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Aumento pensión hijos menores

13 Comentarios
 
Aumento pensión hijos menores
04/11/2010 11:39
Buenos dias. tengo juicio verbal para aumento de pension alimentos hijos menores de mi clienta la semana que viene.

El demandado ex-marido está en rebeldía. Pero tengo dudas del desarrollo de la vista:

a) ¿debo aportar documentos relativos a mi cliente, como por ejemplo nóminas, declaracion de renta, certificado escolarizacion hijos ...para acreditar su situación actual laboral y de los hijos?

Digo esto porque imagino debiera ser el demandado si se hubiera personado quien los pidiera para demostrar que mi cliente tambien ha cambiado su situacion laboral.

Por favor que alguien me ayude lo necesito de veras. Es mi primer asunto de este tipo y dado que tengo a priori la suerte de que el exmarido está en rebeldía no quiesiera meter la pata.

Gracias
04/11/2010 12:00
El exconyuge no es el garante de la situción de su representada. Por ello, lo normal sería que perdiese la demanda.
La pretensión de su clienta debiera haberse basado en demostrar que ha habido un incremento sustancial del caudal del obligado al pago, respecto a cuando se dictaron las medidas, o a un incremento sustancial de las necesidades de los menores por causas no previstas y no buscadas.

El caudal de su representada, no se tomó de base en su momento para el establecimiento de la pensión a favor de los hijos y por tanto, cualquier variación suya, no puede ser considerada para revisar la obligación del otro cónyuge. Lo único que puede acreditar con ello, es que no va a ser capaz de atender adecuadamente al niño, pudiendo el tribunal, si aprecia dicha situación, cambiar de progenitor custodio.

Por otro lado, la escolarización de los hijos, obligatoria por ley, conlleva un gasto previsible y por tanto, un incremento de esos gastos por cambio de colegio, por ejemplo, pudiera ser consecuencia de decisiones unilaterales al margen del otro titular de la patria potestad, con el que debiera haber contado con su acuerdo.

En cuanto a la situación de rebeldía, faltaría saber si se debe a que realmente no era conocido por su representada o dio el correcto, o por el contrario a una acción voluntaria del otro progenitor de no recoger las notificaciones.
04/11/2010 12:03
Buenos dias, letrado1972. Entiendo que se trata de un juicio de modificacion de medidas, pues que hablas de "aumento", por tanto pienso que ya habra un convenio regulador donde se establece una pension de alimentos.
La modificacion de medidas como ya sabes (no pretendo darte clases pues yo no me dedico al derecho de familia, sino al derecho administrativo principalmente, y estoy en este foro no como abogada sino como madre divorciada), debe fundamentarse en un cambio sustancial de las circunstancias con respecto al momento de firmarse el convenio. Entiendo que la parte demandante debe probar los hechos en los que fundamenta sus peticiones, por tanto yo si te aconsejo que aportes todos los documentos que demuestren que la situacion de tu cliente ha cambiado.
04/11/2010 12:06
Samaruc ¿de donde sacas que la situacion del progenitor custodio (entiendo que este es el caso, la clienta es la madre custodia) no se tiene en cuenta a la hora de fijar una pension de alimentos? ¿o que no se tiene en cuenta a la hora de modificar dicha pension? Estas equivocado, claro que se tiene en cuenta
04/11/2010 12:09
Amigo Samaruc.

Me has metido miedo en el cuerpo noveas. Creo no me has entendido.

Os detallo un poco mas, perdonad:

En los autos tengo ya conseguida prueba que demuestra que el padre ha pasado a mejor situacion laboral: cuando se fijó la pension hace 7 años decía que estaba de peon agricola cobrando 600 euros: hoy en dia 7 años despues esta en empresa suministros de plantilla fijo cobrando 1600 euros al mes. La situacion ha cambiado, la niña tiene ya 9 años y la pension en su dia fijada y que actualmente le pasa es de 100 euros. he pedido modificacion de medidas adoptadas en divorcio.

Mi duda radica en los posibles documentos que deba o no aportar yo DE MI CLIENTE. es decir, si véis bien que yo deba aportar algo respecto a mi cliente o por el contrario, no aporto nada de ella (pensando en que es el padre quien debería haberse personado porque esta en rebeldia al no haber comparecido hasta ahora con abogado ni procuradro, pasar del tema vamos).

Es decir de nuevo. si me perjudicacría el aportar yo nominas de mi cliente o por el contrario hago bien.

Gracias .
04/11/2010 12:16
Letrado, como ya te indique en el post anterior ¿ha variado la situacion de la madre desde el momento de firmar el primer convenio hasta ahora? Samaruc se equivoca al decirte que la situacion de la madre no se tiene en cuenta
04/11/2010 12:22
Gracias Sarapiki.

