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Autónomos

13 Comentarios
 
03/03/2007 23:18
Hola. Yo discrepo. se entiende que es la empresa la que esta obligada a darte de alta como trabajador por cuenta ajena. luego es la empresa la que esta incurriendo en falta. Si denuncias tu , y la inspeccion levanta acta a tu favor, estaran obligados a realizarte un contrato en las mismas condiciones que tenias, con seg social costeada por ellos, ademas de pagar la seg social desde que empezaste a trabajar, hasta cuatro años atras puede reclamarlo la inspección. Si no denuncias, no pagas autonomos y hay una inspeccion, puede ser que en un principio de adjudicaran los costes de autonomos y te reeclamaria el pago la tesoreria, pero pleiteandolo en magistratura lo ganarias casi seguro, pero claro tiempo y dinero. Por otra parte al estar como colaboracion profesional, eres tu el que deberia presentarle a la empresa una factura con tus honorarios. Pero a que esto no es asi, a que ellos te presentan un documento con tu dni importe y 15% de retención para que lo firmes? todos hacen lo mismo. Guarda todos estos justificantes. Podran servirte. Saludos
03/03/2007 23:01
Hola. Yo discrepo. se entiende que es la empresa la que esta obligada a darte de alta como trabajador por cuenta ajena. luego es la empresa la que esta incurriendo en falta. Si denuncias tu , y la inspeccion levanta acta a tu favor, estaran obligados a realizarte un contrato en las mismas condiciones que tenias, con seg social costeada por ellos, ademas de pagar la seg social desde que empezaste a trabajar, hasta cuatro años atras puede reclamarlo la inspección. Si no denuncias, no pagas autonomos y hay una inspeccion, puede ser que en un principio de adjudicaran los costes de autonomos y te reeclamaria el pago la tesoreria, pero pleiteandolo en magistratura lo ganarias casi seguro, pero claro tiempo y dinero. Por otra parte al estar como colaboracion profesional, eres tu el que deberia presentarle a la empresa una factura con tus honorarios. Pero a que esto no es asi, a que ellos te presentan un documento con tu dni importe y 15% de retención para que lo firmes? todos hacen lo mismo. Guarda todos estos justificantes. Podran servirte. Saludos
26/02/2007 22:45
Muchas gracias vicky31. Pero como puedes comprobar mi sueldo se quedaría en nada; 800 euros - 15% de retenciones: 680 - 200 = 480 euros.... Menuda empresa de verdad! Como me engañaron al principio.
26/02/2007 18:24
Hola coutado.
Para darte de alta de autónomo tienes que ir a la Tesoreria General de la Seguridad Social. No sé si en todos los sitios es igual, pero donde yo vivo tienes que ir a la Oficina de la seguridad social que te corresponda por el domicilio de la actividad donde te vas a dar de alta. Ahora bien, no es suficiente que llegues y digas que te quieres dar de alta....tienes que justificar que realizas una actividad incluida dentro del régimen de trabajadores autonomos, por eso lo mejor es que primero regularices tu situación con tu empresa. Tendrás que tener un contrato mercantil, estar dado de alta en el censo de hacienda y trabajar con el IAE de la agencia por que todo eso te lo van a pedir para tramitarte el alta de autónomo.
La cuota mínima a pagar en 2007 es de 238,79 euros si te das de alta con la cobertura de IT o de 212,34 euros si lo haces sin esa cobertura. En tu caso como eres menor de 30 años, la cuota se te quedaría en 198.38 o 176.41, dependiendo de si coges IT o no.
25/02/2007 21:32
Alguien me podría ayudar por favor.........
23/02/2007 18:28
Pues no vicky31... Lo de la retención ya me quedó claro... Pero en la agencia no me han informado de nada de eso. No se, estoy un poco perdido. Dónde tendría que darme de alta? Suponiendo que quiera pagar la mínima cuota de autonomos, de cuánto sería?
23/02/2007 13:00
No coutado. Si te están tratando como un profesional, son ellos los que deben practicarte la retención del 15% de la factura para ingresarla en hacienda trimestralmente mediante el modelo 110 como rendimientos de actividades económicas. Tú tendrías otras obligaciones como el IVA en caso de que lo hubiera. De todas formas, si el caso es como los que yo te he explicado, supongo que te darías de alta en el censo de hacienda como titular de tu actividad pero trabajando con el IAE de la agencia para la que trabajas no???
21/02/2007 19:27
Menuda empresa...
Pero si denuncio mi situación ante inspección, que podría pasar? En teoría no tendrían porque retenerme nada no? porque soy yo el que debería cumplir con mis obligaciones fiscales al ser autónomo no?
21/02/2007 18:19
Por qué me retienen el 15% entonces? sería yo el que tendría que cumplir con mis obligaciones fiscales si soy autónomo no? Y si denunciara a inspección que podría pasar?
21/02/2007 17:43
Hola coutado.
A ver. Yo hace algún tiempo tuve un montón de inspecciones de trabajo por este asunto. Vamos, el asunto era que había un montón de subagentes de seguros vendiendo seguros para una agencia y no estaban de alta de autónomos. La Seguridad social se mosqueó y empezó a mandar cartas a los interesados, a los cuales les pedia la cuota de autónomos con su correspondiente recargo desde el día en que tenían constancia (y la tenian a través de hacienda), de que esas personas percibian ingresos.
Con esto quiero decirte que este tipo de empresas trabaja así de mal. Primero, en tu caso y como te han dicho otros compañeros, tú deberías estar en el régimen general puesto que tu relación laboral cumple con los requisitos para ser relación laboral por cuenta ajena. Segundo, si la empresa te está reteniendo un 15%, significa que te está tratando como a un profesional, lo cual quiere decir que lo está declarando en Hacienda y que esos datos tarde o temprano irán a Seguridad social y te pedirán una pasta en cuotas de autónomos. Vamos, que yo no sé hasta que punto levantaría la liebre yendo a inspección. Yo casi que hablaria con ellos, les pediría que regularizasen mi situación y en caso contrario me iria por la puerta grande. Por supuesto, para prevenir si te vas asegúrate de quedarte con documentación por si la seguridad social te pide algo que por lo menos puedas denunciarlos.
21/02/2007 10:15
Gracias Helenio. La verdad es que la situación real es la de un empleado por cuenta ajena, con horario de trabajo... etc. Pero realmente será difícil que inspección corrobore eso...
20/02/2007 22:08
Yo también te aconsejo que acudas a inspección de trabajo, pero no a preguntar sino a denunciar.

