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Aticos-Trastero GAlapagar

28 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 28 comentarios
10/11/2010 11:40
buenas Alsori

Estoy interesado en el tema de el cambio de uso de los trastero estudio
no encuentro nada relacionado con el tema en la web de ayuntamiento
Tu sabes algo más

Saludos
02/11/2009 18:52
7)- De todo ello ha sido conocedor el Ayto., y jamás ha llevado a cabo la labor que la Ley le confiere, de "policía urbanísitica"; y además:
- hay cientos de personas empadronadas en esos "trasteros";
- seguramente se han ido pidiendo licencias para obras menores para los mismos a lo largo de estos años;
- cuando se urbanizan zonas nuevas, o se construye en suelo urbano, se tiene que "contar" con, por ejemplo, la cantidad de kw que van a ser necesarios suministrar a esas nuevas viviendas, y planificar las centrales de transformación de media y baja tensión, etc..., y de todo ello es conocedor el Ayto. (No se consume lo mismo en un trastero, que en una vivienda, y os aseguro que en esos "trasteros" hay agua, luz, gas, teléfono....sin problema. Por cierto, que esa es otra: ¿cómo hemos podido contratar con todas esas compañías, sin la previa presentación de nuestra licencia de 1ª ocupación? Pq es preceptiva para la contratación de nuevo suministro...Aún me lo pregunto...Aquí está metido en el "follón hasta el Tato", si me permitís la expresión...)
- Los IBIs......

8)- Hasta hace unos años, hasta que "estalló" la burbuja inmobiliaria, las tasadoras (de los bancos...) valoraban esos "Áticos" como si de viviendas se trataran. Era una época en la que todo se vendía en cuestión de días, y había más demanda que oferta, si me apuras... Ahora ya no...
Y las tasadoras desde hace unos añitos, valoran como trasteros...con lo cual, un inmueble que tú compraste por 100 (es un decir), ahora te lo tasan en 15. Y peor es cuando esos inmuebles son embargados, y tienen que salir a pública subasta....

9) Lo más impostante de mi largo mensaje (pido disculpas...): están tramitando un nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) en el municipio, y el Avance del mismo se encuentra en exposición pública en el Ayuntamiento, hasta el 5 de diciembre. En la web del Ayto. de Galapagar vienen colgados todos los documentos relativos al Avance de ese PGOU:

http://www.ayuntamientodegalapagar.com/


A dicho Avance, todo el mundo puede presentar SUGERENCIAS (hasta el 5-dic), que luego el Ayuntamiento ha de tener en consideración, para, digamos, terminar de elaborar el PGOU que, tras una serie más de trámites, acabará aprobándose definitivamente por la Comunidad de Madrid.

Me han comunicado desde la Concejalía de urbanismo, que el tema de los áticos es uno de los que pretenden solucionar con este nuevo PGOU, y que, para que lo puedan tener en cuenta, lo conveniente es que los propietarios interesados, presenten una SUGERENCIA en el sentido de que se determine que se permita el uso vivienda bajo cubierta no sólo a buhardillas vinculadas, sino a todas, al menos en el actual suelo urbano consolidado, y así podamos legalizar esta situación.
En la web del Ayto. de Galapagar vienen colgados todos los documentos relativos al avance de ese PGOU.

Si necesitasis alguna aclaración, no dudeis en preguntarme.
Además, la "Plataforma de Vecinos de Galapagar" tiene gran conocimiento de este tema, y han estado atendiendo muy amablemente a mis preguntas en relación a este tema. Su web es:

http://www.plataformagalapagar.com/

Un saludo y suerte!!!
02/11/2009 18:51
Hola a todos, en relación a la problemática de los cientos de "áticos-trasteros" que hay en Galapagar, sin licencia de 1ª ocupación, comentaros lo siguiente:

1)- hasta donde yo se, la normativa urbanísitica aún vigente en Galapagar (Normas subsidiarias), sólo permite el uso vivienda bajo cubierta (es decir , áticos), cuando esos áticos están vinculados a una vivienda en un piso situado inmediatamente debajo (es decir, cuando al ático se accede desde una escalera que lo conecta al piso inferior. Como es el caso de los dúplex). POr ello no es posible solicitar la "licencia de habitabilidad".

