Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Autodespedirse

2 Comentarios
 
14/04/2009 17:13
bokerona, Elektroboy lo ha explicado perfectamente.

EL autodespido no existe, debe ser una leyenda urbana, o bien se llama baja voluntaria.

Está el procedimiento que indica Elektroboy de reclamar la extinción del contrato por impago de salario y por no cumplir con el contrato, pero en tu caso de momento no lo veo factible.
14/04/2009 15:14
Hola, yo estoy en una situación parecida. Por lo que yo se y por lo que me a dicho el abogado de comisiones obreras, si te auto despides, no tienes derecho al paro ni a finiquito ni a nada, solo a tu sueldo pendiente.
A mi me aconsejaron de denunciar a la empresa por impago de salario y por no cumplir con el contrato.
Es un camino duro, pero tu de momento no puedes de dejar de ir al puesto de trabajo, ya que si no te puede despedir ellos por abandono del trabajo.
Pero con la denuncia echa, al menos tienes tu espalda cubierta.

Haber si te comenta alguno de estos abogados que están en el foro y te lo pueden explicar mas precisamente.
Autodespedirse
14/04/2009 10:42
hola,a ver si alguien me pudiera sacar de unas dudas que tengo sobre el autodespido.
Llevo en la misma empresa, para 24 años,empece en el año 86 de contrato, desde el 89 fija-discontinua y en el año 2000, me hicieron fija.

me deben la paga extra del año 2008, parte de la nomina de febrero y la nomina del mes de marzo,estoi pensando en autodespedirme, pero mi duda es si tendre derecho al paro, con cuanto tiempo de antelacion he de darle la carta de autodespido a la empresa .

gracias
Autodespedirse | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Autodespedirse

2 Comentarios
 
14/04/2009 17:13
bokerona, Elektroboy lo ha explicado perfectamente.

EL autodespido no existe, debe ser una leyenda urbana, o bien se llama baja voluntaria.

Está el procedimiento que indica Elektroboy de reclamar la extinción del contrato por impago de salario y por no cumplir con el contrato, pero en tu caso de momento no lo veo factible.
14/04/2009 15:14
Hola, yo estoy en una situación parecida. Por lo que yo se y por lo que me a dicho el abogado de comisiones obreras, si te auto despides, no tienes derecho al paro ni a finiquito ni a nada, solo a tu sueldo pendiente.
A mi me aconsejaron de denunciar a la empresa por impago de salario y por no cumplir con el contrato.
Es un camino duro, pero tu de momento no puedes de dejar de ir al puesto de trabajo, ya que si no te puede despedir ellos por abandono del trabajo.
Pero con la denuncia echa, al menos tienes tu espalda cubierta.

Haber si te comenta alguno de estos abogados que están en el foro y te lo pueden explicar mas precisamente.
Autodespedirse
14/04/2009 10:42
hola,a ver si alguien me pudiera sacar de unas dudas que tengo sobre el autodespido.
Llevo en la misma empresa, para 24 años,empece en el año 86 de contrato, desde el 89 fija-discontinua y en el año 2000, me hicieron fija.

me deben la paga extra del año 2008, parte de la nomina de febrero y la nomina del mes de marzo,estoi pensando en autodespedirme, pero mi duda es si tendre derecho al paro, con cuanto tiempo de antelacion he de darle la carta de autodespido a la empresa .

gracias