Tú situación real es empleado por cuenta ajena y te quieren hacer pasar por falso autónomo. Las diferencias entre unos y otros están en el art1 del ET. Si aprecias que eres empleado por cuenta ajena comunícalo a la inspección. Si en su visita ellos lo aprecian también la "condena" para la empresa será hacerte un contrato laboral INDEFINIDO con antigüedad desde el primer día que empezaste allí.

La cantidad que te retienen es la normal, si fuera cierto que eres autónomo.

Hazme caso porque desde luego que en esa empresa no está tu futuro, ni siquiera a corto plazo, y mejor que saques lo que puedas ahora.
20/02/2007 18:57
Le aconsejo acuda a la Inspección de Trabajo de su ciudad.

La cuota de autónomo, su importe, dependerá de la cobertura que contrate con la Tesorería General de la Seguridad Social.

La falta de pago de esas cuotas puede ocasionarle serios perjuicios económicos.

Lo dicho: infórmese en la I. de T.

Salu2
Autónomos
20/02/2007 16:50
Hola, buenas a todos; les explico, a ver si alguien me puede ayudar: tengo 23 años y llevo 5 meses trabajando en una compañía de seguros (anteriormente trabajé 4 años por cuenta ajena), con un contrato mercantil de agente de seguros. Tengo un sueldo base de 800 euros y me retienen un 15% con lo que mi sueldo se queda en 680. Ahora me comentan que tengo que darme de alta como autónomo y pagar la correspondiente cuota mensual. De esta forma me quedaría sin sueldo casi... ¿Existe obligación de pagar esa cuota? ¿A cuanto ascendería? ¿Por que me retienen tanto en la empresa? ¿Y si no pago la cuota, que consecuencias tendría?
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03/03/2007 23:18
Hola. Yo discrepo. se entiende que es la empresa la que esta obligada a darte de alta como trabajador por cuenta ajena. luego es la empresa la que esta incurriendo en falta. Si denuncias tu , y la inspeccion levanta acta a tu favor, estaran obligados a realizarte un contrato en las mismas condiciones que tenias, con seg social costeada por ellos, ademas de pagar la seg social desde que empezaste a trabajar, hasta cuatro años atras puede reclamarlo la inspección. Si no denuncias, no pagas autonomos y hay una inspeccion, puede ser que en un principio de adjudicaran los costes de autonomos y te reeclamaria el pago la tesoreria, pero pleiteandolo en magistratura lo ganarias casi seguro, pero claro tiempo y dinero. Por otra parte al estar como colaboracion profesional, eres tu el que deberia presentarle a la empresa una factura con tus honorarios. Pero a que esto no es asi, a que ellos te presentan un documento con tu dni importe y 15% de retención para que lo firmes? todos hacen lo mismo. Guarda todos estos justificantes. Podran servirte. Saludos
03/03/2007 23:01
Hola. Yo discrepo. se entiende que es la empresa la que esta obligada a darte de alta como trabajador por cuenta ajena. luego es la empresa la que esta incurriendo en falta. Si denuncias tu , y la inspeccion levanta acta a tu favor, estaran obligados a realizarte un contrato en las mismas condiciones que tenias, con seg social costeada por ellos, ademas de pagar la seg social desde que empezaste a trabajar, hasta cuatro años atras puede reclamarlo la inspección. Si no denuncias, no pagas autonomos y hay una inspeccion, puede ser que en un principio de adjudicaran los costes de autonomos y te reeclamaria el pago la tesoreria, pero pleiteandolo en magistratura lo ganarias casi seguro, pero claro tiempo y dinero. Por otra parte al estar como colaboracion profesional, eres tu el que deberia presentarle a la empresa una factura con tus honorarios. Pero a que esto no es asi, a que ellos te presentan un documento con tu dni importe y 15% de retención para que lo firmes? todos hacen lo mismo. Guarda todos estos justificantes. Podran servirte. Saludos
26/02/2007 22:45
Muchas gracias vicky31. Pero como puedes comprobar mi sueldo se quedaría en nada; 800 euros - 15% de retenciones: 680 - 200 = 480 euros.... Menuda empresa de verdad! Como me engañaron al principio.
26/02/2007 18:24
