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aval bancario

3 Comentarios
 
Aval bancario
06/07/2007 12:08
¿es cierto que antes de ejecutar el aval bancario hay que proceder al desahucio porque si se ejecuta ese aval no se puede desahuciar mientras no se consuma el dinero del aval?
06/07/2007 17:15
Pues sí, porque el aval está para garantizar el pago y si ese aval cubre el pago, no hay desahucio posible.
09/07/2007 15:43
Hola is. Coincido con la respuesta del forista TN,pero he de añadir que la misma es cierta sólo cuando se trate del impago de la renta o el IBI. Si el arrendatario incurre en otra causa de resolución del contrato, como Vg Subarriendo inconsentido, se podrá iniciar el deshaucio sin necesidad de ejecutar el aval.

Reciba un cordial saludo
10/03/2009 02:05
No comprendo bien las respuestas. Creo que indicais que hay dos caminos . 1º).- instar el desahucio, y tras la sentencia ejecutar el aval. 2º).- ejecutar el aval, aunque sea por cantidad inferior al limite de este. Si opta por la segunda vía hay que esperar a que se agote en una o en varias ejecuciones parciales el limite del aval para poder acudir al deshucio....¿es así, o hay otra interpretación'
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Aval bancario
06/07/2007 12:08
¿es cierto que antes de ejecutar el aval bancario hay que proceder al desahucio porque si se ejecuta ese aval no se puede desahuciar mientras no se consuma el dinero del aval?
06/07/2007 17:15
Pues sí, porque el aval está para garantizar el pago y si ese aval cubre el pago, no hay desahucio posible.
09/07/2007 15:43
Hola is. Coincido con la respuesta del forista TN,pero he de añadir que la misma es cierta sólo cuando se trate del impago de la renta o el IBI. Si el arrendatario incurre en otra causa de resolución del contrato, como Vg Subarriendo inconsentido, se podrá iniciar el deshaucio sin necesidad de ejecutar el aval.

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No comprendo bien las respuestas. Creo que indicais que hay dos caminos . 1º).- instar el desahucio, y tras la sentencia ejecutar el aval. 2º).- ejecutar el aval, aunque sea por cantidad inferior al limite de este. Si opta por la segunda vía hay que esperar a que se agote en una o en varias ejecuciones parciales el limite del aval para poder acudir al deshucio....¿es así, o hay otra interpretación'