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Atrasos sueldo después firma convenio

5 Comentarios
 
Atrasos sueldo después firma convenio
03/09/2019 20:30
Hola.
En abril de 2018 se terminó la vigencia del convenio del metal por el que se me paga, negociandose hasta abril de 2019 en el que se firmó pq llegaron a un acuerdo en el que, entre otros, se subía el sueldo en fracciones durante los 3 años en que estaba vigente de 2018 a 2021) y se debían pagar atrasos a los trabajadores . Han pasado ya 5 meses y mi empresa se hace la sueca, creo q han aplicado l subida este mes( tengo a confirmarlo) pero de atrasos nada de nada.
Mi pregunta es la siguiente: tienen un límite máximo de tiempo para incluir en la nómina dichos atrasos? Pueden evitar darlo en nómina? Le he preguntado a mi jefe( el dueño de la empresa) y me ha dicho que tiene que mirarlo y claro, si en 5 meses no lo ha hecho, miedo me da.
Por otro lado tengo un duda, firmó mi horario con hora de salida X y sigo trabajando, si me pasará algo, yo estaría cubierto como itinere o me puede acarrear algún problema en este sentido??
Gracias
03/09/2019 21:58
purs
Hola,
no entiendo bien los tiempos que hay que considerar los atrasos ya que hablas de 5 meses, pero el Convenio finalizó en abril 2018, es decir, han pasado 16 meses. ¿Cómo y desde cuándo comtempla el Convenio el punto de comienzo para pagar los atrasos?.
Las cantidades salariales debidas tienen un plazo de 12 meses para reclamarlas.
Referente a la hora de entrada/salida, sí, es muy importante registrar la misma de cara a cubrir un accidente in itinere. Recordar que el trayecto de casa al trabajo y viceversa, tiene que ser directo, sin desviaciones de esa ruta, si esto fuera así, se rompería el desplazamiento in Itínere como tal.
03/09/2019 22:28
purs
El convenio firmado es con carácter retroactivo con ámbito de aplicación desde que deja de tener vigor el otro, es decir abril de 2018. Tienen que pagarle atrasos desde esa fecha, pero la firma efectiva fue en abril de 2019.
03/09/2019 23:06
purs
Efectivamente sería así, pero en Convenio puede pactarse una fecha posterior dónde comienza a tener vigencia los atrasos, por ejemplo, a partir de enero 2019 u otra fecha, por eso preguntaba yo.
04/09/2019 08:21
purs
Sigo sin tener clara la respuesta de la pregunta inicial. Hay límite? .
"Mi pregunta es la siguiente: tienen un límite máximo de tiempo para incluir en la nómina dichos atrasos? Pueden evitar darlo en nómina? Le he preguntado a mi jefe( el dueño de la empresa) y me ha dicho que tiene que mirarlo y claro, si en 5 meses no lo ha hecho, miedo me da."
04/09/2019 12:11
purs
Hola!
Una vez publicado el nuevo convenio, tienen un mes para pagar los atrasos correspondientes.
Si ha pasado ese mes, ya puedes reclamarlos al juzgado de lo social.
Si su jefe , después de 5 meses, dice que ya lo mirará, es que no tiene ninguna intención de pagarlos, al revés, está dejando pasar el tiempo ya que para reclamar esa cantidad atrasada, tienes solamente 12 meses, si pasan, los pierdes.
Espero haberte ayudado, un saludo!!
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Atrasos sueldo después firma convenio
03/09/2019 20:30
Hola.
En abril de 2018 se terminó la vigencia del convenio del metal por el que se me paga, negociandose hasta abril de 2019 en el que se firmó pq llegaron a un acuerdo en el que, entre otros, se subía el sueldo en fracciones durante los 3 años en que estaba vigente de 2018 a 2021) y se debían pagar atrasos a los trabajadores . Han pasado ya 5 meses y mi empresa se hace la sueca, creo q han aplicado l subida este mes( tengo a confirmarlo) pero de atrasos nada de nada.
Mi pregunta es la siguiente: tienen un límite máximo de tiempo para incluir en la nómina dichos atrasos? Pueden evitar darlo en nómina? Le he preguntado a mi jefe( el dueño de la empresa) y me ha dicho que tiene que mirarlo y claro, si en 5 meses no lo ha hecho, miedo me da.
Por otro lado tengo un duda, firmó mi horario con hora de salida X y sigo trabajando, si me pasará algo, yo estaría cubierto como itinere o me puede acarrear algún problema en este sentido??
Gracias
03/09/2019 21:58
purs
Hola,
no entiendo bien los tiempos que hay que considerar los atrasos ya que hablas de 5 meses, pero el Convenio finalizó en abril 2018, es decir, han pasado 16 meses. ¿Cómo y desde cuándo comtempla el Convenio el punto de comienzo para pagar los atrasos?.
Las cantidades salariales debidas tienen un plazo de 12 meses para reclamarlas.
Referente a la hora de entrada/salida, sí, es muy importante registrar la misma de cara a cubrir un accidente in itinere. Recordar que el trayecto de casa al trabajo y viceversa, tiene que ser directo, sin desviaciones de esa ruta, si esto fuera así, se rompería el desplazamiento in Itínere como tal.
03/09/2019 22:28
purs
El convenio firmado es con carácter retroactivo con ámbito de aplicación desde que deja de tener vigor el otro, es decir abril de 2018. Tienen que pagarle atrasos desde esa fecha, pero la firma efectiva fue en abril de 2019.
03/09/2019 23:06
purs
Efectivamente sería así, pero en Convenio puede pactarse una fecha posterior dónde comienza a tener vigencia los atrasos, por ejemplo, a partir de enero 2019 u otra fecha, por eso preguntaba yo.
04/09/2019 08:21
purs
Sigo sin tener clara la respuesta de la pregunta inicial. Hay límite? .
"Mi pregunta es la siguiente: tienen un límite máximo de tiempo para incluir en la nómina dichos atrasos? Pueden evitar darlo en nómina? Le he preguntado a mi jefe( el dueño de la empresa) y me ha dicho que tiene que mirarlo y claro, si en 5 meses no lo ha hecho, miedo me da."
04/09/2019 12:11
purs
Hola!
Una vez publicado el nuevo convenio, tienen un mes para pagar los atrasos correspondientes.
Si ha pasado ese mes, ya puedes reclamarlos al juzgado de lo social.
Si su jefe , después de 5 meses, dice que ya lo mirará, es que no tiene ninguna intención de pagarlos, al revés, está dejando pasar el tiempo ya que para reclamar esa cantidad atrasada, tienes solamente 12 meses, si pasan, los pierdes.
Espero haberte ayudado, un saludo!!