Hola coutado.
Para darte de alta de autónomo tienes que ir a la Tesoreria General de la Seguridad Social. No sé si en todos los sitios es igual, pero donde yo vivo tienes que ir a la Oficina de la seguridad social que te corresponda por el domicilio de la actividad donde te vas a dar de alta. Ahora bien, no es suficiente que llegues y digas que te quieres dar de alta....tienes que justificar que realizas una actividad incluida dentro del régimen de trabajadores autonomos, por eso lo mejor es que primero regularices tu situación con tu empresa. Tendrás que tener un contrato mercantil, estar dado de alta en el censo de hacienda y trabajar con el IAE de la agencia por que todo eso te lo van a pedir para tramitarte el alta de autónomo.
La cuota mínima a pagar en 2007 es de 238,79 euros si te das de alta con la cobertura de IT o de 212,34 euros si lo haces sin esa cobertura. En tu caso como eres menor de 30 años, la cuota se te quedaría en 198.38 o 176.41, dependiendo de si coges IT o no.
25/02/2007 21:32
Alguien me podría ayudar por favor.........
23/02/2007 18:28
Pues no vicky31... Lo de la retención ya me quedó claro... Pero en la agencia no me han informado de nada de eso. No se, estoy un poco perdido. Dónde tendría que darme de alta? Suponiendo que quiera pagar la mínima cuota de autonomos, de cuánto sería?
23/02/2007 13:00
No coutado. Si te están tratando como un profesional, son ellos los que deben practicarte la retención del 15% de la factura para ingresarla en hacienda trimestralmente mediante el modelo 110 como rendimientos de actividades económicas. Tú tendrías otras obligaciones como el IVA en caso de que lo hubiera. De todas formas, si el caso es como los que yo te he explicado, supongo que te darías de alta en el censo de hacienda como titular de tu actividad pero trabajando con el IAE de la agencia para la que trabajas no???
21/02/2007 19:27
Menuda empresa...
Pero si denuncio mi situación ante inspección, que podría pasar? En teoría no tendrían porque retenerme nada no? porque soy yo el que debería cumplir con mis obligaciones fiscales al ser autónomo no?
21/02/2007 18:19
Por qué me retienen el 15% entonces? sería yo el que tendría que cumplir con mis obligaciones fiscales si soy autónomo no? Y si denunciara a inspección que podría pasar?
21/02/2007 17:43
Hola coutado.
A ver. Yo hace algún tiempo tuve un montón de inspecciones de trabajo por este asunto. Vamos, el asunto era que había un montón de subagentes de seguros vendiendo seguros para una agencia y no estaban de alta de autónomos. La Seguridad social se mosqueó y empezó a mandar cartas a los interesados, a los cuales les pedia la cuota de autónomos con su correspondiente recargo desde el día en que tenían constancia (y la tenian a través de hacienda), de que esas personas percibian ingresos.
Con esto quiero decirte que este tipo de empresas trabaja así de mal. Primero, en tu caso y como te han dicho otros compañeros, tú deberías estar en el régimen general puesto que tu relación laboral cumple con los requisitos para ser relación laboral por cuenta ajena. Segundo, si la empresa te está reteniendo un 15%, significa que te está tratando como a un profesional, lo cual quiere decir que lo está declarando en Hacienda y que esos datos tarde o temprano irán a Seguridad social y te pedirán una pasta en cuotas de autónomos. Vamos, que yo no sé hasta que punto levantaría la liebre yendo a inspección. Yo casi que hablaria con ellos, les pediría que regularizasen mi situación y en caso contrario me iria por la puerta grande. Por supuesto, para prevenir si te vas asegúrate de quedarte con documentación por si la seguridad social te pide algo que por lo menos puedas denunciarlos.
21/02/2007 10:15
Gracias Helenio. La verdad es que la situación real es la de un empleado por cuenta ajena, con horario de trabajo... etc. Pero realmente será difícil que inspección corrobore eso...
20/02/2007 22:08
Yo también te aconsejo que acudas a inspección de trabajo, pero no a preguntar sino a denunciar.

