Me ha llegado un tema de juicio de faltas, y el cliente me pregunta si tiene que venir a juicio (me ha otorgado poder amplio para allanarme, conformarme y demás). El tema resulta desagradable para el y no quiere cruzarse con el denunciante. Tengo pensado conformarme, de ahi mi pregunta de si tiene q venir mi cliente a ratificar la confirmacion o como tengo poder amplio, no es necesario. Otra cosa, aunque vaya asistido por letrado no es necesario q vaya procurador verdad?
Hola jakek, El juicio podrá celebrarse en ausencia del denunciado, lo que lógicamente dificulta mucho su defensa, pero para prestar su conformidad, entiendo que debe presentarse el. Un saludo,