Cuando uno habla de estos asuntos debe dejar claro los principios básicos: La pornografía infantil es un material execrable, que contiene la evidencia digital de un delito. Cualquier tipo de abuso sexual, especialmente infantil, debe ser perseguido y castigado. Dicho esto... me remito al post anterior.
Saludos,
Indignado
Art. 189.2 del código penal: razones para su destipificación