Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Autonomos periodos cotizados

0 Comentarios
 
Autonomos periodos cotizados
15/10/2010 09:36
Compañeros, tengo un caso de un autónomo que la TGSS le dio de alta de oficio en el año 1974, y tuvo que cotizar por los 5 años anteriores con el correspondiente recargo. En el momento de pedir la vida laboral éstos periodos no aparecen como cotizados. De acuerdo con los establecido en los artículos que os cito a continuación durante el periodo transcurrido entre 01/01/1970 y 31/12/1993, NO SON VÁLIDAS las cotizaciones anteriores a la formalización del alta cuando hayan sido ingresadas de una sola vez y con los recargos correspondientes".(Disposición Adicional 9ª de la Ley General de la Seguridad Social, en relación con el artículo 10 del Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, por el que se regula el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos, según la redacción hecha por Real Decreto 497/1986, de 10 de febrero (BOE 12/03/1986).

No obstante, me piden que solicite el reconocimiento de esos periodos. Os comento todo esto por si lo habéis solicitado alguna vez en base a alguna sentencia que nos pueda favorecer.

Muchas gracias

Autonomos periodos cotizados | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Autonomos periodos cotizados

0 Comentarios
 
Autonomos periodos cotizados
15/10/2010 09:36
Compañeros, tengo un caso de un autónomo que la TGSS le dio de alta de oficio en el año 1974, y tuvo que cotizar por los 5 años anteriores con el correspondiente recargo. En el momento de pedir la vida laboral éstos periodos no aparecen como cotizados. De acuerdo con los establecido en los artículos que os cito a continuación durante el periodo transcurrido entre 01/01/1970 y 31/12/1993, NO SON VÁLIDAS las cotizaciones anteriores a la formalización del alta cuando hayan sido ingresadas de una sola vez y con los recargos correspondientes".(Disposición Adicional 9ª de la Ley General de la Seguridad Social, en relación con el artículo 10 del Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, por el que se regula el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos, según la redacción hecha por Real Decreto 497/1986, de 10 de febrero (BOE 12/03/1986).

No obstante, me piden que solicite el reconocimiento de esos periodos. Os comento todo esto por si lo habéis solicitado alguna vez en base a alguna sentencia que nos pueda favorecer.

Muchas gracias