2)- Durante muchos años, de manera, podríamos decir, al menos "cuestionable", muchos promotores
han constuído edificios en Galapagar, haciendo efectiva la totalidad de edificabilidad en vivienda otorgada por las normas urbanísticas. En las partes superiores de esos edificios, en los Proyectos de obras presentados al Ayuntamiento, no había proyectadas viviendas sino trasteros. Una vez terminadas las obras, tras la inspección técnica del Ayto, éste concedía licencia de 1ª ocupación a todas las viviendas. Pero obviamente, no a los trasteros.... Y tras esa inspección del Ayto, con su consecuente concesión de la lic. de 1ª ocupación, los promotores ya acondicionaban esos "trasteros" y los converían en viviendas de hecho...

3)- Creo que cuando los promotores procedieron a la venta de esos áticos (supuestamente para "no pillarse las manos" tanto en NOtaría, como en el Registro de la Propiedad), a la hora de escriturar a favor de los compradores, en la descripción que se hacía de esos inmuebles, se ponía, como regla general (hasta donde yo conozco, y supuestamente, repito) ÁTICO-TRASTERO....

4)- Esos "áticos-trasteros" lo son en propiedad, en pleno dominio; tienen un coeficiente de participación en la comunidad de propietarios, como cualquier otra vivienda.

5)- Doy fe que una inmobiliaria, y un Notario después, a la pregunta de un comprador de "¿y esto que significa?" la respuesta fue "no se preocupe, un mero formalismo"....

6)- Doy fe también de que a lo largo de los años, la descripción de los mismos en el Registro de la Propiedad ha ido variando sin más: el mismo inmueble unas veces aparecía como Atico-trastero, otras como ESTUDIO-TRASTERO, otras como VIVIENDA....No tengo palabras...porque jurídicamente no se puede variar absolutamente nada de una inscripción registral, si no es mediante la inscripción de una nueva Escritura, hecho que no ha tenido lugar en este caso en concreto, ni en otros que conozco de 1ª mano...

(SIGO EN EL SIGUIENTE POST)
08/12/2008 08:16
Creo que tu consulta está contestada en mi post anterior.

Un saludo.
06/12/2008 17:45
hola a todos necesito un SOS, hace dos años compramos un piso con bajocubierta en un edificio multifamiliar con 12 vecinos. el caso es que la buhardilla estaba cerrada y en bruto pero con todas las tomas preparadas de luz , tubos calefaccion, agua , desague, antena tv para que posteriormente pudieramos abrir el hueco del falso techo de escayola en el salon y hacer la obra, por supuesto pagando mas por este "uso exclusivo del hueco" segun mencionan las escrituras y los estatuos, pues bien el tema es que hemos tenido cantidad de problemas con la promotora por humedades en el tejado pues no existe ninguna placa por debajo de la teja(aunque en el proyecto de ejecucion del edificio aparecia) y nos ha ocasionado muchas humedades y nos amenzan que si les denunciamos ellos nos denuncian a nosotros por tener habilitadas las buhardillas, mi pregunta es si alguien ha tenido un caso parecido y que podemos hacer ya que el coeficiente de edificabilidad esta cubierto y no se si arriesgarme e ir a al ayto y plantear la posibilidad de habilitarlo como trastero o si lo tenemos perdido, tambien si existe la opcion de conseguir un proyecto de obra dela buhardilla ya construida pero sin ningun tipo de velux , en fin estamos algo desesperados y no sabemos que hacer, a ver si alguien me puede echar un cable gracias
05/12/2008 20:28
Lo habitual en estos casos, que suelen ser muchos, es que esa dependencia permanezca tapiada hasta pasar la revisión de la administración.

Claro está que cuando se vende el apartamento, ese hueco, se utiliza de señuelo para hacer atractiva la venta, pero el que compra no se puede considerar engañado.