Tú situación real es empleado por cuenta ajena y te quieren hacer pasar por falso autónomo. Las diferencias entre unos y otros están en el art1 del ET. Si aprecias que eres empleado por cuenta ajena comunícalo a la inspección. Si en su visita ellos lo aprecian también la "condena" para la empresa será hacerte un contrato laboral INDEFINIDO con antigüedad desde el primer día que empezaste allí.

La cantidad que te retienen es la normal, si fuera cierto que eres autónomo.

Hazme caso porque desde luego que en esa empresa no está tu futuro, ni siquiera a corto plazo, y mejor que saques lo que puedas ahora.
20/02/2007 18:57
Le aconsejo acuda a la Inspección de Trabajo de su ciudad.

La cuota de autónomo, su importe, dependerá de la cobertura que contrate con la Tesorería General de la Seguridad Social.

La falta de pago de esas cuotas puede ocasionarle serios perjuicios económicos.

Lo dicho: infórmese en la I. de T.

Salu2
Autónomos
20/02/2007 16:50
Hola, buenas a todos; les explico, a ver si alguien me puede ayudar: tengo 23 años y llevo 5 meses trabajando en una compañía de seguros (anteriormente trabajé 4 años por cuenta ajena), con un contrato mercantil de agente de seguros. Tengo un sueldo base de 800 euros y me retienen un 15% con lo que mi sueldo se queda en 680. Ahora me comentan que tengo que darme de alta como autónomo y pagar la correspondiente cuota mensual. De esta forma me quedaría sin sueldo casi... ¿Existe obligación de pagar esa cuota? ¿A cuanto ascendería? ¿Por que me retienen tanto en la empresa? ¿Y si no pago la cuota, que consecuencias tendría?