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Autónomo

2 Comentarios
 
17/07/2003 08:46
Estimado amigo:
Como muy bien señala el compañero JESUSFER la Tesorería General de la Seguridad Social no te va a poner ningún inconveniente respecto a que estes dado de alta en el Régimen General como trabajador por cuenta ajena y en el Régimen de Autónomos como trabajador por cuenta propia.

Eso si debes consultar en la Delegación de la Tesorería cuales son los coeficientes reductores a aplicar puesto que al estar en los dos regímenes se aplican una serie de coeficientes reductores que se pueden aplicar a la base reguladora.

Por otra parte recuerda que si eres menor de 30 años desde 1 mayo de 2003 tienees una reducción en la base durante los dos primeros años de actividad empresarial, aunque en este caso al cotizar menos te da derecho a menos prestación en la baja o en la jubilación.

Saludos.
15/07/2003 13:06
En principio no hay ningún problema en estar dado de alta en dos regímenes de la Seguridad Social. Por una parte en el Régimen General, como trabajador por cuenta ajena, y de otra como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Ahora bien, deberás no concurrir en competencia desleal con la misma actividad que desarrollas en tu empresa.

Saludos.
Autónomo
15/07/2003 11:20
Tengo contrato de trabajo y me estoy montando un negocio. Puedo hacerme autonomo también o existe algo parecido.
Gracias
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17/07/2003 08:46
Estimado amigo:
Como muy bien señala el compañero JESUSFER la Tesorería General de la Seguridad Social no te va a poner ningún inconveniente respecto a que estes dado de alta en el Régimen General como trabajador por cuenta ajena y en el Régimen de Autónomos como trabajador por cuenta propia.

Eso si debes consultar en la Delegación de la Tesorería cuales son los coeficientes reductores a aplicar puesto que al estar en los dos regímenes se aplican una serie de coeficientes reductores que se pueden aplicar a la base reguladora.

Por otra parte recuerda que si eres menor de 30 años desde 1 mayo de 2003 tienees una reducción en la base durante los dos primeros años de actividad empresarial, aunque en este caso al cotizar menos te da derecho a menos prestación en la baja o en la jubilación.

Saludos.
15/07/2003 13:06
En principio no hay ningún problema en estar dado de alta en dos regímenes de la Seguridad Social. Por una parte en el Régimen General, como trabajador por cuenta ajena, y de otra como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Ahora bien, deberás no concurrir en competencia desleal con la misma actividad que desarrollas en tu empresa.

Saludos.
Autónomo
15/07/2003 11:20
Tengo contrato de trabajo y me estoy montando un negocio. Puedo hacerme autonomo también o existe algo parecido.
Gracias