Lo dicho dunks, lo mejor es ir preguntando en el ayuntamiento.
05/12/2008 18:08
Estoy de acuerdo con usted y también estará de acuerdo conmigo en que pudiera ser que se están incumpliendo planes urbanísticos y para saltarsélos y cobrar más se ha metido como ático/trastero.

Un saludo,
05/12/2008 17:17
Si no tienen licencia de habitabilidad, la razón es muy sencilla, o bien el edificio o bien la vivienda a la que está vinculado el trastero tiene su habitabilidad agotada.
05/12/2008 10:52
Debe ser que en el Excmo. Ayto. y en el PGOU o NN.SS. vigentes en la fecha se admitía el uso urbanístico Trastero/Estudio, yo creo que el notario se ha cubierto las espaldas y no ha cometido errores. Buscad profesionales.

Saludos,
05/12/2008 09:41
Otra cosa en las escrituras viene con una denaminacion de Trastero/Estudio.
05/12/2008 09:39
Muchas gracias por los comentarios.
Otra cosa, es posible que no tenga licencia de habitabilidad? como lo pudieron vender, Hay muchos aticos en la urbanizacion.
04/12/2008 19:38
Una cosa más.

Si las tasadoras están tocando retirada. No será que pudieran tener responsabilidad subsidiaria o solidaria por las primeras tasaciones que emitieron (desconozco y sólo estoy especulando), en caso de que se haya producido un engaño al comprador. ¿Y pudiera tener también responsabilidad el Excmo. Ayto., ya que es evidente que sin su participación esto no habría podido ocurrir?.

Saludos,
04/12/2008 14:35
Dunks, no creo que nadie aquí te pueda decir si se puede o nó hacer lo que quieres, depende de circunstancias que desconocemos.

Deberías informarte en el ayuntamiento, si el edificio donde tienes el ático, tiene agotada la habitabilidad permitida por el PGOU para la parcela donde esté ubicado.

Si es así, legalmente no se puede autorizar el cambio de uso, sin embargo si su habitabilidad no está agotada, sí se podría permitir siempre y cuando reúna las condiciones urbanísticas necesarias para el uso pretendido, altura, ventilación, etc.

Como supongo ya debes saber, el cambio de uso se autoriza mediante licencia municipal, que deberás solicitar y lo procedente es que te pidan un proyectito o que gire una visita un técnico municipal por tu casa, con el objeto de verificar las condiciones actuales de habitabilidad del trastero, con indicación, si fuese preciso, de las obras de adaptación que hubiese que hacer para poder autorizar el cambio de uso solicitado.

Posteriormente deberás solicitar licencia de 1ª ocupación y/o de habitabilidad. Y ten en cuenta que para obtener esas licencias deberás pasar por taquilla.

Un saludo.
04/12/2008 13:40
Lo que digo es que la licencia de 1ª ocupación suele ser:

TASA = COSTE REAL DEL INMUEBLE x 0,0522 %

El coste real del inmueble suele ir en función de los módulos mínimos de la Ordenanza Fiscal reguladora por expedición de licencias urbanísticas y/o de los precios mínimos editados por Colegio Oficial de Arquitectos y/o de los valores baremados en el Banco de Precios de la Construcción, etcétera.

Entonces si en el Excmo. Ayto. correspondiente me dan una licencia para ático-trastero o una licencia para nave de aperos, pero nosotros podemos demostrar que los precios que se han usado en el cálculo de la tasa son los de vivienda (más € para Excmo. Ayto. y la avaricia suele romper el saco), entonces a lo mejor se le puede presionar al Excmo. Ayto. correspondiente para que reconozca aquello por lo que efectivamente han cobrado y gracias a lo cual se han hecho con coches oficiales y han colocado a toda la familia, etcétera, etcétera.

Tanto más, si en su momento se les ocurrió realizar anejo a la Licencia de Obras (sumando € por lo efectivamente construido), por aquello que superara a nave de aperos o ático-trastero.