A ver:

A nivel de INGRESOS: la madre practicamente sigue igual, sigue cobrando lo mismo, con los consiguientes aumentos de IPC desde hace 7 años.

A nivel de GASTOS: sí ha variado, por cuanto se ha comprado una vivienda para residir con su hija mediante préstamo hipotecario; y además, la niña cuenta con 9 años, por lo que sus gastos aumentan, lo que pasa es que como cualquier madre, NADIE TIENE FACTURAS DE ROPA, CALZADO o ALIMENTOS que compra para la niña, gastos que con la edad es de suponer que todo el mundo piensa aumentan considerablemente.

espero haberme explicado bien. Mil gracias
04/11/2010 12:33
Bien. Mi consejo es que aportes recibos de los gastos fijos (hipoteca, luz, calefaccion, colegio...) aunque no se si te serviran de mucho. El tema de la ropa como tu dices, es de suponer que son gastos que aumentan con el tiempo, no deberia tener consideracion de modificacion de situacion, precisamente por eso, porque ya se preve a la hora de firmar un convenio que variaran. Un convenio tiene vocacion de perdurabilidad, si no, cada tres o cuatro años todos estariamos en el juzgado solicitando modificaciones "mire, el niño iba a primaria y ahora va a secundaria y los libros son mas caros" "cuando me divorcie el niño calzaba un 33 y ahora calza un 41 y los zapatos son mas caros" "cuando tenia 7 años merendaba medio bollito de pan y ahora con 15 merienda media barra"... Me entiendes ¿no?
Pero bueno, aportar esos justificantes no os va a perjudicar, y evitas que puedan pedirlos.
Si me parece que deberias aportar nominas de la madre para justificar que su situacion no ha cambiado, y si no lo has hecho, solicitar que se certifiquen los ingresos del demandado, para demostrar ese aumento al que aludes.
04/11/2010 13:02
Estimada Sarapiki. Mil gracias.

Sí tengo solicitados y aportados en autos los ingresos de los 2 ultimos años del padre que acreditan el amento de sueldo desde que se fijó la pensión. ahí respecto al demandado no tengo problemas.

Y de la madre. aportaré la hipoteca, nóminas y declaración de rentas.

Una duda mas: si el fiscal interroga a mi cliente, ¿qué suelen preguntarle? y si debo o puedo preguntar yo: ¿QUÉ LE PREGUNTO A MI PROPIA CLIENTE? tengo dudas sobre todo respecto a las preguntas tipo del Ministerio Fiscal en este caso a los demandantes que piden aumento de pensiones para sus hijos menores.

Por favor ayudame. Mil gracias
04/11/2010 13:03
Sarapiki, el código civil es claro.

Artículo 146

La cuantía de los alimentos será proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe.

04/11/2010 13:34
Samaruc, no se si usted sabe que, obligados a prestar alimentos, estan ambos progenitores.

Letrado, a tu ultima pregunta siento no poder contestarte pues ya te digo que no ejerzo en el ambito civil, por tanto mi experiencia en el juzgado se reduce a mi propio juicio de modificacion de medidas, y en ese caso yo era la parte demandada. el Fiscal no nos hizo ninguna pregunta a ninguno, el Juez le pregunto a el cuando habia comprado el piso (el aportaba recibos de hipoteca, calefaccion, comunidad... esas cosas). Mi abogado renuncio a preguntarme nada, su abogada me pregunto chorradas, tipo cuantos miembros componiamos la unidad familiar y cuantros metros cuadrados tenia mi piso (comprado con posterioridad al divorcio)
Yo te aconsejaria que no le preguntes nada a tu cliente, sobre todo si la modificacion esta basada en circunstancias objetivas (aumento de ingresos del demandado), pero la verdad es que en eso, preferiria que te aconsejase algun/a compañero/a que si se mueva habitualmente en los juzgados de familia.
Supongo que habras buscado sentencias favorables a vuestras pretensiones, que puedas aportar como jurisprudencia ¿no te sirven para plantear tu propio juicio?
04/11/2010 18:32
sarapiki, se le olvida que la dedicación al menor, también se cuantifica
04/11/2010 20:54
Cerredo, no entiendo a que viene eso. ¿tiene algo que ver con algo de lo que yo he dicho?
Pero bueno, por si sirve de algo yo tambien te digo que las retribuciones pueden ser en metalico o en especie.... por si le ves alguna relacion con lo que estamos hablando....
05/11/2010 15:18
este tema me interesa, y creo que a muchos teniendo en cuenta los tiempos que vivimos,

¿en qué quedamos? ¿te puede pedir más dinero tu ex si se queda sin trabajo? ¿si o no? porque aquí hay dos opiniones distintas de los foreros y al final no se como queda este asunto.

y otra cosa, si la situación de la ex, que se queda sin trabajo pero tú sigues con los mismos ingresos ¿de donde le vas a dar? ya que tu sigues cobrando igual ¿no?
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Aumento pensión hijos menores
04/11/2010 11:39
Buenos dias. tengo juicio verbal para aumento de pension alimentos hijos menores de mi clienta la semana que viene.

