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Aticos-Trastero GAlapagar

28 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 28 comentarios
Aticos-trastero galapagar
18/05/2004 10:47
Hola, necesito vuestra ayuda, hace un par de meses firme un contrato de arras por una vivienda en Galapagar. Su denominación es de trastero estudio, ytanto la inmobiliaria como el vendedor me dijeron q era solo la denominacion, q no me preocupara. La naturaleza de la finca en la nota simple era vivienda, y en otra nota otra urbana., Cuando me tasaron me dijeron q no era una vivienda sino un trastero, entonces pedi el dinero de las arras por incumplimiento de contrato, ya que siempre me lo vendieron como vivienda, ellos viven alli, y al ir al ayto. y solicitar licencia de 1ª ocupacion, no me la conceden. Se niegan a devolverme el dinero, y creo q tngo q ir a juicio, q he de hacer?? Gracias por vuestra ayuda por anticipado. Un saludo
25/05/2004 00:41
Si has firmado un contrato de arras que estipula que lo que compras es un trastero y no una vivienda no puedes alegar desconocimiento.
Lo que compras es la propiedad o el uso exclusivo? a veces los trasteros en atico constituyen la bajocubierta (la zona bajo el tejado) que es elemento comun y no se puede vender la propiedad sino solo el uso. Cuantos metros tiene?,,si pudieras en ultimo caso legalizarlo como vivienda necesitas a parte del consentimiento de la comunidad que tenga construidos un minimo de metros, creo que 37m2.
Consulta con un abogado experto en temas urbanisticos.
25/05/2004 12:32
Gracias por responder Matrix, te cuento. El trastero estudio es de 80 m2. Yo lo que firme en las arras es un trastero estudio, no un trastero, que fue lo que nos confundio, ya que a su vez, nos vendian un trastero, cuya denominacion era trastero a secas. No es posible legalizarlo, ya que el ayto. de Galapagar por ahora no se lo plantea. En el escrito que nos facilito cuando pedimos la licencia de 1ª ocupacion fue que aunq de hecho son viviendas de derecho son trastero, por eso creo q se produjo un engaño en toda regla. Ya estamos con el abogado y el nos dice q llevamos la razon ya que entre otras cosas a nosotros nos vendieron un atico, que es lo q pone en las arras, y ellos vivian alli, pagan su comunidad como un vecino mas, su IBI con calificativo V, tienen suministros, incluso en su moemnto lo hipotecaron como vivienda, por eso lo compramos, sin conocer la realidad hasta q nos lo tasaron a nosotros. Nos han informado q es un chanchullo muy comun, y q depende de la tasadora, en fins q es un problema pero q lucharemos por recuperar nuestras arras, pq nunca nos dijeron la verdad, y nos sentimos engañados y robados, pq no seria mas normal q nos devolvieran el dinero de las arras si nos venden algo para vivir donde no es legal?? Ademas lo venden a precio d vivienda y no d trastero, en fin q espero q alguien si puede ayudarnos con algun dato lo haga. Gracias
07/03/2005 16:35
hola sergio,

A mi me ha ocurrido lo mismo que te sucedió a tí. Lo malo es que nosotros compramos el ático directamente, sin contrato de arras inicial, en el 2000. Lo tasaron a precio vivienda, pero ahora lo queremos vender y no lo tasan así. ¿Pudiste solucionar el tema? Sería de gran ayuda saber si pudiste lograrlo y cómo.
Muchas gracias
16/03/2006 12:53
Hola...
Soy otra nueva víctima... salvo que a mi la tasación me salió perfectamente (incluso mas que el precio de compra), pero ahora cuando ya está todo listo el banco ha paralizado el proceso por que alega que es un trastero... aunque tienen escrituras como vivienda, pagan el IBI como vivienda, etc... en fin, si alguien sabe como salir de este lío o me puede facilitar un contacto de un abogado os lo agradezco.
Un saludo
17/03/2006 15:52
Podriais decir si vuestros aticos/trasteros tienen enteros en la comunidad?,,es decir,,os venden la propiedad o el uso exclusivo,,porque si se trata de la bajocubierta/tejado del edificio en muchos casos solo se tiene el uso exclusivo porque la titularidad es de la comunidad al ser el tejado un elemento comun y entonces lo problemas serian mayores ya que no se considerarían habitables.

