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Arrendamiento de local comercial

2 Comentarios
 
Arrendamiento de local comercial
26/04/2014 13:13
Tengo un local de negocio en Canarias y lo alquilé por 300 euros mensuales. Esa es la cantidad que quiero recibir yo mensualmente.
No sé como calcular la cantidad que el inquilino tendría que pagar trimestralmente y como poner esa clausula en el contrato. Según mis cálculos que no sé si está bien sería:
348,83 X 7% IGIC -21%= 300.-
El arrendatario tendría que abonar esa retención en hacienda 48.83 x 3 = 146.49 trimestral.
Está bien hecho el cálculo?. Y si es así, como tendría que ponerlo en el contrato?.
Gracias, un saludo
26/04/2014 19:49
¿Lo ha alquulado o lo va a alquiler?

Mala cosa esa de hablar de "netos", pues entonces desvirtuamos las cosas.

Si usted quiere percibir 300 netos al mes (sin contar impuestos), debe alquilarlo por 348,84 euros, así añadiendo el IGIC 7% (24,42) y descontando el IRPF 21% (73,26) le quedan los 300. Pero eso no significa, en absoluto, que alquile por 300 euros, está alquilandp por 348,84. Y el inquilino NO debe ingresar por IRPF 48,84 sino 73,26, y usted 24,42 por IVA.

Y, si ya ha hecho el contrato por un alquiler de 300 euros al mes, mensualmente serán 300 más 7% IGIC (21) menos 21% de IRPF (63), total 258 "netos", de los cuales debe ingresar 21 en Hacienda (IGIC), con lo que le quedarán realmente 237, 300 menos 63 ya retenidos a cuenta del IRPF. Y el inquilino deberá ingresar esos 63 euros.
27/04/2014 15:13
Aún no está hecho el contrato. Es por eso que quiero cerrarlo bien. Yo les dije que quiero recibir 300 euros.
ellos me ingresaron 600 euros correspondientes a dos meses de fianza para asegurar el local. Los impuestos no entran en la fianza. Con lo cual en el contrato que lo firmaremos el lunes pongo alquiler por 348,48 euros. El arrendatario deberá abonar asimismo a la Agencia Tributaria (u organismo que la sustituya) el porcentaje de retención correspondiente al Impuesto Directo que grave la renta obtenida por el arrendador (de las Personas Físicas), porcentaje que se descontará en los recibos mensuales, debiendo presentar aa arrendador al final de año, certificado acreditativo de las retenciones efectuadas.
¿Así estaría bien especificado en el contrato?.
Muchas gracias por su ayuda.
Arrendamiento de local comercial | PorticoLegal
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Arrendamiento de local comercial
26/04/2014 13:13
Tengo un local de negocio en Canarias y lo alquilé por 300 euros mensuales. Esa es la cantidad que quiero recibir yo mensualmente.
No sé como calcular la cantidad que el inquilino tendría que pagar trimestralmente y como poner esa clausula en el contrato. Según mis cálculos que no sé si está bien sería:
348,83 X 7% IGIC -21%= 300.-
El arrendatario tendría que abonar esa retención en hacienda 48.83 x 3 = 146.49 trimestral.
Está bien hecho el cálculo?. Y si es así, como tendría que ponerlo en el contrato?.
Gracias, un saludo
26/04/2014 19:49
¿Lo ha alquulado o lo va a alquiler?

Mala cosa esa de hablar de "netos", pues entonces desvirtuamos las cosas.

Si usted quiere percibir 300 netos al mes (sin contar impuestos), debe alquilarlo por 348,84 euros, así añadiendo el IGIC 7% (24,42) y descontando el IRPF 21% (73,26) le quedan los 300. Pero eso no significa, en absoluto, que alquile por 300 euros, está alquilandp por 348,84. Y el inquilino NO debe ingresar por IRPF 48,84 sino 73,26, y usted 24,42 por IVA.

Y, si ya ha hecho el contrato por un alquiler de 300 euros al mes, mensualmente serán 300 más 7% IGIC (21) menos 21% de IRPF (63), total 258 "netos", de los cuales debe ingresar 21 en Hacienda (IGIC), con lo que le quedarán realmente 237, 300 menos 63 ya retenidos a cuenta del IRPF. Y el inquilino deberá ingresar esos 63 euros.
27/04/2014 15:13
Aún no está hecho el contrato. Es por eso que quiero cerrarlo bien. Yo les dije que quiero recibir 300 euros.
ellos me ingresaron 600 euros correspondientes a dos meses de fianza para asegurar el local. Los impuestos no entran en la fianza. Con lo cual en el contrato que lo firmaremos el lunes pongo alquiler por 348,48 euros. El arrendatario deberá abonar asimismo a la Agencia Tributaria (u organismo que la sustituya) el porcentaje de retención correspondiente al Impuesto Directo que grave la renta obtenida por el arrendador (de las Personas Físicas), porcentaje que se descontará en los recibos mensuales, debiendo presentar aa arrendador al final de año, certificado acreditativo de las retenciones efectuadas.
¿Así estaría bien especificado en el contrato?.
Muchas gracias por su ayuda.