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asociacion ilicita

2 Comentarios
 
28/11/2010 20:26
En Código Penal Peruano Publicado en el año 1991 en el Art. 317 señala:
El que forma parte de una agrupación de dos o más personas destinada a cometer delito.

Modificatoria en el año 2004 artículo 317 Código Penal peruano, señala:

El que forma parte de una organización de dos o mas personas destinada a cometer delitos será reprimido por el sólo hecho de ser miembro de la misma

En libros, revistas y periódicos, mucho se ha comentado respecto al delito de "Asociación Ilícita para delinquir"

Órganos, jurisdicciones, llámese jueces penales, salas penales de Corte Superiores y Salas penales de la Corte Suprema, denominan al delito previsto y penado por el art. 317 del C. P. " Asociación Ilícita". Con esta denominación se han abierto procesos, juzgado y condenado

Los especialistas en la materia tienen la palabra para esclarecer si en el texto original o sus modificaciones se encuentra previsto y penado el mencionado delito


http://agrupacionilcitaparadelinquir.blogspot.com/
21/04/2010 17:02
Artículo 515.

Son punibles las asociaciones ilícitas, teniendo tal consideración:

Las que tengan por objeto cometer algún delito o, después de constituidas, promuevan su comisión, así como las que tengan por objeto cometer o promover la comisión de faltas de forma organizada, coordinada y reiterada.

Las bandas armadas, organizaciones o grupos terroristas.

Las que, aun teniendo por objeto un fin lícito, empleen medios violentos o de alteración o control de la personalidad para su consecución.

Las organizaciones de carácter paramilitar.

Las que promuevan la discriminación, el odio o la violencia contra personas, grupos o asociaciones por razón de su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros o de alguno de ellos a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía, o inciten a ello.

Asociacion ilicita
20/04/2010 19:33
Cuando se considera asociacion ilicita?

A ver si alguien da una respuesta clara,no encuentro nada,gracias un saludo
asociacion ilicita | PorticoLegal
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asociacion ilicita

2 Comentarios
 
28/11/2010 20:26
En Código Penal Peruano Publicado en el año 1991 en el Art. 317 señala:
El que forma parte de una agrupación de dos o más personas destinada a cometer delito.

Modificatoria en el año 2004 artículo 317 Código Penal peruano, señala:

El que forma parte de una organización de dos o mas personas destinada a cometer delitos será reprimido por el sólo hecho de ser miembro de la misma

En libros, revistas y periódicos, mucho se ha comentado respecto al delito de "Asociación Ilícita para delinquir"

Órganos, jurisdicciones, llámese jueces penales, salas penales de Corte Superiores y Salas penales de la Corte Suprema, denominan al delito previsto y penado por el art. 317 del C. P. " Asociación Ilícita". Con esta denominación se han abierto procesos, juzgado y condenado

Los especialistas en la materia tienen la palabra para esclarecer si en el texto original o sus modificaciones se encuentra previsto y penado el mencionado delito


http://agrupacionilcitaparadelinquir.blogspot.com/
21/04/2010 17:02
Artículo 515.

Son punibles las asociaciones ilícitas, teniendo tal consideración:

Las que tengan por objeto cometer algún delito o, después de constituidas, promuevan su comisión, así como las que tengan por objeto cometer o promover la comisión de faltas de forma organizada, coordinada y reiterada.

Las bandas armadas, organizaciones o grupos terroristas.

Las que, aun teniendo por objeto un fin lícito, empleen medios violentos o de alteración o control de la personalidad para su consecución.

Las organizaciones de carácter paramilitar.

Las que promuevan la discriminación, el odio o la violencia contra personas, grupos o asociaciones por razón de su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros o de alguno de ellos a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía, o inciten a ello.

Asociacion ilicita
20/04/2010 19:33
Cuando se considera asociacion ilicita?

A ver si alguien da una respuesta clara,no encuentro nada,gracias un saludo