Si no tienen enteros la propiedad es de la comunidad y cuando fuerais a hacer obras en el mismo la comunidad os podria denunciar.
22/03/2006 09:46
Hola... la verdad es que ahora si que me he hecho un lío... ¿cómo puedo saber si lo que estoy comprando es la propiedad o el uso exclusivo?, ya que si se lo pregunto a los vendedores me van a decir lo que yo quiera oir... y perdona mi ignorancia, pero es que soy nueva en estos temas!!...
Gracias
23/03/2006 09:07
Para saber si es en propiedad o en uso exclusivo tienes que mirar primero las escrituras del piso,,ver si tiene enteros,,y luego los estatutos de la comunidad,,alli tambien vendra reflejado si es titularidad tuya o se trata de un elemento comun de uso exclusivo.
Los edificios tienen 100 enteros o partes,y a cada piso o local se le otorga unos enteros,,si en la escritura ves que el piso/trastero tiene enteros entonces es en propiedad,tambien pondra en los estatutos de que se trata si es un piso o es un trastero no habitable,,los estatutos y copias simples de las escrituras los puedes pedir en el registro de la propiedad de tu ciudad,,es un tramite rapido y sencillo.
23/03/2006 15:25
Hola... no se si te refieres a esto... pero en la nota simple del ático veo que la Cuota de la División Horizontal es de 4,31000000.... será eso?
Gracias
27/03/2006 15:03
Alguien sabe si lo que astra00 dice sobre los enteros se refiere a la cuota de la división horizontal?

Gracias
01/04/2006 20:44
En mi caso hemos detectado esta irregularidad como propietarios y despues de que no sospecharamos nada despues de cinco años al tasarlo para una hipoteca puente para la compra de otra vivienda , echandonos para atras toda la operacion. Hablé directamente con el tasador y se refugia en no se que control del Banco de España a todas las sociedades de Tasacion . Mi pregunta es si teneis constancia de que haya tasadoras que entren a tasar como vivienda y de que entidades , os adelanto que La Caixa de Galapagar se niega.
Yo tambien me juego perder una señal pero en este caso no para adquirirlo sino para salir de él.
Me da la impresion de que tiene que haber muchos mas afectados , así que agradecería a todos vosotros que si averiguais como salir de este lio lo compartais en este foro ,yo si lo logro prometo hacerlo.....
09/02/2007 12:51
Hola mi comunicad tiene un problema con un atico, lo que es terraza a calado al vecino de abajo y no sabemos quien es el que tiene que repararlo si el vecino del atico o la comunidad. agradeceria una contestacion.
23/09/2007 23:25
Hola, me gustaría saber si sabeis algo nuevo de este tema. Me han ofrecido comprar un ático de este tipo (trastero) y las cosas no las ponen muy bonitas.

Gracias.
03/12/2008 13:50
Buenas
Pues yo tambien adquiri un atico en galapagar ya hace unos años y me gustaria saber si se puede cambiar la denaminacion del trastero estudio por vivienda.
03/12/2008 19:42
Veo que el problema es salvando las distancias como cuando en una zona rural se hace una nave de aperos y:

- de hecho es una vivienda
- de derecho es una nave de aperos

¿Creo que habría que preguntarle al Excmo. Ayto. si ha cobrado por el hecho o por el derecho?. Si se puede acreditar que ha cobrado por el hecho, a lo mejor el Excmo. Ayto se pone las pilas a solucionar el problema (ver licencia de 1ª ocupación), porque no se pueden descartar responsabilidades por su parte, lo siguiente es si algún Abogado especialista en Administrativo puede acudir en nuestra ayuda a ver si esto es correcto, ya que yo soy ingeniero y mi conocimiento es limitado en este tema.

Saludos y suerte,
04/12/2008 13:40
Lo que digo es que la licencia de 1ª ocupación suele ser:

TASA = COSTE REAL DEL INMUEBLE x 0,0522 %

El coste real del inmueble suele ir en función de los módulos mínimos de la Ordenanza Fiscal reguladora por expedición de licencias urbanísticas y/o de los precios mínimos editados por Colegio Oficial de Arquitectos y/o de los valores baremados en el Banco de Precios de la Construcción, etcétera.

Entonces si en el Excmo. Ayto. correspondiente me dan una licencia para ático-trastero o una licencia para nave de aperos, pero nosotros podemos demostrar que los precios que se han usado en el cálculo de la tasa son los de vivienda (más € para Excmo. Ayto. y la avaricia suele romper el saco), entonces a lo mejor se le puede presionar al Excmo. Ayto. correspondiente para que reconozca aquello por lo que efectivamente han cobrado y gracias a lo cual se han hecho con coches oficiales y han colocado a toda la familia, etcétera, etcétera.

