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ascensor/patio 2 comunidades

1 Comentarios
 
Ascensor/patio 2 comunidades
26/12/2006 09:33
Una comunidad de propietarios tiene un proyecto viable de ascensor y la mayoria legal necesaria para hacerlo.El proyecto es de embergadura porque al no tener hueco en el edificio quieren tirar las escaleras completamente y pasarlas al patio de luces (las acristalarian para no quitar luz al patio) y donde antes iban las escaleras poner el ascensor, esa es la mejor forma de hacerlo para que las paradas sean en los pisos y no entre piso y piso y puedan coger el ascensor desde la planta baja,, respetan todas las distancias y requisitos que el ayuntamiento exige y urbanismo no les pone ningun problema.

El problema es que comparten el patio por mitad con otra comunidad de vecinos y aunque dichas escaleras irian en su zona de patio y no invaden la mitad correspondiente a la otra comunidad no se atreven a ejecutar el proyecto porque temen que cualquier vecino de la otra comunidad pueda denunciarles via civil.

¿Tiene realmente derecho la comunidad vecina a parar este proyecto si se respetan las distancias de ventanas y las escaleras se ponen en la mitad de patio que les pertenece sin invadir el contrario?
Según urbanismo hay que dejar dos metros de luces rectas en ventanas lo cual se cumple de sobras,,¿cual seria el derecho que concularian a la comunidad contraria?¿hay alguna forma de darle la vuelta?


El problema es que no se atreven porque me comenta la presidenta que
26/12/2006 17:04
En principio y en la mayoría de los casos, un patio de luces compartido es en realidad dos patios distintos, de propiedades independientes, que se han puesto juntos para dar mayor amplitud, pero que deben cumplir la normativa por separado, y propiedades privadas distintas.
Imagínese que se derribara su edificio para construir uno nuevo. No tendría, a mi entender, obligación de respetar ese patio, y podría construir incluso hasta el límite de la propiedad. Incluso en el caso de que no hubiera la distancia mínima con las ventanas del otro edificio, porque sería por culpa de la otra construcción, que sería la que incumpliría la legalidad.
Si es así, y dado que no da a la vía pública, entiendo que la comunidad tendría todo el derecho del mundo a modificar su edificio como mejor creyera.

Salvo que ese patio no sean dos propiedades distintas, sino que esté en algún régimen especial de copropiedad de las dos comunidades.
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Ascensor/patio 2 comunidades
26/12/2006 09:33
Una comunidad de propietarios tiene un proyecto viable de ascensor y la mayoria legal necesaria para hacerlo.El proyecto es de embergadura porque al no tener hueco en el edificio quieren tirar las escaleras completamente y pasarlas al patio de luces (las acristalarian para no quitar luz al patio) y donde antes iban las escaleras poner el ascensor, esa es la mejor forma de hacerlo para que las paradas sean en los pisos y no entre piso y piso y puedan coger el ascensor desde la planta baja,, respetan todas las distancias y requisitos que el ayuntamiento exige y urbanismo no les pone ningun problema.

El problema es que comparten el patio por mitad con otra comunidad de vecinos y aunque dichas escaleras irian en su zona de patio y no invaden la mitad correspondiente a la otra comunidad no se atreven a ejecutar el proyecto porque temen que cualquier vecino de la otra comunidad pueda denunciarles via civil.

¿Tiene realmente derecho la comunidad vecina a parar este proyecto si se respetan las distancias de ventanas y las escaleras se ponen en la mitad de patio que les pertenece sin invadir el contrario?
Según urbanismo hay que dejar dos metros de luces rectas en ventanas lo cual se cumple de sobras,,¿cual seria el derecho que concularian a la comunidad contraria?¿hay alguna forma de darle la vuelta?


El problema es que no se atreven porque me comenta la presidenta que
26/12/2006 17:04
En principio y en la mayoría de los casos, un patio de luces compartido es en realidad dos patios distintos, de propiedades independientes, que se han puesto juntos para dar mayor amplitud, pero que deben cumplir la normativa por separado, y propiedades privadas distintas.
Imagínese que se derribara su edificio para construir uno nuevo. No tendría, a mi entender, obligación de respetar ese patio, y podría construir incluso hasta el límite de la propiedad. Incluso en el caso de que no hubiera la distancia mínima con las ventanas del otro edificio, porque sería por culpa de la otra construcción, que sería la que incumpliría la legalidad.
Si es así, y dado que no da a la vía pública, entiendo que la comunidad tendría todo el derecho del mundo a modificar su edificio como mejor creyera.

Salvo que ese patio no sean dos propiedades distintas, sino que esté en algún régimen especial de copropiedad de las dos comunidades.