Hola, me llamo Rafa y tengo una duda. A ver si alguien me puede ayudar. Llevo dos años de a, utonomo, cotizando el minimo, tengo 45 años y siempre habia cotizado bastante alto(segun para quien, claro, pero mas del doble que ahora). Me estoy quedando sordo y me incapacitara para mi trabajo. Transporte pesado, que me quedaria de incapacidad parcial? Y si me ocurriera algo? Estoy muy preocupado y no quiero ser un problema para mi familia. No encuentro trabajo de asalariado Muchas gracias.
para empezar si no estas de baja,la tienes que coger para solicitar una incapacidad,esa baja te lavan a pagar por la base reguladora del ultimo mes,que si eres autónomo seria los primeros 20 días unos 566 € y a partir del dia 21 unos 708 €. en cuanto a una posible incapacidad seria el 75% de la media de la base reguladora de los últimos 8 años
Muchas gracias, me quedo mas tranquilo. Aguantare lo que pueda. Me daba miedo, lo del oido, aun podria trabajar de otra cosa. Pero me daba miedo en caso de accidente grave, o enfermedad grave, despues de 28 años cotizados me quedara lo minimo.
exacto es la suma de todas las bases reguladoras de los últimos 8 años independientemente del regimen en el que hayas cotizado y el total lo divides por 112,el resultante es tu base reguladora para la incapacidad,que si es la total te darán el 75% de esa base
Hola.Sólo una pequeña aclaración. Tendrías razón si Ralu tuviera 52 años o ,más. Pero para el cálculo de la base reguladora de una incapacidad permanentepor enfermedad común, entre los 40 y 52 años , se toma la edad de la persona, se le restan 20 años y se divide por 4, y el resultado serán los años últimos que se tomarán en consideración para el cálculo de la base reguladora. Si Ralu ahora solicitase la incapacidad , le computarían las bases de cotización de los últimos 6 años y tres meses. Tienes 45 años, menos 20, son 25 que divididos por 4 son 6 años y tres meses. Saludos
Hola .El divisor es el resultado se multiplica por 14 ( pues se cobran 12 mensualidades más dos pagas)Es decir, si tienes más de 52 años o más , se computan las cotizaciones de los últimos 8 años y el divisor será 114 ( 8 años * 14). Si se computan las bases de cotización de los últimos 6 años y 3 meses ( 6,25) por tener 45 años de edad, el divisor será 87,50 ( 6,25 años por 14). Así se halla la base reguladora. A dicha base reguladora se le aplica un porcentaje en función de la incapacidad permanente. Si es una absoluta , es el 100 %. Si es una total se aplica el 55 % hasta los 55 años de edad. A partir de dicha fecha hay que solicitar el incremento del 20 % de la base reguladora y por tanto se cobre el 75 %.. Saludos