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Arrendamientos Urbanos

3 Comentarios
 
28/06/2012 19:07
Hola andresloin.

¿El local está ubicado en España?.

¿ Compró usted todo el edificio?.

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl


28/06/2012 19:05
Hola Antonio. La respuesta a su pregunta es afirmativa, a pesar de que la abreviatura de la Ley de Arrendamientos Urbanos es LAU y no LAR(Ley de Arrendamientos Rústicos).

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl
28/06/2012 15:45
Soy nuevo y quisiera preguntar lo siguiente Cordial saludo, mi pregunta es: En mi casa hay un local donde una señora esta arrendada hace 11 años, el contrato esta con el anterior dueño de la casa, por el motivo de estar tantos años ella dice que debo pagarle para desocupar, y si le tengo que pagar para que le cobro arriendo? por otro lado ella dice que por el tiempo que lleva ese local es de ella, yo soy el que pago los impuestos de la casa, que se puede hacer en este caso? gracias por su respuesta.
Arrendamientos urbanos
28/02/2002 16:19
Sigue vigente, para los arrendamientos anteriores a la LAR del 64 la norma de no poderse vender por precio superior al de la capitalización de la renta, ya que si no el arrendatario tiene el derecho a impugnar la venta (con independencia del derecho de tanteo y retracto), artículo 53 de la antigua LAR
Arrendamientos Urbanos | PorticoLegal
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Arrendamientos Urbanos

3 Comentarios
 
28/06/2012 19:07
Hola andresloin.

¿El local está ubicado en España?.

¿ Compró usted todo el edificio?.

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl


28/06/2012 19:05
Hola Antonio. La respuesta a su pregunta es afirmativa, a pesar de que la abreviatura de la Ley de Arrendamientos Urbanos es LAU y no LAR(Ley de Arrendamientos Rústicos).

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

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http://letradosalquileres.es.tl
28/06/2012 15:45
Soy nuevo y quisiera preguntar lo siguiente Cordial saludo, mi pregunta es: En mi casa hay un local donde una señora esta arrendada hace 11 años, el contrato esta con el anterior dueño de la casa, por el motivo de estar tantos años ella dice que debo pagarle para desocupar, y si le tengo que pagar para que le cobro arriendo? por otro lado ella dice que por el tiempo que lleva ese local es de ella, yo soy el que pago los impuestos de la casa, que se puede hacer en este caso? gracias por su respuesta.
Arrendamientos urbanos
28/02/2002 16:19
Sigue vigente, para los arrendamientos anteriores a la LAR del 64 la norma de no poderse vender por precio superior al de la capitalización de la renta, ya que si no el arrendatario tiene el derecho a impugnar la venta (con independencia del derecho de tanteo y retracto), artículo 53 de la antigua LAR