Saludos,

03/12/2008 19:42
Veo que el problema es salvando las distancias como cuando en una zona rural se hace una nave de aperos y:

- de hecho es una vivienda
- de derecho es una nave de aperos

¿Creo que habría que preguntarle al Excmo. Ayto. si ha cobrado por el hecho o por el derecho?. Si se puede acreditar que ha cobrado por el hecho, a lo mejor el Excmo. Ayto se pone las pilas a solucionar el problema (ver licencia de 1ª ocupación), porque no se pueden descartar responsabilidades por su parte, lo siguiente es si algún Abogado especialista en Administrativo puede acudir en nuestra ayuda a ver si esto es correcto, ya que yo soy ingeniero y mi conocimiento es limitado en este tema.

Saludos y suerte,
03/12/2008 13:50
Buenas
Pues yo tambien adquiri un atico en galapagar ya hace unos años y me gustaria saber si se puede cambiar la denaminacion del trastero estudio por vivienda.
23/09/2007 23:25
Hola, me gustaría saber si sabeis algo nuevo de este tema. Me han ofrecido comprar un ático de este tipo (trastero) y las cosas no las ponen muy bonitas.

Gracias.
09/02/2007 12:51
Hola mi comunicad tiene un problema con un atico, lo que es terraza a calado al vecino de abajo y no sabemos quien es el que tiene que repararlo si el vecino del atico o la comunidad. agradeceria una contestacion.
01/04/2006 20:44
En mi caso hemos detectado esta irregularidad como propietarios y despues de que no sospecharamos nada despues de cinco años al tasarlo para una hipoteca puente para la compra de otra vivienda , echandonos para atras toda la operacion. Hablé directamente con el tasador y se refugia en no se que control del Banco de España a todas las sociedades de Tasacion . Mi pregunta es si teneis constancia de que haya tasadoras que entren a tasar como vivienda y de que entidades , os adelanto que La Caixa de Galapagar se niega.
Yo tambien me juego perder una señal pero en este caso no para adquirirlo sino para salir de él.
Me da la impresion de que tiene que haber muchos mas afectados , así que agradecería a todos vosotros que si averiguais como salir de este lio lo compartais en este foro ,yo si lo logro prometo hacerlo.....
27/03/2006 15:03
Alguien sabe si lo que astra00 dice sobre los enteros se refiere a la cuota de la división horizontal?

Gracias
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28 Comentarios
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10/11/2010 11:40
buenas Alsori

Estoy interesado en el tema de el cambio de uso de los trastero estudio
no encuentro nada relacionado con el tema en la web de ayuntamiento
Tu sabes algo más

Saludos
02/11/2009 18:52
7)- De todo ello ha sido conocedor el Ayto., y jamás ha llevado a cabo la labor que la Ley le confiere, de "policía urbanísitica"; y además:
- hay cientos de personas empadronadas en esos "trasteros";
- seguramente se han ido pidiendo licencias para obras menores para los mismos a lo largo de estos años;
- cuando se urbanizan zonas nuevas, o se construye en suelo urbano, se tiene que "contar" con, por ejemplo, la cantidad de kw que van a ser necesarios suministrar a esas nuevas viviendas, y planificar las centrales de transformación de media y baja tensión, etc..., y de todo ello es conocedor el Ayto. (No se consume lo mismo en un trastero, que en una vivienda, y os aseguro que en esos "trasteros" hay agua, luz, gas, teléfono....sin problema. Por cierto, que esa es otra: ¿cómo hemos podido contratar con todas esas compañías, sin la previa presentación de nuestra licencia de 1ª ocupación? Pq es preceptiva para la contratación de nuevo suministro...Aún me lo pregunto...Aquí está metido en el "follón hasta el Tato", si me permitís la expresión...)
- Los IBIs......

8)- Hasta hace unos años, hasta que "estalló" la burbuja inmobiliaria, las tasadoras (de los bancos...) valoraban esos "Áticos" como si de viviendas se trataran. Era una época en la que todo se vendía en cuestión de días, y había más demanda que oferta, si me apuras... Ahora ya no...
Y las tasadoras desde hace unos añitos, valoran como trasteros...con lo cual, un inmueble que tú compraste por 100 (es un decir), ahora te lo tasan en 15. Y peor es cuando esos inmuebles son embargados, y tienen que salir a pública subasta....

