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Auto cuantia maxima

1 Comentarios
 
20/04/2012 21:28
El auto se puede dictar, no hay que olvidar que es de cuantía líquida MÁXIMA, que se puede reclamar. Así que entiendo que puede dictarse y solicitarse la ejecución, eso sí, yo la solicitaría sólo por la cantidad que quede pendiente de abonar. De lo contrario, es esgrimible la pluspetición, como bien apuntas. No creo que haya límite mínimo para la ejecución.
Auto cuantia maxima
19/04/2012 06:41
Una aseguradora ha pagado una indemnizacion con procedimiento penal abierto.Finalmente se dicta sentencia absdolutoria y al tratarse de un tema del Automovil, dicta Auto de cuantía maxima por el total sin considerar la indemnización ya abonada.
¿Hay alguna forma de evitar se dicte el auto ?.Si se dicta y es inferior a 300 Euros ¿Es ejecutable?.Si se ejecuta la oposición podria estar basada en lo siguiente.:

-No se puede ejecutar porque aunque se trata de deuda.:liquida, vencida y exigible, es inferior a 300 Euros

-Alternatibamente Plus petición, y asi evitar posibles intereses y costas.

En este sentdo es conveniente recordar el art. 520 de la LEC que no contempla para el limite de cuantia el Auto de Cuantia Maxima del art. 517-8.
Quedo pendiente de vuestras opiniones.Gracias
Auto cuantia maxima | PorticoLegal
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20/04/2012 21:28
El auto se puede dictar, no hay que olvidar que es de cuantía líquida MÁXIMA, que se puede reclamar. Así que entiendo que puede dictarse y solicitarse la ejecución, eso sí, yo la solicitaría sólo por la cantidad que quede pendiente de abonar. De lo contrario, es esgrimible la pluspetición, como bien apuntas. No creo que haya límite mínimo para la ejecución.
Auto cuantia maxima
19/04/2012 06:41
Una aseguradora ha pagado una indemnizacion con procedimiento penal abierto.Finalmente se dicta sentencia absdolutoria y al tratarse de un tema del Automovil, dicta Auto de cuantía maxima por el total sin considerar la indemnización ya abonada.
¿Hay alguna forma de evitar se dicte el auto ?.Si se dicta y es inferior a 300 Euros ¿Es ejecutable?.Si se ejecuta la oposición podria estar basada en lo siguiente.:

-No se puede ejecutar porque aunque se trata de deuda.:liquida, vencida y exigible, es inferior a 300 Euros

-Alternatibamente Plus petición, y asi evitar posibles intereses y costas.

En este sentdo es conveniente recordar el art. 520 de la LEC que no contempla para el limite de cuantia el Auto de Cuantia Maxima del art. 517-8.
Quedo pendiente de vuestras opiniones.Gracias