanezca en la plaza, ¡quien es el responsable, el propietario de la plaza o el propietario del vehículo?.
08/03/2009 21:37
Hola, siempre es bueno saber si tienes un seguro que cubre tu propiedad, en cuanto a comunicar la matrícula, dependera de las cláusulas del seguro, es posible que se limite la responsabilidad a los vehículos declarados. No tienes responsabilidad sobre los daños que pueda sufrir el vehículo. Si lo que tienes alquilado es la plaza, el responsable será el causante del daño. Es decir, que salvo que los daños se produzcan como consecuencia del mal estado de la plaza o hayas pactado lo contrario no tienes responsabilidad.
De todas formas, es un contrato regido por el C.C., por lo que todo es disponible, no está de más establecer cláusulas que no dejen lugar a posibles dudas.
Un saludo
Arrendamiento de garaje | PorticoLegal
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Arrendamiento de garaje
06/03/2009 20:06
Se tiene arrendada una plaza de garaje. ¿Sería conveniente averiguar si la zona de garajes está incluida en el seguro de la Comunidad?. En caso afirmativo, ¿se debe comunicar a la Comunidad el propietario y matrícula del vehículo?. En caso negativo, ¿debe el propietario-arrendador de la plaza de garaje, contratar un seguro de la plaza y su contenido?. En caso de siniestro por incendio u otros daños mientras el vehículo permanezca en la plaza, ¡quien es el responsable, el propietario de la plaza o el propietario del vehículo?.
08/03/2009 21:37
Hola, siempre es bueno saber si tienes un seguro que cubre tu propiedad, en cuanto a comunicar la matrícula, dependera de las cláusulas del seguro, es posible que se limite la responsabilidad a los vehículos declarados. No tienes responsabilidad sobre los daños que pueda sufrir el vehículo. Si lo que tienes alquilado es la plaza, el responsable será el causante del daño. Es decir, que salvo que los daños se produzcan como consecuencia del mal estado de la plaza o hayas pactado lo contrario no tienes responsabilidad.
De todas formas, es un contrato regido por el C.C., por lo que todo es disponible, no está de más establecer cláusulas que no dejen lugar a posibles dudas.
Un saludo