9) Lo más impostante de mi largo mensaje (pido disculpas...): están tramitando un nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) en el municipio, y el Avance del mismo se encuentra en exposición pública en el Ayuntamiento, hasta el 5 de diciembre. En la web del Ayto. de Galapagar vienen colgados todos los documentos relativos al Avance de ese PGOU:

http://www.ayuntamientodegalapagar.com/


A dicho Avance, todo el mundo puede presentar SUGERENCIAS (hasta el 5-dic), que luego el Ayuntamiento ha de tener en consideración, para, digamos, terminar de elaborar el PGOU que, tras una serie más de trámites, acabará aprobándose definitivamente por la Comunidad de Madrid.

Me han comunicado desde la Concejalía de urbanismo, que el tema de los áticos es uno de los que pretenden solucionar con este nuevo PGOU, y que, para que lo puedan tener en cuenta, lo conveniente es que los propietarios interesados, presenten una SUGERENCIA en el sentido de que se determine que se permita el uso vivienda bajo cubierta no sólo a buhardillas vinculadas, sino a todas, al menos en el actual suelo urbano consolidado, y así podamos legalizar esta situación.
En la web del Ayto. de Galapagar vienen colgados todos los documentos relativos al avance de ese PGOU.

Si necesitasis alguna aclaración, no dudeis en preguntarme.
Además, la "Plataforma de Vecinos de Galapagar" tiene gran conocimiento de este tema, y han estado atendiendo muy amablemente a mis preguntas en relación a este tema. Su web es:

http://www.plataformagalapagar.com/

Un saludo y suerte!!!
02/11/2009 18:51
Hola a todos, en relación a la problemática de los cientos de "áticos-trasteros" que hay en Galapagar, sin licencia de 1ª ocupación, comentaros lo siguiente:

1)- hasta donde yo se, la normativa urbanísitica aún vigente en Galapagar (Normas subsidiarias), sólo permite el uso vivienda bajo cubierta (es decir , áticos), cuando esos áticos están vinculados a una vivienda en un piso situado inmediatamente debajo (es decir, cuando al ático se accede desde una escalera que lo conecta al piso inferior. Como es el caso de los dúplex). POr ello no es posible solicitar la "licencia de habitabilidad".

2)- Durante muchos años, de manera, podríamos decir, al menos "cuestionable", muchos promotores
han constuído edificios en Galapagar, haciendo efectiva la totalidad de edificabilidad en vivienda otorgada por las normas urbanísticas. En las partes superiores de esos edificios, en los Proyectos de obras presentados al Ayuntamiento, no había proyectadas viviendas sino trasteros. Una vez terminadas las obras, tras la inspección técnica del Ayto, éste concedía licencia de 1ª ocupación a todas las viviendas. Pero obviamente, no a los trasteros.... Y tras esa inspección del Ayto, con su consecuente concesión de la lic. de 1ª ocupación, los promotores ya acondicionaban esos "trasteros" y los converían en viviendas de hecho...

3)- Creo que cuando los promotores procedieron a la venta de esos áticos (supuestamente para "no pillarse las manos" tanto en NOtaría, como en el Registro de la Propiedad), a la hora de escriturar a favor de los compradores, en la descripción que se hacía de esos inmuebles, se ponía, como regla general (hasta donde yo conozco, y supuestamente, repito) ÁTICO-TRASTERO....

4)- Esos "áticos-trasteros" lo son en propiedad, en pleno dominio; tienen un coeficiente de participación en la comunidad de propietarios, como cualquier otra vivienda.

5)- Doy fe que una inmobiliaria, y un Notario después, a la pregunta de un comprador de "¿y esto que significa?" la respuesta fue "no se preocupe, un mero formalismo"....

6)- Doy fe también de que a lo largo de los años, la descripción de los mismos en el Registro de la Propiedad ha ido variando sin más: el mismo inmueble unas veces aparecía como Atico-trastero, otras como ESTUDIO-TRASTERO, otras como VIVIENDA....No tengo palabras...porque jurídicamente no se puede variar absolutamente nada de una inscripción registral, si no es mediante la inscripción de una nueva Escritura, hecho que no ha tenido lugar en este caso en concreto, ni en otros que conozco de 1ª mano...

