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Artículo 11 Ley de Propiedad Horizontal

4 Comentarios
 
12/01/2011 22:36
Gracias por la rapidez en la respuesta.

La causa fue por un incendio causado por el sistema eléctrico. Pero al parecer hace algunos años se hizo un arreglo en el ascensor y el técnico notificó que deberían cambiar el sistema eléctrico.

Gracias.
12/01/2011 15:31
Segun me conta estarian obligados al pago de algunos gastos pero no todos, entre ellos la instalacion, modificaciones para ajustarse a normativas y reparaciones entre otras pero no estarian obligados al pago de los consumos, ni del mantenimiento; de ahi la pregunta de Talid, segun sea el motivo del cambio estara o no obligado al pago.

El hecho de que no utilicen el ascensor no les librara del pago salvo que asi conste en escrituras, en estatutos o por acuerdo unanime de la junta.

saludos
12/01/2011 14:28
¿Solo es propietaria de esa plaza de garaje en el edificio?.
Interpreto que los propietarios de esas plazas de garaje que a los que no les es posible el uso del ascensor (no llega a la planta de garajes), no están obligados al pago.
En cualquier caso deberá asistir a la Junta General donde se tome ese acuerdo y votar en contra para despues impugnar en el juzgado.
12/01/2011 11:33
Depende...... ¿Porque se va a cambiar?
Artículo 11 ley de propiedad horizontal
11/01/2011 23:07
Hola: Dispongo de una plaza de garage cerrada en un edificio del País Vasco. Dicho edificio dispone de ascensor que van a cambiar. Mi pregunta es la siguiente: si el ascensor no llega hasta la zona de garages ¿estoy obligado a colaborar en su financiación?. Y si estoy obligado, según artículo 11 de la ley de propiedad horizontal ¿podría rechazar el pago?.
(Art. 11: "...Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja...").

Gracias.
Artículo 11 Ley de Propiedad Horizontal | PorticoLegal
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4 Comentarios
 
12/01/2011 22:36
Gracias por la rapidez en la respuesta.

La causa fue por un incendio causado por el sistema eléctrico. Pero al parecer hace algunos años se hizo un arreglo en el ascensor y el técnico notificó que deberían cambiar el sistema eléctrico.

Gracias.
12/01/2011 15:31
Segun me conta estarian obligados al pago de algunos gastos pero no todos, entre ellos la instalacion, modificaciones para ajustarse a normativas y reparaciones entre otras pero no estarian obligados al pago de los consumos, ni del mantenimiento; de ahi la pregunta de Talid, segun sea el motivo del cambio estara o no obligado al pago.

El hecho de que no utilicen el ascensor no les librara del pago salvo que asi conste en escrituras, en estatutos o por acuerdo unanime de la junta.

saludos
12/01/2011 14:28
¿Solo es propietaria de esa plaza de garaje en el edificio?.
Interpreto que los propietarios de esas plazas de garaje que a los que no les es posible el uso del ascensor (no llega a la planta de garajes), no están obligados al pago.
En cualquier caso deberá asistir a la Junta General donde se tome ese acuerdo y votar en contra para despues impugnar en el juzgado.
12/01/2011 11:33
Depende...... ¿Porque se va a cambiar?
Artículo 11 ley de propiedad horizontal
11/01/2011 23:07
Hola: Dispongo de una plaza de garage cerrada en un edificio del País Vasco. Dicho edificio dispone de ascensor que van a cambiar. Mi pregunta es la siguiente: si el ascensor no llega hasta la zona de garages ¿estoy obligado a colaborar en su financiación?. Y si estoy obligado, según artículo 11 de la ley de propiedad horizontal ¿podría rechazar el pago?.
(Art. 11: "...Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja...").

Gracias.