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Auto cálculo de la pensión de jubilación que se encuentra en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

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Auto cálculo de la pensión de jubilación que se encuentra en la sede electrónica de la seguridad social.
29/10/2019 16:48
Buenas,

Retomo este tema que he encontrado buscando sobre el índice de actualización puesto que tengo algunas dudas. A ver si me podéis ayudar, por favor.

Estoy en la aplicación de autocálculo de la pensión de jubilación que se encuentra en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, para calcular pensión de un conocido mío y con fecha de hecho causante de febrero de 2020. En primer lugar, veo que a partir de agosto de 2018 no deja poner las bases máximas legalmente vigentes sino que el programa hace una estimación de incremento del 1% sobre la base máxima legalmente vigente hasta julio de 2018. Lo mismo hace en 2019, aplicando de nuevo un 1% sobre la base máxima que previamente ha estimado como vigente en el periodo agosto-diciembre 2018. ¿Sabéis si esto es así porque la versión actual de esta aplicación de autocálculo no está actualizada? Es sorprendente ver como no permite informar 4.070,10 € por mes en 2019 ni 3.803,70 € desde agosto a diciembre de 2018.

Entrando ya en el tema del índice de actualización, en el informe que obtengo del programa de autocálculo, veo que en el mes 25 (diciembre de 2017) me aplica índice 1, por lo que no hay base actualizada. De acuerdo con la normativa, creía que solo los 24 últimos meses computables para el cálculo de la pensión no se revalorizaban pero sí el 25, por lo que me pregunto si es correcto que el mes 25 no tenga revalorización, o bien si esto se debe a que, también según la normativa, la evolución del IPC (en definitiva, el índice de actualización) se debe calcular, por cada mes afecto al mismo, contra el mes 25, lo que podría conllevar a pensar que, a esos efectos del cálculo de la evolución del IPC, el mes 25 también debe llevar índice 1 (no revalorización) y que, en la práctica, sean 25 meses los que no se actualizan. ¿Esto es así o hay alguna otra explicación?

Por último, me gustaría saber cómo se calcula el índice por parte del programa de autocálculo y en relación con los datos que se pueden obtener en la página del INE. En posts anteriores ya lo han explicado pero no sé si lo estoy haciendo bien a través de la página del INE. Me explico: si en el informe que proporciona el programa del autocálculo me indica que el índice de actualización de agosto de 2017 es de 1,0143275 (un 1,4%), si en la página del INE pongo que quiero saber cuanto ha variado el IPC desde agosto 2017 hasta diciembre de 2017 (entendiendo que el resultado que me da es la variación existente entre el 31 de agosto y el 31 de diciembre), el resultado que me da es de 1,6%, utilizando el IPC General Nacional. Este tipo de diferencias entre lo que me aparece en el informe y los datos del INE se me da con respecto a la mayoría de meses utilizados para el cálculo de la pensión.

Muchas gracias
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29/10/2019 16:48
Buenas,

Retomo este tema que he encontrado buscando sobre el índice de actualización puesto que tengo algunas dudas. A ver si me podéis ayudar, por favor.

Estoy en la aplicación de autocálculo de la pensión de jubilación que se encuentra en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, para calcular pensión de un conocido mío y con fecha de hecho causante de febrero de 2020. En primer lugar, veo que a partir de agosto de 2018 no deja poner las bases máximas legalmente vigentes sino que el programa hace una estimación de incremento del 1% sobre la base máxima legalmente vigente hasta julio de 2018. Lo mismo hace en 2019, aplicando de nuevo un 1% sobre la base máxima que previamente ha estimado como vigente en el periodo agosto-diciembre 2018. ¿Sabéis si esto es así porque la versión actual de esta aplicación de autocálculo no está actualizada? Es sorprendente ver como no permite informar 4.070,10 € por mes en 2019 ni 3.803,70 € desde agosto a diciembre de 2018.

Entrando ya en el tema del índice de actualización, en el informe que obtengo del programa de autocálculo, veo que en el mes 25 (diciembre de 2017) me aplica índice 1, por lo que no hay base actualizada. De acuerdo con la normativa, creía que solo los 24 últimos meses computables para el cálculo de la pensión no se revalorizaban pero sí el 25, por lo que me pregunto si es correcto que el mes 25 no tenga revalorización, o bien si esto se debe a que, también según la normativa, la evolución del IPC (en definitiva, el índice de actualización) se debe calcular, por cada mes afecto al mismo, contra el mes 25, lo que podría conllevar a pensar que, a esos efectos del cálculo de la evolución del IPC, el mes 25 también debe llevar índice 1 (no revalorización) y que, en la práctica, sean 25 meses los que no se actualizan. ¿Esto es así o hay alguna otra explicación?

Por último, me gustaría saber cómo se calcula el índice por parte del programa de autocálculo y en relación con los datos que se pueden obtener en la página del INE. En posts anteriores ya lo han explicado pero no sé si lo estoy haciendo bien a través de la página del INE. Me explico: si en el informe que proporciona el programa del autocálculo me indica que el índice de actualización de agosto de 2017 es de 1,0143275 (un 1,4%), si en la página del INE pongo que quiero saber cuanto ha variado el IPC desde agosto 2017 hasta diciembre de 2017 (entendiendo que el resultado que me da es la variación existente entre el 31 de agosto y el 31 de diciembre), el resultado que me da es de 1,6%, utilizando el IPC General Nacional. Este tipo de diferencias entre lo que me aparece en el informe y los datos del INE se me da con respecto a la mayoría de meses utilizados para el cálculo de la pensión.

Muchas gracias