(SIGO EN EL SIGUIENTE POST)
08/12/2008 08:16
Creo que tu consulta está contestada en mi post anterior.

Un saludo.
06/12/2008 17:45
hola a todos necesito un SOS, hace dos años compramos un piso con bajocubierta en un edificio multifamiliar con 12 vecinos. el caso es que la buhardilla estaba cerrada y en bruto pero con todas las tomas preparadas de luz , tubos calefaccion, agua , desague, antena tv para que posteriormente pudieramos abrir el hueco del falso techo de escayola en el salon y hacer la obra, por supuesto pagando mas por este "uso exclusivo del hueco" segun mencionan las escrituras y los estatuos, pues bien el tema es que hemos tenido cantidad de problemas con la promotora por humedades en el tejado pues no existe ninguna placa por debajo de la teja(aunque en el proyecto de ejecucion del edificio aparecia) y nos ha ocasionado muchas humedades y nos amenzan que si les denunciamos ellos nos denuncian a nosotros por tener habilitadas las buhardillas, mi pregunta es si alguien ha tenido un caso parecido y que podemos hacer ya que el coeficiente de edificabilidad esta cubierto y no se si arriesgarme e ir a al ayto y plantear la posibilidad de habilitarlo como trastero o si lo tenemos perdido, tambien si existe la opcion de conseguir un proyecto de obra dela buhardilla ya construida pero sin ningun tipo de velux , en fin estamos algo desesperados y no sabemos que hacer, a ver si alguien me puede echar un cable gracias
05/12/2008 20:28
Lo habitual en estos casos, que suelen ser muchos, es que esa dependencia permanezca tapiada hasta pasar la revisión de la administración.

Claro está que cuando se vende el apartamento, ese hueco, se utiliza de señuelo para hacer atractiva la venta, pero el que compra no se puede considerar engañado.

Lo dicho dunks, lo mejor es ir preguntando en el ayuntamiento.
05/12/2008 18:08
Estoy de acuerdo con usted y también estará de acuerdo conmigo en que pudiera ser que se están incumpliendo planes urbanísticos y para saltarsélos y cobrar más se ha metido como ático/trastero.

Un saludo,
05/12/2008 17:17
Si no tienen licencia de habitabilidad, la razón es muy sencilla, o bien el edificio o bien la vivienda a la que está vinculado el trastero tiene su habitabilidad agotada.
05/12/2008 10:52
Debe ser que en el Excmo. Ayto. y en el PGOU o NN.SS. vigentes en la fecha se admitía el uso urbanístico Trastero/Estudio, yo creo que el notario se ha cubierto las espaldas y no ha cometido errores. Buscad profesionales.

Saludos,
05/12/2008 09:41
Otra cosa en las escrituras viene con una denaminacion de Trastero/Estudio.
05/12/2008 09:39
Muchas gracias por los comentarios.
Otra cosa, es posible que no tenga licencia de habitabilidad? como lo pudieron vender, Hay muchos aticos en la urbanizacion.
04/12/2008 19:38
Una cosa más.

Si las tasadoras están tocando retirada. No será que pudieran tener responsabilidad subsidiaria o solidaria por las primeras tasaciones que emitieron (desconozco y sólo estoy especulando), en caso de que se haya producido un engaño al comprador. ¿Y pudiera tener también responsabilidad el Excmo. Ayto., ya que es evidente que sin su participación esto no habría podido ocurrir?.

Saludos,
04/12/2008 14:35
Dunks, no creo que nadie aquí te pueda decir si se puede o nó hacer lo que quieres, depende de circunstancias que desconocemos.

Deberías informarte en el ayuntamiento, si el edificio donde tienes el ático, tiene agotada la habitabilidad permitida por el PGOU para la parcela donde esté ubicado.

Si es así, legalmente no se puede autorizar el cambio de uso, sin embargo si su habitabilidad no está agotada, sí se podría permitir siempre y cuando reúna las condiciones urbanísticas necesarias para el uso pretendido, altura, ventilación, etc.

