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autonomo colaborador

5 Comentarios
 
Autonomo colaborador
21/05/2014 19:12
Buenas tardes.
Mi duda es la siguiente, ¿El cónyuge de una autónoma societaria, que a su vez es administradora única, puede darse de alta en el RETA como autónomo colaborador?

Un saludo y gracias
22/05/2014 12:45
Tradicionalmente los familiares de empresarios, trabajadores y profesionales autónomos están obligados a cotizar como autónomos colaboradores.

En este sentido los requisitos para cotizar como autónomo colaborador son:

•Familiar directo: cónyuge, descendientes, ascendientes y demás parientes del empresario, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción.

•Que estén ocupados en su centro o centros de trabajo de forma habitual. No debe tratarse de una colaboración puntual.

•Que convivan en su hogar y estén a su cargo.

•Que no estén dados de alta como trabajadores por cuenta ajena.

En resumen, un autónomo colaborador es un familiar directo del trabajador autónomo titular que convive y trabaja para él.

Si necesita cualquier aclaracion visitenos en http://www.infodret.com/

O mediante e-mail a joancarlestejedor@infodret.com

Es importante señalar en relación a esas situaciones, que en el Estatuto del Trabajo Autónomo se establece que los menores de dieciséis años no podrán ejecutar trabajo autónomo ni actividad profesional en general, y por tanto tampoco para sus familiares.
22/05/2014 19:17
Lo primero muchas gracias por la respuesta. Otra cuestión que me surge (referente a la misma situación expuesta) es si el autonomo colaborador podría aplicarse la bonificación del 50% durante los 18 primeres meses. No me queda claro si esta bonificación es exclusiva para autónomos personas físicas o tambien podría aplicarse a autónomos societarios.

Un saludo y gracias
26/05/2014 09:30
En la tramitación parlamentaria de la Reforma laboral de 2012 se introdujo una importante novedad como es la bonificación del 50% de la cuota de autónomos durante los 18 meses posteriores al alta en el caso de los familiares de autónomos, también conocidos como autónomos colaboradores, lo que supone pagar una cuota reducida del 50%.

Es requisito necesario que el autónomo colaborador suponga una nueva alta.

El objetivo de esta medida es favorecer la cotización de aquellos familiares de los autónomos, principalmente cónyuges e hijos, que actualmente no cotizan a pesar de trabajar en el negocio familiar debido a las dificultades económicas que la crisis ha planteado a muchos pequeños negocios.


Para más información visita nuestro asesor online en http://www.infodret.com/

O ponte en contacto con nosotros mediante e-mail: joancarlestejedor@infodret.com
27/05/2014 08:16
Los autónomos societarios quedan excluídos de las bonificaciones previstas para los trabajadores autónomos según una Instrucción de la Subdirección General de Ordenación e Impugnaciones de la Seguridad Social.
Un saludo.
28/05/2014 15:03
Los autónomos societarios mercantiles quedan excluidos (ej: SL), pero los autónomos que tengan una sociedad tipo SCP podran disfrutar de esta ventaja.


Si necesita cualquier aclaracion visitenos en http://www.infodret.com/

O mediante e-mail a joancarlestejedor@infodret.com
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21/05/2014 19:12
Buenas tardes.
Mi duda es la siguiente, ¿El cónyuge de una autónoma societaria, que a su vez es administradora única, puede darse de alta en el RETA como autónomo colaborador?

Un saludo y gracias
22/05/2014 12:45
Tradicionalmente los familiares de empresarios, trabajadores y profesionales autónomos están obligados a cotizar como autónomos colaboradores.

En este sentido los requisitos para cotizar como autónomo colaborador son:

•Familiar directo: cónyuge, descendientes, ascendientes y demás parientes del empresario, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción.

•Que estén ocupados en su centro o centros de trabajo de forma habitual. No debe tratarse de una colaboración puntual.

•Que convivan en su hogar y estén a su cargo.

•Que no estén dados de alta como trabajadores por cuenta ajena.

En resumen, un autónomo colaborador es un familiar directo del trabajador autónomo titular que convive y trabaja para él.

Si necesita cualquier aclaracion visitenos en http://www.infodret.com/

O mediante e-mail a joancarlestejedor@infodret.com

Es importante señalar en relación a esas situaciones, que en el Estatuto del Trabajo Autónomo se establece que los menores de dieciséis años no podrán ejecutar trabajo autónomo ni actividad profesional en general, y por tanto tampoco para sus familiares.
22/05/2014 19:17
Lo primero muchas gracias por la respuesta. Otra cuestión que me surge (referente a la misma situación expuesta) es si el autonomo colaborador podría aplicarse la bonificación del 50% durante los 18 primeres meses. No me queda claro si esta bonificación es exclusiva para autónomos personas físicas o tambien podría aplicarse a autónomos societarios.

Un saludo y gracias
26/05/2014 09:30
En la tramitación parlamentaria de la Reforma laboral de 2012 se introdujo una importante novedad como es la bonificación del 50% de la cuota de autónomos durante los 18 meses posteriores al alta en el caso de los familiares de autónomos, también conocidos como autónomos colaboradores, lo que supone pagar una cuota reducida del 50%.

Es requisito necesario que el autónomo colaborador suponga una nueva alta.

El objetivo de esta medida es favorecer la cotización de aquellos familiares de los autónomos, principalmente cónyuges e hijos, que actualmente no cotizan a pesar de trabajar en el negocio familiar debido a las dificultades económicas que la crisis ha planteado a muchos pequeños negocios.


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27/05/2014 08:16
Los autónomos societarios quedan excluídos de las bonificaciones previstas para los trabajadores autónomos según una Instrucción de la Subdirección General de Ordenación e Impugnaciones de la Seguridad Social.
Un saludo.
28/05/2014 15:03
Los autónomos societarios mercantiles quedan excluidos (ej: SL), pero los autónomos que tengan una sociedad tipo SCP podran disfrutar de esta ventaja.


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