El demandado ex-marido está en rebeldía. Pero tengo dudas del desarrollo de la vista:

a) ¿debo aportar documentos relativos a mi cliente, como por ejemplo nóminas, declaracion de renta, certificado escolarizacion hijos ...para acreditar su situación actual laboral y de los hijos?

Digo esto porque imagino debiera ser el demandado si se hubiera personado quien los pidiera para demostrar que mi cliente tambien ha cambiado su situacion laboral.

Por favor que alguien me ayude lo necesito de veras. Es mi primer asunto de este tipo y dado que tengo a priori la suerte de que el exmarido está en rebeldía no quiesiera meter la pata.

Gracias
04/11/2010 12:00
El exconyuge no es el garante de la situción de su representada. Por ello, lo normal sería que perdiese la demanda.
La pretensión de su clienta debiera haberse basado en demostrar que ha habido un incremento sustancial del caudal del obligado al pago, respecto a cuando se dictaron las medidas, o a un incremento sustancial de las necesidades de los menores por causas no previstas y no buscadas.

El caudal de su representada, no se tomó de base en su momento para el establecimiento de la pensión a favor de los hijos y por tanto, cualquier variación suya, no puede ser considerada para revisar la obligación del otro cónyuge. Lo único que puede acreditar con ello, es que no va a ser capaz de atender adecuadamente al niño, pudiendo el tribunal, si aprecia dicha situación, cambiar de progenitor custodio.

Por otro lado, la escolarización de los hijos, obligatoria por ley, conlleva un gasto previsible y por tanto, un incremento de esos gastos por cambio de colegio, por ejemplo, pudiera ser consecuencia de decisiones unilaterales al margen del otro titular de la patria potestad, con el que debiera haber contado con su acuerdo.

En cuanto a la situación de rebeldía, faltaría saber si se debe a que realmente no era conocido por su representada o dio el correcto, o por el contrario a una acción voluntaria del otro progenitor de no recoger las notificaciones.
04/11/2010 12:03
Buenos dias, letrado1972. Entiendo que se trata de un juicio de modificacion de medidas, pues que hablas de "aumento", por tanto pienso que ya habra un convenio regulador donde se establece una pension de alimentos.
La modificacion de medidas como ya sabes (no pretendo darte clases pues yo no me dedico al derecho de familia, sino al derecho administrativo principalmente, y estoy en este foro no como abogada sino como madre divorciada), debe fundamentarse en un cambio sustancial de las circunstancias con respecto al momento de firmarse el convenio. Entiendo que la parte demandante debe probar los hechos en los que fundamenta sus peticiones, por tanto yo si te aconsejo que aportes todos los documentos que demuestren que la situacion de tu cliente ha cambiado.
04/11/2010 12:06
Samaruc ¿de donde sacas que la situacion del progenitor custodio (entiendo que este es el caso, la clienta es la madre custodia) no se tiene en cuenta a la hora de fijar una pension de alimentos? ¿o que no se tiene en cuenta a la hora de modificar dicha pension? Estas equivocado, claro que se tiene en cuenta
04/11/2010 12:09
Amigo Samaruc.

Me has metido miedo en el cuerpo noveas. Creo no me has entendido.

Os detallo un poco mas, perdonad:

En los autos tengo ya conseguida prueba que demuestra que el padre ha pasado a mejor situacion laboral: cuando se fijó la pension hace 7 años decía que estaba de peon agricola cobrando 600 euros: hoy en dia 7 años despues esta en empresa suministros de plantilla fijo cobrando 1600 euros al mes. La situacion ha cambiado, la niña tiene ya 9 años y la pension en su dia fijada y que actualmente le pasa es de 100 euros. he pedido modificacion de medidas adoptadas en divorcio.

Mi duda radica en los posibles documentos que deba o no aportar yo DE MI CLIENTE. es decir, si véis bien que yo deba aportar algo respecto a mi cliente o por el contrario, no aporto nada de ella (pensando en que es el padre quien debería haberse personado porque esta en rebeldia al no haber comparecido hasta ahora con abogado ni procuradro, pasar del tema vamos).

Es decir de nuevo. si me perjudicacría el aportar yo nominas de mi cliente o por el contrario hago bien.

Gracias .
04/11/2010 12:16
Letrado, como ya te indique en el post anterior ¿ha variado la situacion de la madre desde el momento de firmar el primer convenio hasta ahora? Samaruc se equivoca al decirte que la situacion de la madre no se tiene en cuenta
04/11/2010 12:22
Gracias Sarapiki.

A ver:

A nivel de INGRESOS: la madre practicamente sigue igual, sigue cobrando lo mismo, con los consiguientes aumentos de IPC desde hace 7 años.