Como supongo ya debes saber, el cambio de uso se autoriza mediante licencia municipal, que deberás solicitar y lo procedente es que te pidan un proyectito o que gire una visita un técnico municipal por tu casa, con el objeto de verificar las condiciones actuales de habitabilidad del trastero, con indicación, si fuese preciso, de las obras de adaptación que hubiese que hacer para poder autorizar el cambio de uso solicitado.

Posteriormente deberás solicitar licencia de 1ª ocupación y/o de habitabilidad. Y ten en cuenta que para obtener esas licencias deberás pasar por taquilla.

Un saludo.
04/12/2008 13:40
Lo que digo es que la licencia de 1ª ocupación suele ser:

TASA = COSTE REAL DEL INMUEBLE x 0,0522 %

El coste real del inmueble suele ir en función de los módulos mínimos de la Ordenanza Fiscal reguladora por expedición de licencias urbanísticas y/o de los precios mínimos editados por Colegio Oficial de Arquitectos y/o de los valores baremados en el Banco de Precios de la Construcción, etcétera.

Entonces si en el Excmo. Ayto. correspondiente me dan una licencia para ático-trastero o una licencia para nave de aperos, pero nosotros podemos demostrar que los precios que se han usado en el cálculo de la tasa son los de vivienda (más € para Excmo. Ayto. y la avaricia suele romper el saco), entonces a lo mejor se le puede presionar al Excmo. Ayto. correspondiente para que reconozca aquello por lo que efectivamente han cobrado y gracias a lo cual se han hecho con coches oficiales y han colocado a toda la familia, etcétera, etcétera.

Tanto más, si en su momento se les ocurrió realizar anejo a la Licencia de Obras (sumando € por lo efectivamente construido), por aquello que superara a nave de aperos o ático-trastero.

Saludos,

03/12/2008 19:42
Veo que el problema es salvando las distancias como cuando en una zona rural se hace una nave de aperos y:

- de hecho es una vivienda
- de derecho es una nave de aperos

¿Creo que habría que preguntarle al Excmo. Ayto. si ha cobrado por el hecho o por el derecho?. Si se puede acreditar que ha cobrado por el hecho, a lo mejor el Excmo. Ayto se pone las pilas a solucionar el problema (ver licencia de 1ª ocupación), porque no se pueden descartar responsabilidades por su parte, lo siguiente es si algún Abogado especialista en Administrativo puede acudir en nuestra ayuda a ver si esto es correcto, ya que yo soy ingeniero y mi conocimiento es limitado en este tema.

Saludos y suerte,
03/12/2008 13:50
Buenas
Pues yo tambien adquiri un atico en galapagar ya hace unos años y me gustaria saber si se puede cambiar la denaminacion del trastero estudio por vivienda.
23/09/2007 23:25
Hola, me gustaría saber si sabeis algo nuevo de este tema. Me han ofrecido comprar un ático de este tipo (trastero) y las cosas no las ponen muy bonitas.

Gracias.
09/02/2007 12:51
Hola mi comunicad tiene un problema con un atico, lo que es terraza a calado al vecino de abajo y no sabemos quien es el que tiene que repararlo si el vecino del atico o la comunidad. agradeceria una contestacion.
01/04/2006 20:44
En mi caso hemos detectado esta irregularidad como propietarios y despues de que no sospecharamos nada despues de cinco años al tasarlo para una hipoteca puente para la compra de otra vivienda , echandonos para atras toda la operacion. Hablé directamente con el tasador y se refugia en no se que control del Banco de España a todas las sociedades de Tasacion . Mi pregunta es si teneis constancia de que haya tasadoras que entren a tasar como vivienda y de que entidades , os adelanto que La Caixa de Galapagar se niega.
Yo tambien me juego perder una señal pero en este caso no para adquirirlo sino para salir de él.
Me da la impresion de que tiene que haber muchos mas afectados , así que agradecería a todos vosotros que si averiguais como salir de este lio lo compartais en este foro ,yo si lo logro prometo hacerlo.....
27/03/2006 15:03
Alguien sabe si lo que astra00 dice sobre los enteros se refiere a la cuota de la división horizontal?

Gracias