Tanto más, si en su momento se les ocurrió realizar anejo a la Licencia de Obras (sumando € por lo efectivamente construido), por aquello que superara a nave de aperos o ático-trastero.

Saludos,

04/12/2008 14:35
Dunks, no creo que nadie aquí te pueda decir si se puede o nó hacer lo que quieres, depende de circunstancias que desconocemos.

Deberías informarte en el ayuntamiento, si el edificio donde tienes el ático, tiene agotada la habitabilidad permitida por el PGOU para la parcela donde esté ubicado.

Si es así, legalmente no se puede autorizar el cambio de uso, sin embargo si su habitabilidad no está agotada, sí se podría permitir siempre y cuando reúna las condiciones urbanísticas necesarias para el uso pretendido, altura, ventilación, etc.

Como supongo ya debes saber, el cambio de uso se autoriza mediante licencia municipal, que deberás solicitar y lo procedente es que te pidan un proyectito o que gire una visita un técnico municipal por tu casa, con el objeto de verificar las condiciones actuales de habitabilidad del trastero, con indicación, si fuese preciso, de las obras de adaptación que hubiese que hacer para poder autorizar el cambio de uso solicitado.

Posteriormente deberás solicitar licencia de 1ª ocupación y/o de habitabilidad. Y ten en cuenta que para obtener esas licencias deberás pasar por taquilla.

Un saludo.
04/12/2008 19:38
Una cosa más.

Si las tasadoras están tocando retirada. No será que pudieran tener responsabilidad subsidiaria o solidaria por las primeras tasaciones que emitieron (desconozco y sólo estoy especulando), en caso de que se haya producido un engaño al comprador. ¿Y pudiera tener también responsabilidad el Excmo. Ayto., ya que es evidente que sin su participación esto no habría podido ocurrir?.

Saludos,
05/12/2008 09:39
Muchas gracias por los comentarios.
Otra cosa, es posible que no tenga licencia de habitabilidad? como lo pudieron vender, Hay muchos aticos en la urbanizacion.
05/12/2008 09:41
Otra cosa en las escrituras viene con una denaminacion de Trastero/Estudio.
Aticos-Trastero GAlapagar | PorticoLegal
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Aticos-trastero galapagar
18/05/2004 10:47
Hola, necesito vuestra ayuda, hace un par de meses firme un contrato de arras por una vivienda en Galapagar. Su denominación es de trastero estudio, ytanto la inmobiliaria como el vendedor me dijeron q era solo la denominacion, q no me preocupara. La naturaleza de la finca en la nota simple era vivienda, y en otra nota otra urbana., Cuando me tasaron me dijeron q no era una vivienda sino un trastero, entonces pedi el dinero de las arras por incumplimiento de contrato, ya que siempre me lo vendieron como vivienda, ellos viven alli, y al ir al ayto. y solicitar licencia de 1ª ocupacion, no me la conceden. Se niegan a devolverme el dinero, y creo q tngo q ir a juicio, q he de hacer?? Gracias por vuestra ayuda por anticipado. Un saludo
25/05/2004 00:41
Si has firmado un contrato de arras que estipula que lo que compras es un trastero y no una vivienda no puedes alegar desconocimiento.
Lo que compras es la propiedad o el uso exclusivo? a veces los trasteros en atico constituyen la bajocubierta (la zona bajo el tejado) que es elemento comun y no se puede vender la propiedad sino solo el uso. Cuantos metros tiene?,,si pudieras en ultimo caso legalizarlo como vivienda necesitas a parte del consentimiento de la comunidad que tenga construidos un minimo de metros, creo que 37m2.
Consulta con un abogado experto en temas urbanisticos.
25/05/2004 12:32
Gracias por responder Matrix, te cuento. El trastero estudio es de 80 m2. Yo lo que firme en las arras es un trastero estudio, no un trastero, que fue lo que nos confundio, ya que a su vez, nos vendian un trastero, cuya denominacion era trastero a secas. No es posible legalizarlo, ya que el ayto. de Galapagar por ahora no se lo plantea. En el escrito que nos facilito cuando pedimos la licencia de 1ª ocupacion fue que aunq de hecho son viviendas de derecho son trastero, por eso creo q se produjo un engaño en toda regla. Ya estamos con el abogado y el nos dice q llevamos la razon ya que entre otras cosas a nosotros nos vendieron un atico, que es lo q pone en las arras, y ellos vivian alli, pagan su comunidad como un vecino mas, su IBI con calificativo V, tienen suministros, incluso en su moemnto lo hipotecaron como vivienda, por eso lo compramos, sin conocer la realidad hasta q nos lo tasaron a nosotros. Nos han informado q es un chanchullo muy comun, y q depende de la tasadora, en fins q es un problema pero q lucharemos por recuperar nuestras arras, pq nunca nos dijeron la verdad, y nos sentimos engañados y robados, pq no seria mas normal q nos devolvieran el dinero de las arras si nos venden algo para vivir donde no es legal?? Ademas lo venden a precio d vivienda y no d trastero, en fin q espero q alguien si puede ayudarnos con algun dato lo haga. Gracias
07/03/2005 16:35
hola sergio,

