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Ascensor cuota 0

6 Comentarios
 
Ascensor cuota 0
23/09/2021 18:44
Buenas tardes, el edificio donde vivo, es todo del mismo dueño, la mayoría somos mayores, con minusvalías o enfermos, si le pedimos al propietario que baje el ascensor a cuota 0, nos puede subir el alquiler? gracias
23/09/2021 22:31
Como ya le he dicho en otro hilo tengo alguna duda, pero yo creo que se regula en el art. 112 LAU64, a cuyo tenor:
"1. La realización de obras de mejora autorizará al arrendador para elevar la renta cuando las efectúe de acuerdo con el respectivo inquilino o arrendatario, o de los tres quintos de éstos cuando se trate de obras de mejora comunes."
Es decir, que para empezar parece que no puede "pedirlo". Es necesario que este de acuerdo con el casero con lo cual todo depende de lo que quiera. Pero incluso si se hace de acuerdo, el casero podrá subirle la renta.
A ver si se pasa por aqui Hoplon o Grisolía y nos dan su opinión respecto al segundo punto, porque la legislación arrendaticia está muy liada y no estoy seguro 100% de que en la DT 2ª haya o deje de haber algún párrafo que establezca algo distinto a lo dicho en el citado art. 112 LAU64.
24/09/2021 10:06
Necesito saber la fecha exacta del contrato.

Por otra parte, si el ascensor no llega a la cota cero, es posible que sea porque no cabe, y no habrá más remedio que dejarlo como está hoy. Examine primero si lo que queiren es factible.
24/09/2021 10:17
Veo en otro hilo que el contrato es de 18-2-85.

Coincido con Leonjbr: es una mejora común y si lo solicitan los tres quintos de inquilinos se puede repercutir dicha mejora.

No todos los inquilinos serán de "renta antigua", a los demás se les aplicará el art. 19 LAU/94.

Examinen además la Ley 15/95 de 30 de mayo sobre eliminación de barreras arquitectónicas y el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: es posible que estos textos, o las normas de su ayuntamiento, establezcan la obligatoriedad de rampas u otros accesos (yo no sé cómo es su edificio). Hay ayuda spúblicas para adaptar casas.
24/09/2021 10:21
No le alcanza, por poco, el "Decreto Boyer" de 30 de abril, a éstos no se les puede repercutir.
24/09/2021 21:02
Muchas gracias a todos, hay sitio suficiente para poner el ascensor a cota 0, mi contrato es del 18/2/85, aquí aun hay gente que lleva mas tiempo que yo, personalmente tengo una minusvalía del 61%, pero mi vecina de enfrente, es mas joven y está postrada en una cama, porque no puede su padre bajar las 5 escaleras que hay para llegar a la calle, pero su contrato es posterior al mio. No sé si solicitándolo él, nos podría cobrar igualmente a nosotros, es que ya somos pensionistas, no estamos para subidas de rentas, ya las tenemos actualizadas
25/09/2021 11:07
Al ser una casa de dueño único, no podemos recurrir a la Ley de Propiedad Horizontal, hay que conformarse con lo dicho: solicitud de tres quintos de los inquilinos.

Y es de temer que muchos no querrán firmar.

Podemos mirar el tema del ayuntamiento, pero si la casa ya tiene ascensor, y supongo que es de esos que salen en los descansillos entre pisos, no creo que el ayuntamiento obligue al dueño a poner otro.

No obstante, puede pedir a la Concejalía de Urbanismo y a la Servicios Sociales de su ayuntamiento que valoren la accesibilidad de la vivienda: si el municipio emite una orden de cambiar el ascensor, el casero se verá forzado a cumplirla. Pero evidentemente ello conllevará la correspondiente repercusión del coste a los inquilinos.
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23/09/2021 18:44
Buenas tardes, el edificio donde vivo, es todo del mismo dueño, la mayoría somos mayores, con minusvalías o enfermos, si le pedimos al propietario que baje el ascensor a cuota 0, nos puede subir el alquiler? gracias
23/09/2021 22:31
Como ya le he dicho en otro hilo tengo alguna duda, pero yo creo que se regula en el art. 112 LAU64, a cuyo tenor:
"1. La realización de obras de mejora autorizará al arrendador para elevar la renta cuando las efectúe de acuerdo con el respectivo inquilino o arrendatario, o de los tres quintos de éstos cuando se trate de obras de mejora comunes."
Es decir, que para empezar parece que no puede "pedirlo". Es necesario que este de acuerdo con el casero con lo cual todo depende de lo que quiera. Pero incluso si se hace de acuerdo, el casero podrá subirle la renta.
A ver si se pasa por aqui Hoplon o Grisolía y nos dan su opinión respecto al segundo punto, porque la legislación arrendaticia está muy liada y no estoy seguro 100% de que en la DT 2ª haya o deje de haber algún párrafo que establezca algo distinto a lo dicho en el citado art. 112 LAU64.
24/09/2021 10:06
Necesito saber la fecha exacta del contrato.

Por otra parte, si el ascensor no llega a la cota cero, es posible que sea porque no cabe, y no habrá más remedio que dejarlo como está hoy. Examine primero si lo que queiren es factible.
24/09/2021 10:17
Veo en otro hilo que el contrato es de 18-2-85.

Coincido con Leonjbr: es una mejora común y si lo solicitan los tres quintos de inquilinos se puede repercutir dicha mejora.

No todos los inquilinos serán de "renta antigua", a los demás se les aplicará el art. 19 LAU/94.

Examinen además la Ley 15/95 de 30 de mayo sobre eliminación de barreras arquitectónicas y el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social: es posible que estos textos, o las normas de su ayuntamiento, establezcan la obligatoriedad de rampas u otros accesos (yo no sé cómo es su edificio). Hay ayuda spúblicas para adaptar casas.
24/09/2021 10:21
No le alcanza, por poco, el "Decreto Boyer" de 30 de abril, a éstos no se les puede repercutir.
24/09/2021 21:02
Muchas gracias a todos, hay sitio suficiente para poner el ascensor a cota 0, mi contrato es del 18/2/85, aquí aun hay gente que lleva mas tiempo que yo, personalmente tengo una minusvalía del 61%, pero mi vecina de enfrente, es mas joven y está postrada en una cama, porque no puede su padre bajar las 5 escaleras que hay para llegar a la calle, pero su contrato es posterior al mio. No sé si solicitándolo él, nos podría cobrar igualmente a nosotros, es que ya somos pensionistas, no estamos para subidas de rentas, ya las tenemos actualizadas
25/09/2021 11:07
Al ser una casa de dueño único, no podemos recurrir a la Ley de Propiedad Horizontal, hay que conformarse con lo dicho: solicitud de tres quintos de los inquilinos.

Y es de temer que muchos no querrán firmar.

Podemos mirar el tema del ayuntamiento, pero si la casa ya tiene ascensor, y supongo que es de esos que salen en los descansillos entre pisos, no creo que el ayuntamiento obligue al dueño a poner otro.

No obstante, puede pedir a la Concejalía de Urbanismo y a la Servicios Sociales de su ayuntamiento que valoren la accesibilidad de la vivienda: si el municipio emite una orden de cambiar el ascensor, el casero se verá forzado a cumplirla. Pero evidentemente ello conllevará la correspondiente repercusión del coste a los inquilinos.