A nivel de GASTOS: sí ha variado, por cuanto se ha comprado una vivienda para residir con su hija mediante préstamo hipotecario; y además, la niña cuenta con 9 años, por lo que sus gastos aumentan, lo que pasa es que como cualquier madre, NADIE TIENE FACTURAS DE ROPA, CALZADO o ALIMENTOS que compra para la niña, gastos que con la edad es de suponer que todo el mundo piensa aumentan considerablemente.

espero haberme explicado bien. Mil gracias
04/11/2010 12:33
Bien. Mi consejo es que aportes recibos de los gastos fijos (hipoteca, luz, calefaccion, colegio...) aunque no se si te serviran de mucho. El tema de la ropa como tu dices, es de suponer que son gastos que aumentan con el tiempo, no deberia tener consideracion de modificacion de situacion, precisamente por eso, porque ya se preve a la hora de firmar un convenio que variaran. Un convenio tiene vocacion de perdurabilidad, si no, cada tres o cuatro años todos estariamos en el juzgado solicitando modificaciones "mire, el niño iba a primaria y ahora va a secundaria y los libros son mas caros" "cuando me divorcie el niño calzaba un 33 y ahora calza un 41 y los zapatos son mas caros" "cuando tenia 7 años merendaba medio bollito de pan y ahora con 15 merienda media barra"... Me entiendes ¿no?
Pero bueno, aportar esos justificantes no os va a perjudicar, y evitas que puedan pedirlos.
Si me parece que deberias aportar nominas de la madre para justificar que su situacion no ha cambiado, y si no lo has hecho, solicitar que se certifiquen los ingresos del demandado, para demostrar ese aumento al que aludes.
04/11/2010 13:02
Estimada Sarapiki. Mil gracias.

Sí tengo solicitados y aportados en autos los ingresos de los 2 ultimos años del padre que acreditan el amento de sueldo desde que se fijó la pensión. ahí respecto al demandado no tengo problemas.

Y de la madre. aportaré la hipoteca, nóminas y declaración de rentas.

Una duda mas: si el fiscal interroga a mi cliente, ¿qué suelen preguntarle? y si debo o puedo preguntar yo: ¿QUÉ LE PREGUNTO A MI PROPIA CLIENTE? tengo dudas sobre todo respecto a las preguntas tipo del Ministerio Fiscal en este caso a los demandantes que piden aumento de pensiones para sus hijos menores.

Por favor ayudame. Mil gracias
04/11/2010 13:03
Sarapiki, el código civil es claro.

Artículo 146

La cuantía de los alimentos será proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe.

04/11/2010 13:34
Samaruc, no se si usted sabe que, obligados a prestar alimentos, estan ambos progenitores.

Letrado, a tu ultima pregunta siento no poder contestarte pues ya te digo que no ejerzo en el ambito civil, por tanto mi experiencia en el juzgado se reduce a mi propio juicio de modificacion de medidas, y en ese caso yo era la parte demandada. el Fiscal no nos hizo ninguna pregunta a ninguno, el Juez le pregunto a el cuando habia comprado el piso (el aportaba recibos de hipoteca, calefaccion, comunidad... esas cosas). Mi abogado renuncio a preguntarme nada, su abogada me pregunto chorradas, tipo cuantos miembros componiamos la unidad familiar y cuantros metros cuadrados tenia mi piso (comprado con posterioridad al divorcio)
Yo te aconsejaria que no le preguntes nada a tu cliente, sobre todo si la modificacion esta basada en circunstancias objetivas (aumento de ingresos del demandado), pero la verdad es que en eso, preferiria que te aconsejase algun/a compañero/a que si se mueva habitualmente en los juzgados de familia.
Supongo que habras buscado sentencias favorables a vuestras pretensiones, que puedas aportar como jurisprudencia ¿no te sirven para plantear tu propio juicio?
04/11/2010 18:32
sarapiki, se le olvida que la dedicación al menor, también se cuantifica
04/11/2010 20:54
Cerredo, no entiendo a que viene eso. ¿tiene algo que ver con algo de lo que yo he dicho?
Pero bueno, por si sirve de algo yo tambien te digo que las retribuciones pueden ser en metalico o en especie.... por si le ves alguna relacion con lo que estamos hablando....
05/11/2010 15:18
este tema me interesa, y creo que a muchos teniendo en cuenta los tiempos que vivimos,

¿en qué quedamos? ¿te puede pedir más dinero tu ex si se queda sin trabajo? ¿si o no? porque aquí hay dos opiniones distintas de los foreros y al final no se como queda este asunto.

y otra cosa, si la situación de la ex, que se queda sin trabajo pero tú sigues con los mismos ingresos ¿de donde le vas a dar? ya que tu sigues cobrando igual ¿no?