A mi me ha ocurrido lo mismo que te sucedió a tí. Lo malo es que nosotros compramos el ático directamente, sin contrato de arras inicial, en el 2000. Lo tasaron a precio vivienda, pero ahora lo queremos vender y no lo tasan así. ¿Pudiste solucionar el tema? Sería de gran ayuda saber si pudiste lograrlo y cómo.
Muchas gracias
16/03/2006 12:53
Hola...
Soy otra nueva víctima... salvo que a mi la tasación me salió perfectamente (incluso mas que el precio de compra), pero ahora cuando ya está todo listo el banco ha paralizado el proceso por que alega que es un trastero... aunque tienen escrituras como vivienda, pagan el IBI como vivienda, etc... en fin, si alguien sabe como salir de este lío o me puede facilitar un contacto de un abogado os lo agradezco.
Un saludo
17/03/2006 15:52
Podriais decir si vuestros aticos/trasteros tienen enteros en la comunidad?,,es decir,,os venden la propiedad o el uso exclusivo,,porque si se trata de la bajocubierta/tejado del edificio en muchos casos solo se tiene el uso exclusivo porque la titularidad es de la comunidad al ser el tejado un elemento comun y entonces lo problemas serian mayores ya que no se considerarían habitables.

Si no tienen enteros la propiedad es de la comunidad y cuando fuerais a hacer obras en el mismo la comunidad os podria denunciar.
22/03/2006 09:46
Hola... la verdad es que ahora si que me he hecho un lío... ¿cómo puedo saber si lo que estoy comprando es la propiedad o el uso exclusivo?, ya que si se lo pregunto a los vendedores me van a decir lo que yo quiera oir... y perdona mi ignorancia, pero es que soy nueva en estos temas!!...
Gracias
23/03/2006 09:07
Para saber si es en propiedad o en uso exclusivo tienes que mirar primero las escrituras del piso,,ver si tiene enteros,,y luego los estatutos de la comunidad,,alli tambien vendra reflejado si es titularidad tuya o se trata de un elemento comun de uso exclusivo.
Los edificios tienen 100 enteros o partes,y a cada piso o local se le otorga unos enteros,,si en la escritura ves que el piso/trastero tiene enteros entonces es en propiedad,tambien pondra en los estatutos de que se trata si es un piso o es un trastero no habitable,,los estatutos y copias simples de las escrituras los puedes pedir en el registro de la propiedad de tu ciudad,,es un tramite rapido y sencillo.
23/03/2006 15:25
Hola... no se si te refieres a esto... pero en la nota simple del ático veo que la Cuota de la División Horizontal es de 4,31000000.... será eso?
Gracias
27/03/2006 15:03
Alguien sabe si lo que astra00 dice sobre los enteros se refiere a la cuota de la división horizontal?

Gracias
01/04/2006 20:44
En mi caso hemos detectado esta irregularidad como propietarios y despues de que no sospecharamos nada despues de cinco años al tasarlo para una hipoteca puente para la compra de otra vivienda , echandonos para atras toda la operacion. Hablé directamente con el tasador y se refugia en no se que control del Banco de España a todas las sociedades de Tasacion . Mi pregunta es si teneis constancia de que haya tasadoras que entren a tasar como vivienda y de que entidades , os adelanto que La Caixa de Galapagar se niega.
Yo tambien me juego perder una señal pero en este caso no para adquirirlo sino para salir de él.
Me da la impresion de que tiene que haber muchos mas afectados , así que agradecería a todos vosotros que si averiguais como salir de este lio lo compartais en este foro ,yo si lo logro prometo hacerlo.....
09/02/2007 12:51
Hola mi comunicad tiene un problema con un atico, lo que es terraza a calado al vecino de abajo y no sabemos quien es el que tiene que repararlo si el vecino del atico o la comunidad. agradeceria una contestacion.
23/09/2007 23:25
Hola, me gustaría saber si sabeis algo nuevo de este tema. Me han ofrecido comprar un ático de este tipo (trastero) y las cosas no las ponen muy bonitas.

