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auto medidas provisionales

2 Comentarios
 
18/08/2014 09:28
Buenos días, al hilo de lo comentado anteriormente en el auto se conde la compartida por semanas, esta semana ya va el padre a vivir con las niñás (él dice irá con su madre, hermano y otra persona para comprobar el estado de la vivienda). Mi pregunta es:
- hay que hacer un inventario?
- convendría poner unas normas en cuanto a limpieza hogar, alimentación, hábitos de sueño, etc.; aunque muchas cosas son de sentido común, en la convivencia del matrimonio las disputas eran que él no se encargaba de limpiezas ni nada de sus hijas (alimentación, vestido, etc). ¿cómo se puede regular por ejemplo cambio de sábanas, etc?, Parece todo un poco lógico, pero creo habrá problemas de ese tipo, llega él y se va a la semana, de que manera?. Bueno, espero respuesta.
13/08/2014 19:35
Respuesta:
1. Si, las meras alegaciones sin prueba no pueden ser tenidas en cuenta. El juez civil no tiene competencia para decidir sobre la existencia o no de unas presuntas amenazas, sólo evaluables ante la jurisdicción penal.

2. Si. Si la otra parte acreditó que está dada de alta como agricultora (es un fradude de ley, por cierto) y que los ingresos pueden ser tales (son casos de economía sumergida), pues si se pueden equiparar, más si ella no ha podido acreditar que no perciba ingreso alguno.

3. El mes de agosto puede habilitarse como hábil por razones de necesidad o urgencia. Sin embargo, en su caso, sólo se ha habilitado el 8 de agosto por lo que, si no consta habilitado otro día, el resto, será inhábil.

4. Si, aunque las provisionales hayan salido así, las definitivas pueden variar en función de las pruebas que se presenten.

Un saludo.
Auto medidas provisionales
13/08/2014 10:29
Mi consulta es la siguiente para conocer vuestra opinión (el caso es en Aragón):
Mi sobrina presentó solicitud de medidas de provisionales previa a divorcio solicitando guardia y custodia para ella. A la vez su esposo, diez días antes presentó solicitud de medidas, solicitando guardia y custodia compartida con convenio regulador, alternando semanas y rotando en vivienda familiar. El día de la vista se unieron los dos procedimientos. Tras intentos de llegar a un pacto antes de la vista (ya que incluso se abrieron diligencias previas por procedimiento abreviado por violencia doméstica, absteniendose de declarar por no perjudicarla). En la vista de las provisonales, el juez no tuvo en cuenta la mala relación, tensa entre los cónyuges ni que hubiera en principio indicios de violencia (aunque no se llegara a denunciar), ha fallado otorgando custodia compartida con rotación en vivienda los padres. Equiparando los ingresos de uno y otro. El tiene una nómina de 1500 euros y ella (según consta está dada de alta como joven agricultora; parece ser que su padre la dió de alta al jubilarse él y ella desconoce exactamente ingresos ni nada, puesto que no ve un duro. Es su padre quién lleva ese tema).
Mi pregunta es:
- respecto a la custodia compartida en unas provisonales, ¿es normal que haga oídos sordos el juez ante hechos que se produjeron delante de las niñas de amenazas hacia la esposa, aunque ella optara por no denunciar?
-respecto al desequilibrio económico o no, el juez alega que los dos tienen igualdad de ingresos. (Aunque ella realmente no los tenga, ni disfrute de ningún beneficio, hay declaración de renta que si que imputa rentas por actividades agrícolas) ¿ Se considera como ingresos reales de ella?
- El auto de provisionales ha sido con fecha 8 de agosto, que han habilitado como día hábil, cuándo terminaría el plazo para presentar demanda de divorcio (su abogada está de vacaciones).
- Si el auto de provisionales ha determinado estas cuestiones, se ve factible modificar algo?, la esposa estaba totalmente en contra de rotar en el domicilio, debido al clima creado de tensión con él, que le costó estar ingresada en el hospital por ansiedad. El marido ha toda costa dice entrará ya la semana que dice el auto, sin importarle si ella tiene todo en orden (hasta ahora permanecía ella en la vivienda familiar y él en casa de sus padres).
Gracias y un saludo.
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18/08/2014 09:28
Buenos días, al hilo de lo comentado anteriormente en el auto se conde la compartida por semanas, esta semana ya va el padre a vivir con las niñás (él dice irá con su madre, hermano y otra persona para comprobar el estado de la vivienda). Mi pregunta es:
- hay que hacer un inventario?
- convendría poner unas normas en cuanto a limpieza hogar, alimentación, hábitos de sueño, etc.; aunque muchas cosas son de sentido común, en la convivencia del matrimonio las disputas eran que él no se encargaba de limpiezas ni nada de sus hijas (alimentación, vestido, etc). ¿cómo se puede regular por ejemplo cambio de sábanas, etc?, Parece todo un poco lógico, pero creo habrá problemas de ese tipo, llega él y se va a la semana, de que manera?. Bueno, espero respuesta.
13/08/2014 19:35
Respuesta:
1. Si, las meras alegaciones sin prueba no pueden ser tenidas en cuenta. El juez civil no tiene competencia para decidir sobre la existencia o no de unas presuntas amenazas, sólo evaluables ante la jurisdicción penal.