Gracias.
03/12/2008 13:50
Buenas
Pues yo tambien adquiri un atico en galapagar ya hace unos años y me gustaria saber si se puede cambiar la denaminacion del trastero estudio por vivienda.
03/12/2008 19:42
Veo que el problema es salvando las distancias como cuando en una zona rural se hace una nave de aperos y:

- de hecho es una vivienda
- de derecho es una nave de aperos

¿Creo que habría que preguntarle al Excmo. Ayto. si ha cobrado por el hecho o por el derecho?. Si se puede acreditar que ha cobrado por el hecho, a lo mejor el Excmo. Ayto se pone las pilas a solucionar el problema (ver licencia de 1ª ocupación), porque no se pueden descartar responsabilidades por su parte, lo siguiente es si algún Abogado especialista en Administrativo puede acudir en nuestra ayuda a ver si esto es correcto, ya que yo soy ingeniero y mi conocimiento es limitado en este tema.

Saludos y suerte,
04/12/2008 13:40
Lo que digo es que la licencia de 1ª ocupación suele ser:

TASA = COSTE REAL DEL INMUEBLE x 0,0522 %

El coste real del inmueble suele ir en función de los módulos mínimos de la Ordenanza Fiscal reguladora por expedición de licencias urbanísticas y/o de los precios mínimos editados por Colegio Oficial de Arquitectos y/o de los valores baremados en el Banco de Precios de la Construcción, etcétera.

Entonces si en el Excmo. Ayto. correspondiente me dan una licencia para ático-trastero o una licencia para nave de aperos, pero nosotros podemos demostrar que los precios que se han usado en el cálculo de la tasa son los de vivienda (más € para Excmo. Ayto. y la avaricia suele romper el saco), entonces a lo mejor se le puede presionar al Excmo. Ayto. correspondiente para que reconozca aquello por lo que efectivamente han cobrado y gracias a lo cual se han hecho con coches oficiales y han colocado a toda la familia, etcétera, etcétera.

Tanto más, si en su momento se les ocurrió realizar anejo a la Licencia de Obras (sumando € por lo efectivamente construido), por aquello que superara a nave de aperos o ático-trastero.

Saludos,

04/12/2008 14:35
Dunks, no creo que nadie aquí te pueda decir si se puede o nó hacer lo que quieres, depende de circunstancias que desconocemos.

Deberías informarte en el ayuntamiento, si el edificio donde tienes el ático, tiene agotada la habitabilidad permitida por el PGOU para la parcela donde esté ubicado.

Si es así, legalmente no se puede autorizar el cambio de uso, sin embargo si su habitabilidad no está agotada, sí se podría permitir siempre y cuando reúna las condiciones urbanísticas necesarias para el uso pretendido, altura, ventilación, etc.

Como supongo ya debes saber, el cambio de uso se autoriza mediante licencia municipal, que deberás solicitar y lo procedente es que te pidan un proyectito o que gire una visita un técnico municipal por tu casa, con el objeto de verificar las condiciones actuales de habitabilidad del trastero, con indicación, si fuese preciso, de las obras de adaptación que hubiese que hacer para poder autorizar el cambio de uso solicitado.

Posteriormente deberás solicitar licencia de 1ª ocupación y/o de habitabilidad. Y ten en cuenta que para obtener esas licencias deberás pasar por taquilla.

Un saludo.
04/12/2008 19:38
Una cosa más.

Si las tasadoras están tocando retirada. No será que pudieran tener responsabilidad subsidiaria o solidaria por las primeras tasaciones que emitieron (desconozco y sólo estoy especulando), en caso de que se haya producido un engaño al comprador. ¿Y pudiera tener también responsabilidad el Excmo. Ayto., ya que es evidente que sin su participación esto no habría podido ocurrir?.

Saludos,
05/12/2008 09:39
Muchas gracias por los comentarios.
Otra cosa, es posible que no tenga licencia de habitabilidad? como lo pudieron vender, Hay muchos aticos en la urbanizacion.
05/12/2008 09:41
Otra cosa en las escrituras viene con una denaminacion de Trastero/Estudio.