2. Si. Si la otra parte acreditó que está dada de alta como agricultora (es un fradude de ley, por cierto) y que los ingresos pueden ser tales (son casos de economía sumergida), pues si se pueden equiparar, más si ella no ha podido acreditar que no perciba ingreso alguno.

3. El mes de agosto puede habilitarse como hábil por razones de necesidad o urgencia. Sin embargo, en su caso, sólo se ha habilitado el 8 de agosto por lo que, si no consta habilitado otro día, el resto, será inhábil.

4. Si, aunque las provisionales hayan salido así, las definitivas pueden variar en función de las pruebas que se presenten.

Un saludo.
Auto medidas provisionales
13/08/2014 10:29
Mi consulta es la siguiente para conocer vuestra opinión (el caso es en Aragón):
Mi sobrina presentó solicitud de medidas de provisionales previa a divorcio solicitando guardia y custodia para ella. A la vez su esposo, diez días antes presentó solicitud de medidas, solicitando guardia y custodia compartida con convenio regulador, alternando semanas y rotando en vivienda familiar. El día de la vista se unieron los dos procedimientos. Tras intentos de llegar a un pacto antes de la vista (ya que incluso se abrieron diligencias previas por procedimiento abreviado por violencia doméstica, absteniendose de declarar por no perjudicarla). En la vista de las provisonales, el juez no tuvo en cuenta la mala relación, tensa entre los cónyuges ni que hubiera en principio indicios de violencia (aunque no se llegara a denunciar), ha fallado otorgando custodia compartida con rotación en vivienda los padres. Equiparando los ingresos de uno y otro. El tiene una nómina de 1500 euros y ella (según consta está dada de alta como joven agricultora; parece ser que su padre la dió de alta al jubilarse él y ella desconoce exactamente ingresos ni nada, puesto que no ve un duro. Es su padre quién lleva ese tema).
Mi pregunta es:
- respecto a la custodia compartida en unas provisonales, ¿es normal que haga oídos sordos el juez ante hechos que se produjeron delante de las niñas de amenazas hacia la esposa, aunque ella optara por no denunciar?
-respecto al desequilibrio económico o no, el juez alega que los dos tienen igualdad de ingresos. (Aunque ella realmente no los tenga, ni disfrute de ningún beneficio, hay declaración de renta que si que imputa rentas por actividades agrícolas) ¿ Se considera como ingresos reales de ella?
- El auto de provisionales ha sido con fecha 8 de agosto, que han habilitado como día hábil, cuándo terminaría el plazo para presentar demanda de divorcio (su abogada está de vacaciones).
- Si el auto de provisionales ha determinado estas cuestiones, se ve factible modificar algo?, la esposa estaba totalmente en contra de rotar en el domicilio, debido al clima creado de tensión con él, que le costó estar ingresada en el hospital por ansiedad. El marido ha toda costa dice entrará ya la semana que dice el auto, sin importarle si ella tiene todo en orden (hasta ahora permanecía ella en la vivienda familiar y él en casa de sus padres).
Gracias y un saludo.